Municipios / Rafaela (Santa Fe, Argentina)

Poder Ejecutivo Municipal

PLANEAMIENTO URBANO - ZONIFICACION - INDUSTRIAS, DEPOSITOS, ETC.

Decreto (PEM) 2989/67. Del 15/9/67. Reglamentación de trámites para el otorgamiento de permisos de uso para instalación de industrias, depósitos, etc., según reglamento de zonificación.

VISTO:

La necesidad de lograr una correcta aplicación de los lineamientos contenidos en el Reglamento de Zonificación, en lo referente a requerimientos de permisos de uso para instalación especiales a saber: industrias, depósitos, etc.

Que el reglamento de Zonificación s/los lineamientos del Plan Director de la Ciudad de Rafaela, en vigencia por Decreto N° 2958 del 7/6/1967, establece en su Cap. II de "Disposiciones sobre Expedición de Permisos":

"Art. 4° - "Requerimientos de Permisos". A partir de la fecha de vigencia de este Reglamento, se requerirá Permiso de Uso para la construcción, reconstrucción, alteración o ampliación de todo edificio, estructura o pertenencia en el dominio del municipio de la ciudad de Rafaela, según son fijados por la Municipalidad en los mapas de Zonificación", y en el

Art. 6° - "Tramitación de los Permisos". Los permisos para uso de pertenencia serán expedidos exclusivamente por la Sub-Secretaría de Obras Privadas y Planeamiento. Se expedirá únicamente permisos de usos cuando la estructura, edificio, o uso de pertenencia para que se solicite el permiso, estén en completa armonía y conformidad con las disposiciones de este Reglamento". , y

CONSIDERANDO:

Que puntualizando el ordenamiento a cumplir en las tramitaciones referentes a solicitudes de permiso de Uso ello irá en beneficio de una correcta implementación de los ordenamientos transcriptos anteriormente, en especial para todo lo referente a Instalaciones Especiales, a saber: Industrias, depósitos, galpones, criaderos, etc.

Por todo ello y a fin de encausar adecuadamente la aplicación de los ordenamientos contenidos en el Reglamento de Zonificación,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RAFAELA, en uso de las facultades que le confiere la Ley Prov. N° 2756,

DECRETA:

Artículo 1° - DISPOSICION GENERAL. Establécese las normas indicadas en los artículos subsiguientes, como complementarias del Reglamento de Zonificación (Decreto N° 2958 del 7/6/1967), según los lineamientos del Plan Director de Rafaela.

Art. 2° - A partir de la vigencia del presente Decreto, toda tramitación del Permiso de Uso para Instalaciones Especiales, a saber: Industrias, Depósitos, Galpones, Criaderos, etc., en las zonas Urbanas, Sub-Urbanas y Rural del Municipio de Rafaela, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Permisos de Uso en construcciones nuevas, reconstrucciones, ampliaciones o alteraciones de edificios existentes.

  2. En todos los casos en que se desee proceder a la instalación, ampliación, modificación de Industrias y depósitos, Criaderos, etc. a ubicarse en edificios a construir, reconstrucciones, ampliaciones o alteraciones de edificios existentes, deberá él o los interesados, requerir previamente al pedido de "Permiso de Construcción", el PERMISO DE USO correspondiente, para lo cual deberá cumplimentar una "solicitud de autorización de instalación de Industria/Depósito/etc. Dicha autorización o PERMISO DE USO, será acordada por la Sub-Secretaría de Obras Privadas y Planeamiento, si las características de la explotación a instalar se halla en conformidad con lo que establece el Reglamento de Zonificación en vigencia.

    Dicha "Solicitud de Autorización p/Instalación de Industria, etc", en los casos de aprobación, deberá acompañar al correspondiente Expediente de "Solicitud de Permiso de Construcción s/Planos".

    En los casos en que la solicitud de autorización de uso, no fuere acordada, será denegado asimismo el permiso de construcción correspondiente para el uso propuesto.

  3. Construcciones existentes.

En todos los casos en que se desee proceder a la instalación, ampliación o alteración de Industria, Depósito o Galpón, etc. a ubicarse en construcciones ya existentes deberá el (o los interesados) requerir el correspondiente PERMISO DE USO ante la Sub-secretaría de Obras Privadas y Planeamiento, para lo cual el o los interesados, deberán cumplimentar una "Solicitud de Autorización de Instalación de Industria, Depósito, etc" . Dicha autorización será acordada cuando la explotación a instalar se halle en conformidad con lo que establece el Reglamento de Zonificación en vigencia.

Art. 3° - De Forma.

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