Superintendencia de Riesgos del Trabajo
RIESGOS DEL TRABAJO –
ESTRUCTURA FUNCIONAL – MODIFICACION
Resolución (SRT) 712/17. Del 30/6/2017. B.O.: 3/7/2017.
Riesgos del Trabajo. Modificación de la estructura orgánico funcional de la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), de conformidad con el
organigrama que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente
resolución.
Buenos Aires, 30/06/2017
VISTO el Expediente Nº 141.731/14 del Registro de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, Nº
24.557, N° 26.773, Nº 27.348, las Resoluciones S.R.T. N° 01 de fecha 05 de
enero de 2016, N° 294 de fecha 12 de julio de 2016, N° 570 de fecha 12 de
octubre de 2016, N° 06 de fecha 5 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del
Trabajo creo la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como
entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL (M.T.S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL (M.T.E. y S.S.).
Que el artículo 36, apartado 1º, inciso e) de la Ley Nº
24.557 estableció, dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las de
dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su
estructura organizativa.
Que el artículo 1º, inciso b) de la Ley Nº 19.549 de
Procedimientos Administrativos, establece para los trámites que se
desarrollan en su ámbito, los principios de celeridad, economía, sencillez y
eficacia.
Que mediante la Resolución S.R.T. Nº 01 de fecha 05 de enero
de 2016, se aprobó la actual estructura orgánica funcional del Organismo.
Que luego, a través de la Resolución S.R.T. Nº 294 de fecha
12 de julio de 2016, se realizaron ajustes en lo que respecta a las acciones
de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, y de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS,
dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.
Que posteriormente, mediante la Resolución S.R.T. Nº 570 de
fecha 12 de octubre de 2016, se modificó la dependencia funcional de la
SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, como así también, se realizaron ajustes en
las responsabilidades primarias y acciones de la GERENCIA GENERAL; de la
GERENCIA TÉCNICA; de la SUBGERENCIA DE PLANIFICACIÓN, dependiente de la
GERENCIA TÉCNICA; del DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN; de la SUBGERENCIA DE
PLANIFICACIÓN, dependiente de la GERENCIA TÉCNICA; de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la SUBGERENCIA DE FINANZAS dependiente de la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
dependiente de la GERENCIA GENERAL y de sus DEPARTAMENTOS DE PLANEAMIENTO Y
GESTIÓN DE PERSONAL y de ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
Que a su vez, mediante la Resolución S.R.T. Nº 06 de fecha
05 de enero de 2017, se suprimió la SUBGERENCIA DE RED DE OFICINAS S.R.T.,
dependiente de la GERENCIA DE REDES Y COORDINACIÓN CON PROVINCIAS y se creó
la SUBGERENCIA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, dependiente
de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
Que asimismo, en la mencionada resolución, se realizaron
ajustes en lo que respecta a las responsabilidades primarias y acciones de
la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES, de la SUBGERENCIA
DE RELACIONES INSTITUCIONALES, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y
RELACIONES INSTITUCIONALES; del DEPARTAMENTO CONVENIOS Y COOPERACIÓN
INSTITUCIONAL, de la SUBGERENCIA RELACIONES INSTITUCIONALES, dependiente de
la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES; de la SUBGERENCIA
DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y
RELACIONES INSTITUCIONALES; de la SUBGERENCIA DE COORDINACIÓN CON
PROVINCIAS, dependiente de la GERENCIA DE REDES Y COORDINACIÓN CON
PROVINCIAS; de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de
la GERENCIA GENERAL; de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de
la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; del DEPARTAMENTO DE SUMARIOS,
de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE
ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; del DEPARTAMENTO ASUNTOS JUDICIALES, de la
SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS
JURÍDICOS Y NORMATIVOS; de la SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA, dependiente de
la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; de la GERENCIA DE PREVENCIÓN,
dependiente de la GERENCIA GENERAL; de la SUBGERENCIA DE DESARROLLO EN
SEGURIDAD Y SALUD, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN; de la
SUBGERENCIA DE MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE
PREVENCIÓN; del DEPARTAMENTO DE MONITOREO DE APLICACIÓN SOBRE A.R.T., de la
SUBGERENCIA DE MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE
PREVENCIÓN; del DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS PREVENTIVOS, de la SUBGERENCIA DE
MONITOREO Y CONTROL, dependiente de la GERENCIA DE PREVENCIÓN Y DE LA
SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL.
Que por otra parte, la Ley Nº 27.348, sancionada por el
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 15 de Febrero de 2017, modificó y
complementó la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo, disponiendo, entre
otros aspectos, que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el
artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, constituirán la
instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de
toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el
debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter
profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su
incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la
Ley de Riesgos del Trabajo.
Que el artículo 3º de la mencionada Ley, crea el Servicio de
Homologación, en el ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, como
el encargado de sustanciar y homologar los acuerdos por incapacidades
laborales permanentes definitivas y fallecimiento, previstas en la Ley N°
24.557 y sus modificatorias, mediante las actuaciones y con intervención de
los funcionarios que a tal efecto determine la S.R.T.
