Superintendencia
de Riesgos del Trabajo
RIESGOS
DEL TRABAJO
Resolución
(SRT) 414/03. Del 15/7/2003. B.O.: 29/7/2003. Empleadores y
empleadores autoasegurados. Suspéndense por un determinado período
los plazos administrativos para los sumarios que, en el marco de
las Resoluciones Nros. 10/97 y 25/97, se encuentren en trámite.
Bs.
As., 15/7/2003
VISTO
el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 1388/03, la Ley N° 24.557 sobre
Riesgos del Trabajo, las Resoluciones S.R.T. N° 010 de fecha 13
de febrero de 1997, S.R.T. N° 025 de fecha 26 de marzo de 1997,
la Acordada de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION N° 58
de fecha 9 de octubre de 1990, y
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución S.R.T. N° 010/97, aprobó el procedimiento para
la comprobación y juzgamiento de los incumplimientos por parte
de las Aseguradoras y empleadores autoasegurados a la Ley N°
24.557 y sus normas reglamentarias.
Que
asimismo, por Resolución S.R.T. N° 025/97, se aprobó el
procedimiento para la comprobación y juzgamiento de los
incumplimientos de los empleadores y empleadores autoasegurados
a la Ley N° 24.557 y a las Normas de Higiene y Seguridad.
Que
ambos procedimientos especiales emergentes de las Resoluciones
mencionadas, culminan con frecuencia en la instancia judicial a
los fines de la tramitación del Recurso de Apelación
correspondiente.
Que
el Reglamento para la Justicia Nacional —t.o. según Acordada
de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION N° 58/90, de fecha
9 de octubre de 1990— dispone que los Tribunales Nacionales no
funcionarán durante la feria de enero y julio.
Que
atento a la conveniencia de unificar los términos de ambos
procedimientos, administrativo y judicial, corresponde, en
coincidencia con la feria judicial, suspender los plazos
administrativos en los sumarios en trámite por ante este
Organismo de Control.
Que
obra en estos actuados Dictamen de legalidad emitido por la
Subgerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T., confeccionado en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 7°, inciso d) de
la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Que
la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 36 de la Ley N° 24.557.
Por
ello,
EL
SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Artículo
1° — SUSPENDER los plazos administrativos para los sumarios
que, en el marco de las Resoluciones S.R.T. N° 010/97 y S.R.T.
N° 025/97, se encuentren en trámite por ante esta
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), por el período
comprendido entre el 21 de julio y 1° de agosto de 2003.
Art.
2° — De forma.
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