Subsecretaría de Transporte
TRANSITO
Y SEGURIDAD – TRANSPORTE
DE CARGAS Y PASAJEROS
Resolución (SST) 252/16. Del 17/11/2016. B.O.: 13/12/2016. Transporte de
Cargas y de Pasajeros. Determinar que el contralor de los servicios de
transporte de pasajeros y de cargas en el ámbito jurisdiccional de la
Provincia de Buenos Aires, será ejercido por la Dirección de Control
Técnico de la Dirección Provincial de Fiscalización de Transporte en
ejercicio del poder de policía del transporte conferido por la normativa
vigente, a través de los agentes capacitados al efecto.
La Plata 17
de noviembre de 2016.
VISTO el
expediente Nº 2417-994/2016, el Decreto Ley Nº 16.378/57 Ley Orgánica
del Transporte de Pasajeros, los Decretos Nº 6.864/58, Nº 2.608/89, la
Ley Nº 10.837 y el Decreto Nº 4.460/91, la Ley Nº 14.803 y sus
modificatorias y el Decreto Nº 360/16, y
CONSIDERANDO:
Que a
través del Decreto Ley Nº 16.378/57 Ley Orgánica del Transporte de
Pasajeros, se establece el régimen normativo que regula el transporte de
pasajeros en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, atribuyendo a la
Subsecretaría de Transporte, el ejercicio de la policía del transporte,
la fiscalización de todos los medios y servicios de transporte y el
contralor sobre el cumplimiento de las leyes en la materia;
Que los
Decretos Nº 6.864/58 y Nº 2.608/89 reglamentan los procedimientos de
inspección, fiscalización y sanción de los servicios de transporte de
pasajeros terrestre y fluvial;
en virtud
de los cuales se desarrolla el accionar de la Autoridad de Aplicación en
el contralor de los servicios, la comprobación de las infracciones, su
juzgamiento y la ejecución de las sanciones;
Que
asimismo, la Ley Nº 10.837 “Régimen Legal de Transporte Automotor de
Cargas” y su Decreto reglamentario Nº 4.460/91, asignan a la autoridad
de transporte las facultades de policía respecto del transporte de
cargas en jurisdicción provincial;
Que la Ley
Nº 14.803 modificada por Leyes Nº 14.805, Nº 14.815 y Nº 14.832,
establece los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los
asuntos del Poder Ejecutivo, asignando competencia en la fiscalización
de los servicios de transporte al Ministerio de Infraestructura y
Servicios Públicos;
Que por
Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016, se aprueba la estructura
orgánico-funcional del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos, especificándose las acciones que competen a cada una de las
áreas que lo componen, correspondiendo a la Subsecretaría de Transporte
“ejercer la fiscalización de la actividad privada prestataria del
servicio público y planificar, controlar, operar y promocionar el
transporte público de pasajeros y de carga”, y en particular dentro de
su propia estructura a la Dirección Provincial de Fiscalización de
Transporte “controlar el ejercicio de los servicios de transporte de
pasajeros por parte de los prestadores autorizados, constatando las
infracciones e impulsando la aplicación de sanciones según el régimen de
faltas previsto …” y “efectuar por sí o por medio de terceros, el
control técnico y fiscalización de los vehículos y el material rodante
afectados a la prestación de los servicios de transporte de pasajeros y
de la calidad de la actividad del transporte de cargas”;
Que
corresponde en esta instancia establecer las pautas básicas para el
desempeño de los funcionarios que habrán de realizar las tareas de
fiscalización, todo ello a fin de optimizar el resultado de la gestión;
Que con la
misma finalidad se ha implementado la capacitación de los agentes
destinados a efectuar el control, los que han sido instruidos en las
temáticas de Verificación Técnica Vehicular, Seguridad Vial y Transporte
de Pasajeros y de Cargas;
Que ha
tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
Que la
presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el
Decreto Nº 360 de fecha 18 de abril de 2016;
Por ello,
EL
SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO
1º. Determinar que el contralor de los servicios de transporte de
pasajeros y de cargas en el ámbito jurisdiccional de la Provincia de
Buenos Aires, será ejercido por la Dirección de Control Técnico de la
Dirección Provincial de Fiscalización de Transporte en ejercicio del
poder de policía del transporte conferido por la normativa vigente, a
través de los agentes capacitados al efecto.
ARTÍCULO
2º. Los agentes fiscalizadores deberán ser previamente capacitados en
las materias de transporte y seguridad vial, e instruidos en el uso de
la tecnología aplicable para la constatación de las infracciones.
ARTÍCULO
3º. Los agentes inspectores o fiscalizadores dependientes de la
Dirección de Control Técnico, verificarán el cumplimiento de la
normativa vigente, labrando las actas de inspección y/o de comprobación
en caso de verificarse infracciones o faltas a las normas de transporte,
y adoptarán las medidas necesarias a los fines de garantizar la
seguridad de los usuarios.
ARTÍCULO
4º. Los fiscalizadores deberán desempeñarse observando las normas de
ética y anteponiendo a sus acciones los principios de probidad y buena
fe propios de la función pública.
ARTÍCULO
5º. Aprobar la nómina de agentes que han sido capacitados conforme lo
estipulado en los artículos 1º y 2º de la presente resolución, reuniendo
las condiciones de idoneidad para desempeñarse en carácter de
inspectores para fiscalizar los servicios de transporte de pasajeros y
de cargas en la Provincia de Buenos Aires, la que como Anexo I forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO
6°. Registrar, comunicar, publicar, pasar al Departamento Fiscalización
y por este último notificar a las cámaras y empresas del sector.
Cumplido, Archivar.
ANEXO I
NÓMINA
DE AGENTES FISCALIZADORES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN
DEL TRANSPORTE
Nombre y
Apellido Documento Legajo
Juan Cruz
ÁLVAREZ 24.167.091 962029
Carlos Raúl
LENCINA 16.532.043 277043
Marcelo
Javier GONZÁLEZ 14.846.201 289874
Luis
Alejandro SÁNCHEZ TURI 16.100.021 292807
Guido
SERAFINI 25.410.210 339149
Amílcar
Gabriel RABE 22.360.828 963232
Guillermo
Daniel VARVASINO 20.058.794 290384
José María
VALENTI 24.347.063 962915
Luciano
ROIG 28.171.470 963751
Pablo
KALTENBACH 25.476.945 316020
Luis LAO
10.149.771 263120
Luis
BALLADARES 16.626.764 294989
Serafín
SOLUSTRI 10.076.143 212464
Luis MILLA
28.350.704 964541
María
Florencia PETRAGLIA 25.597.142 962895
Patricio
LEYS 28.259.443 963077
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