Que consecuentemente con lo expuesto en los considerandos
anteriores, corresponden realizar modificaciones en la estructura orgánico
funcional del Organismo, en particular en la GERENCIA GENERAL, en la
GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, en la GERENCIA DE CONTROL
PRESTACIONAL, en la GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE y en la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
Que asimismo, corresponde ajustar algunas de las unidades
organizativas dependientes de las Gerencias Sustantivas mencionadas en el
considerando anterior, según el siguiente detalle: crear el DEPARTAMENTO DE
PERICIAS, dependiente de la GERENCIA GENERAL; modificar las funciones de la
GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA GENERAL;
suprimir la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA
ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; reemplazar el DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE
SECRETARIOS TÉCNICOS LETRADOS de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS
JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS por
el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS TÉCNICOS Y NORMATIVOS, dependiente de la GERENCIA
DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; modificar la dependencia jerárquica y las
acciones del DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES de la entonces SUBGERENCIA DE
ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y
NORMATIVOS; modificar la dependencia jerárquica y acciones del DEPARTAMENTO
DE SUMARIOS, de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de
la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; modificar las acciones y la
dependencia jerárquica del DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL, dependiente
de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS; suprimir el DEPARTAMENTO
DE ASUNTOS JUDICIALES, de la entonces SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS,
dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, cuyas
funciones serán transferidas a la GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE, que su vez
modificará su denominación por la de GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS,
PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE; reemplazar la estructura a nivel de
Subgerencias y Departamentos de la entonces GERENCIA DE CONTROL DEL FRAUDE,
actual GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE;
modificar la denominación y funciones de la SUBGERENCIA DE CONTROL DE
PRESTACIONES MÉDICAS Y GESTIÓN DE TRÁMITES ANTE COMISIONES MÉDICAS,
dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL por el de SUBGERENCIA
CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS; suprimir el DEPARTAMENTO DE CONTROL Y
GESTIÓN ANTE COMISIONES MÉDICAS de la entonces SUBGERENCIA DE CONTROL DE
PRESTACIONES MÉDICAS Y GESTIÓN DE TRÁMITES ANTE COMISIONES MÉDICAS,
dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, cuyas funciones serán
absorbidas por la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS;
modificar las funciones de la GERENCIA ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS,
crear el SERVICIO DE HOMOLOGACIÓN, dependiente de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; crear el DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL,
dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; crear la
SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; modificar la dependencia jerárquica y
las acciones del DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE COMISIONES MÉDICAS,
de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, que ahora dependerá
de la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS; modificar la denominación y funciones
de la actual SUBGERENCIA DE COMISIONES MÉDICAS, dependiente de la GERENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, por el de SUBGERENCIA MÉDICA y
reemplazar el DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS COMISIONES MÉDICAS,
dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS, por el
DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE DOCUMENTACIÓN MÉDICA, de la SUBGERENCIA MÉDICA,
dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
Que al mismo tiempo, corresponde ajustar las acciones de la
GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES y de la SUBGERENCIA DE
ATENCIÓN AL PÚBLICO Y GESTIÓN DE RECLAMOS, dependiente de la GERENCIA DE
COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado
la intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
emergentes de los artículos 36, apartado 1°, inciso e) y 38 de la Ley Nº
24.557 y los artículos 64 y 65 de la Ley N° 20.744.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Modifíquese la estructura orgánico funcional
de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), de conformidad con
el organigrama que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°. - Apruébanse las Responsabilidades Primarias y
Acciones de las unidades estructurales que a continuación se mencionan, de
acuerdo con lo expuesto en el ANEXO II, que forma parte integrante de la
presente resolución:
- DEPARTAMENTO DE PERICIAS, dependiente de la GERENCIA
GENERAL.
- GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
- SUBGERENCIA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y GESTIÓN DE RECLAMOS,
dependiente de la GERENCIA DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
- GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS, dependiente de
la GERENCIA GENERAL.
- DEPARTAMENTO DE ASUNTOS TÉCNICOS Y NORMATIVOS, dependiente
de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.
- DEPARTAMENTO DE DICTÁMENES, dependiente de la GERENCIA DE
ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.
- DEPARTAMENTO DE SUMARIOS, dependiente de la GERENCIA DE
ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.
- DEPARTAMENTO DE SECRETARÍA GENERAL, dependiente de la
GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Y NORMATIVOS.
- GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL
FRAUDE.
- SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente
de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- DEPARTAMENTO DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, de la SUBGERENCIA DE
ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS
CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- DEPARTAMENTO DE ASUNTOS PENALES, de la SUBGERENCIA DE
ASUNTOS CONTENCIOSOS Y PENALES, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS
CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la
GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- DEPARTAMENTO DE CONTROLES PREVENTIVOS, de la SUBGERENCIA
DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS
CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES ESPECIALES, de la
SUBGERENCIA DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS
CONTENCIOSOS, PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE RIESGOS, de la SUBGERENCIA DE
PREVENCIÓN DEL FRAUDE, dependiente de la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS,
PENALES Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE.
- SUBGERENCIA DE CONTROL DE PRESTACIONES MÉDICAS,
dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL.
- GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS,
dependiente de la GERENCIA GENERAL.
- DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL, dependiente de LA GERENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
- SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
- DEPARTAMENTO DE APOYO ADMINISTRATIVO DE COMISIONES
MÉDICAS, de la SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y TÉCNICA, dependiente de la
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
- SUBGERENCIA MÉDICA, dependiente de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS.
- DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE DOCUMENTACIÓN MÉDICA de la
SUBGERENCIA MÉDICA, dependiente de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
COMISIONES MÉDICAS.
ARTÍCULO 3°. - La presente resolución entrará en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO I
(formato PDF)
ANEXO II
(formato PDF) |