Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO -
PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA - APERTURA
Resolución
(ACUMAR) 3/07. Del 31/8/2007. B.O.: 11/9/2007. Declárase la
apertura del Procedimiento de Elaboración Participativa de
Normas en relación con el proyecto "Reglamento Operativo de la
Comisión de Participación Social de la Autoridad de Cuenca
Matanza Riachuelo".
Bs. As. 31/8/2007
VISTO el Expediente
ACUMAR 2242/07, el REGLAMENTO GENERAL PARA LA ELABORACION
PARTICIPATIVA DE NORMAS aprobado como Anexo V del Decreto Nº
1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, la Ley General del
Ambiente Nº 25.675, la Ley Nº 26.168 y el Decreto Nº 92 de fecha
1º de febrero de 2007; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley General
del Ambiente Nº 25.675, prevé en su artículo 2º que la política
ambiental nacional deberá fomentar la participación social en
los procesos de toma de decisión.
Que la Ley Nº 26.168
crea la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO como entidad
autárquica, en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que la Provincia de
Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han adherido a
los términos de la norma citada supra mediante Leyes Nº 13.642 y
Nº 2217, respectivamente.
Que la Ley Nº 26.168
en su artículo 4º crea en el ámbito de la AUTORIDAD DE CUENCA
MATANZA RIACHUELO una Comisión de Participación Social, con
funciones consultivas, integrada por representantes de las
organizaciones con interés en el área.
Que el artículo 5º
del Decreto Nº 92/2007 dispuso que dicha Comisión de
Participación Social sea integrada con UN (1) representante de
cada una de las Organizaciones con interés en el área que sean
invitadas por la Presidenta de la Autoridad de Cuenca.
Que la elaboración
participativa de normas es un procedimiento que, a través de
consultas no vinculantes, involucra a sectores interesados y a
la ciudadanía en general en la elaboración de normas
administrativas y de proyectos de ley para ser elevados por el
Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación,
cuando las características del caso así lo impongan.
Que el Reglamento
General para la Elaboración Participativa de Normas aprobado
como Anexo V del Decreto Nº 1172/2003 resulta en este contexto
una herramienta de utilidad, toda vez que propicia la efectiva
participación y la creación de un espacio de consenso entre los
distintos actores relacionados con la problemática ambiental de
la cuenca Matanza Riachuelo.
Que el artículo 7º
del Reglamento mencionado establece que la autoridad responsable
del procedimiento de elaboración de la norma propugnada debe ser
la máxima autoridad del organismo competente.
Que el día 17 de
julio de 2007, tuvo lugar la primera reunión de los integrantes
de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo, en la que al
tratarse el punto 2 del Orden del Día establecido para la
oportunidad, se resolvió aprobar, por unanimidad, que el
Proyecto de Reglamento de la Comisión de Participación Social
sea tramitado en forma perentoria bajo el Régimen de Elaboración
Participada de Normas regulada por el Decreto Nº 1172/03.
Que la DELEGACION
LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha
tomado la intervención que le compete
Que la presente se
dicta en uso de las facultades conferidas por las disposiciones
de la Ley Nº 26.168 y Decreto Nº 92/2007.
Por ello,
LA AUTORIDAD DE
CUENCA MATANZA RIACHUELO
RESUELVE:
Artículo 1º —
Declárase la apertura del Procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas en relación con el proyecto "Reglamento
Operativo de la Comisión de Participación Social de la Autoridad
de Cuenca Matanza Riachuelo" que, como Anexo I, forma parte
integrante de la presente.
Art. 2º — Será
autoridad responsable del presente procedimiento el titular de
la Presidencia de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO.
Art. 3º — Invítase a
participar en este procedimiento a toda persona física o
jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés
simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la
norma a dictarse. Toda presentación relacionada con esta
convocatoria deberá efectuarse en la Mesa General de Entradas,
Salidas y Archivo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE con domicilio en San Martín 451, Planta Baja, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, identificando la presentación con la
referencia "Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas
en relación con el Reglamento Operativo de la Comisión de
Participación Social de la Autoridad de Cuenca Matanza
Riachuelo". En dicha sede los interesados podrán tomar vista de
las actuaciones.
Art. 4º — Establécese
que el plazo para efectuar las presentaciones, propuestas y
opiniones previstas en este procedimiento será de QUINCE (15)
días contados a partir de la última publicación en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
Art. 5º — Habilítese
en el ámbito de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO el
"Registro de Opiniones y Propuestas" relacionadas con el
"Reglamento Operativo de la Comisión de Participación Social de
la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo".
