Argentina, Agroindustria e Industrial Alimentaria

Ministerio de Salud y Acción Social

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO - REGLAMENTOS TECNICOS S/ HIGIENE Y BUENAS PRACTICAS

Resolución (MSyAS) 587/97. Del 1/9/1997. B.O.: 14/5/1998. Incorpóranse Resoluciones del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, referidas a reglamentos técnicos sobre condiciones higiénico-sanitarias y de buenas prácticas de fabricación para establecimientos elaboradores/industrializadores de alimentos, de identidad y calidad del queso muzzarella y de Atribución de Aditivos, sus Funciones y sus Límites a algunas Categorías de Alimentos.

Bs.As., 1/9/97

VISTO las Leyes 18.284 y 23.981 y el Protocolo de Ouro Preto y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley mencionada en último término, se aprobó el Tratado suscripto el 26 de marzo de 1991, para la constitución de un Mercado Común entre la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLIC.A ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que en el Capítulo 1, artículo 1º del Tratado citado, los Estados Parte acordaron constituir el referido Mercado Común, asumiendo el compromiso de incorporar en la legislación nacional en las áreas que corresponda, las armonizaciones logradas de bienes, servicios y factores para la libre circulación de los mismos.

Que es necesaria la incorporación de las Resoluciones del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, al Código Alimentario Argentino.

Que es necesario derogar toda aquella legislación que se oponga al dictado de la presente Resolución.

Que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ha tomado intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 2º, inciso h), apartado 1º del Decreto 101/85.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Incorpórase al Código Alimentario Argentino, la totalidad de las Resoluciones que se adjuntan como Anexo A y se enumeran a continuación:

1. Resolución Grupo Mercado Común 78/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Muzzarella.

2. Resolución Grupo Mercado Común 80/96 Reglamento Técnico MERCOSUR sobre las Condiciones Higiénico -Sanitarias y de Buenas Prácticas de Fabricación para Establecimientos Elaboradores/lndustrializadores de Alimentos.

3. Resolución Grupo Mercado Común 86/96 Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Aditivos Alimentarios a ser empleados según las Buenas Practicas de Fabricación.

4. Resolución Grupo Mercado Común 141/96 Reglamento Técnico de Atribución de Aditivos sus Funciones y sus Límites a algunas Categorías de Alimentos.

Art. 2º-Se deroga toda legislación del Código Alimentario Argentino que se oponga a la presente Resolución.

Art. 3º-Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, otorgándoseles a las empresas un plazo de 90 (NOVENTA) días para su adecuación.

Art. 4º-Comuníquese mediante copia autenticada de esta Resolución a la Secretaría General Permanente del MERCOSUR con sede en la Ciudad de Montevideo para conocimiento de los Estados-Parte.

Art. 5º-Comuníquese mediante copia autenticada al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto - Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común Sección Nacional.

Art. 6º-Comuníquese a las Autoridades Sanitarias Provinciales y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 7°-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese y archívese.- Alberto Mazza.

ANEXO (formato PDF, 100 KB)

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