Argentina/ Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires

MEDIO AMBIENTE

Ordenanza 41.111/86. B.O.: 21/3/1986. Código de Prevención de la Contaminación Ambiental. Fecha a partir de la cual regirán algunas de sus disposiciones.

 

Art. 1º -- Modifícase el art. 2º de la ord. 39.025 (B. M. 17.049), el que quedará redactado de la siguiente forma:

 

Art. 2º -- La vigencia de las disposiciones contenidas en los artículos que se mencionan a continuación quedarán diferidas a las fechas que en cada caso se indican:

 

5.3.1. 31 de julio de 1986, para todos los automotores con motor delantero;

 

2.2.2. 31 de julio de 1986, con excepción de los puntos 2.2.2.3., apart. c) y 2.2.2.7. que se postergan hasta el 12 de enero de 1987;

 

5.3.1. Hasta el 12 de enero de 1987, para todos los automotores con motor trasero o bajo piso;

 

5.3.2. Seis meses a partir de la publicación de este código.

 

Art. 2º -- De forma.

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