Art. 6º — Apruébase
el modelo de "Formulario de Presentaciones de Opiniones y
Propuestas" que, como Anexo II, forma parte integrante de la
presente.
Art. 7º — Apruébase
el modelo de "Certificado de Recepción de las Opiniones y
Propuestas y de la Documentación Acompañada" que, como Anexo
III, forma parte integrante de la presente.
Art. 8º — Habilítese
para recibir comentarios informales la dirección de correo
electrónico institucional@acumar.gov.ar y la dirección postal
correspondiente a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO,
Componente Institucional, domiciliada en la calle RECONQUISTA
555, Piso 1º (frente) - Código Postal C1003ABK, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Art. 9º — La presente
Resolución comenzará a regir a partir de su última publicación
en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Art. 10. — De forma.
ANEXO I
REGLAMENTO OPERATIVO DE LA
COMISION DE PARTICIPACION SOCIAL
I.- OBJETO, FUNCIONES
Y COMPOSICION
ART. 1º.- La Comisión
de Participación Social tendrá como objeto integrar a la gestión
de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) la visión
de las organizaciones de la sociedad civil, sobre los ejes del
Plan Integral de la Cuenca Matanza Riachuelo (PICMR). Tendrá
funciones consultivas así como de monitoreo social del avance de
las acciones comprendidas por el PICMR para lo cual deberá estar
adecuada y oportunamente informada.
ART. 2º.- La Comisión
de Participación Social estará integrada por todas aquellas
organizaciones que se registren ante la ACUMAR.
II.- REGISTRO DE
ORGANIZACIONES
ART. 3º.- La ACUMAR
llevará un registro de las organizaciones con interés en la
cuenca, las que deberán acreditar su personería.
A los fines de su
registro las organizaciones deberán:
a) comunicar
domicilio, correo electrónico y número de teléfono,
b) acreditar su
objeto social,
c) manifestar su
interés en participar en la Comisión de Participación Social
d) designar un enlace
institucional para futuras comunicaciones.
III.- REUNIONES DE LA
COMISION DE PARTICIPACION SOCIAL
MODALIDADES
ART. 4º.- La Comisión
de Participación Social sesionará a través de dos modalidades,
reuniones ordinarias y reuniones extraordinarias, a realizarse
en los ámbitos municipal, transversal e interjurisdiccional,
conforme lo establecido en los artículos 10, 11 y 14 del
presente reglamento.
a) Reuniones
ordinarias: Serán convocadas para promover espacios de consulta,
formación, intercambio y fortalecimiento de las organizaciones
participantes e interesadas.
b) Reuniones
extraordinarias: Serán convocadas ad hoc para considerar
cuestiones puntuales cuyo tratamiento no admita dilación,
brindar o recabar información adicional cuando se estime
corresponder por razones de oportunidad, mérito o conveniencia.
REUNIONES ORDINARIAS
ART. 5º.- Las
reuniones ordinarias en el Ambito Municipal serán convocadas en
forma conjunta por la Presidencia de la ACUMAR y el Intendente
de cada Municipio y las reuniones ordinarias en el Ambito
Transversal serán convocadas por la Presidencia de la de la
ACUMAR.
Las reuniones en el
Ambito Interjurisdiccional serán autoconvocadas por los voceros
elegidos en el Ambito Municipal y en el Ambito Transversal.
Las reuniones
correspondientes a los Ambitos Municipal y Transversal serán
convocadas mensualmente y se implementarán progresivamente, en
base a las prioridades contempladas por el PICMR y las
conclusiones que surjan en el ámbito del Consejo Municipal.
La frecuencia de las
reuniones interjurisdiccionales no podrá ser menor de TRES (3)
meses.
En las reuniones
ordinarias de los Ambitos Municipal y Transversal se convocará a
las organizaciones registradas ante la ACUMAR.
Será facultad de la
Presidente de la ACUMAR convocar a organizaciones no registradas
al momento de la convocatoria.
Cada organización
podrá participar en uno o más ámbitos, según lo comunique a la
ACUMAR en ocasión de su registración.
El lugar de las
reuniones será individualizado en ocasión de cada convocatoria.
REUNIONES
EXTRAORDINARIAS
ART. 6º.- Las
reuniones extraordinarias serán convocadas por la Presidente de
la ACUMAR a instancias del Consejo Directivo del Consejo
Municipal de la ACUMAR.
Las organizaciones
podrán solicitar a la ACUMAR la convocatoria de una reunión
extraordinaria, invocando los fundamentos que originan dicha
solicitud y la imposibilidad de aguardar a la próxima reunión
ordinaria.
El lugar de las
reuniones será individualizado en ocasión de cada convocatoria.
Dichas reuniones
podrán ser convocadas en forma plenaria, con participación de
todas las organizaciones registradas ante la ACUMAR, o bien, a
escala regional o municipal, según la materia sujeta a
consideración.
IV.- CONVOCATORIA
ART. 7º.- Las
convocatorias de las reuniones se harán por escrito, con una
antelación mínima de QUINCE (15) días, debiéndose publicar la
convocatoria en la página de Internet de la ACUMAR y por UN (1)
día en un diario de mayor circulación según corresponda al
ámbito territorial de la reunión.
En oportunidad de
cada convocatoria se deberá informar el carácter de la reunión,
fecha, hora y lugar de la reunión, así como el orden del día.
Las organizaciones participantes podrán proponer y priorizar los
temas a tratar en las reuniones subsiguientes.
ART. 8º.- La
organización, coordinación y elaboración de conclusiones de cada
reunión podrá recaer en organizaciones de la sociedad civil
adecuadamente capacitadas, para lo cual podrán suscribirse
convenios específicos de colaboración con la ACUMAR.
Subsidiariamente, la coordinación estará a cargo del Componente
Participación Social del PICMR.
V.- METODOLOGIA DE
TRABAJO
A) GENERAL
ART. 9º.- Las
reuniones ordinarias se desarrollarán en tres ámbitos, a saber:
Ambito Municipal; Ambito Transversal y Ambito
Interjurisdiccional.
B) AMBITO MUNICIPAL
ART. 10.- El Ambito
Municipal tendrá por objeto la consideración de las acciones
planificadas o en curso de desarrollo sobre los ejes del PICMR,
pudiéndose proponer otras acciones no previstas que resulten
funcionales a la mejor ejecución del plan.
C) AMBITO TRANSVERSAL
ART. 11.- En el
Ambito Transversal las organizaciones participantes trabajarán
exclusivamente sobre los marcos generales de las políticas
públicas comprendidas por el PICMR.
D) DISPOSICIONES
COMUNES
ART. 12.- Como
resultado de las reuniones las organizaciones participantes
elaborarán un documento de trabajo que resuma las cuestiones
tratadas y los pasos a seguir.
E) VOCERO
ART. 13.- Las
organizaciones participantes de cada reunión en el Ambito
Municipal y en Ámbito Transversal elegirán por mayoría simple UN
(1) vocero titular y UN (1) vocero suplente que tendrá como
función convocar a las reuniones en el Ambito
Interjurisdiccional y consolidar las conclusiones producidas en
los distintos ámbitos de trabajo, las que podrán incluir
diagnósticos de situación, propuestas de solución y matrices de
sistematización y seguimiento.
El vocero se
considerará removido automáticamente frente a la designación,
por mayoría simple, de uno nuevo, en la reunión siguiente.
F) AMBITO
INTERJURISDICCIONAL
ART. 14.- El Ambito
Interjurisdiccional estará constituido por los voceros
designados en el Ambito Municipal y Ambito Transversal y tendrá
por objeto consolidar las conclusiones producidas en los Ambitos
Municipal y Transversal y elevar las mismas al Consejo Directivo
de la ACUMAR.
ART. 15.- En el caso
que el Consejo Directivo de la ACUMAR recepte las propuestas
elevadas por los voceros, corresponderá que aquél realice la
pertinente notificación a las organizaciones miembros de la
Comisión de Participación Social.
VI. FACULTADES
ORDENATORIAS
ART. 16.- Sin
perjuicio de la función que pudiera asignarse a las
organizaciones interesadas, conforme lo establecido en el
artículo 8º, la ACUMAR debe asegurar el adecuado desarrollo de
las reuniones.
ANEXO II
FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE
OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION
PARTICIPATIVA DE NORMAS
NUMERO DE
PRESENTACION
• CONTENIDO DE LA
NORMA A DICTARSE: "Reglamento Operativo de la Comisión de
Participación Social de la ACuMaR"
• DATOS DEL
PRESENTANTE
NOMBRE Y APELLIDO:
DNI:
NACIONALIDAD:
DOMICILIO:
TELEFONO
PARTICULAR/CELULAR:
TELEFONO LABORAL:
DIRECCION DE CORREO
ELECTRONICO:
CARACTER EN QUE SE
PRESENTA (marcar con una cruz lo que corresponde)
( ) Particular
interesado (persona física)
( ) Representante de
Persona Jurídica (¹)
(¹) En caso de actuar
como representante de PERSONA JURIDICA, indique los siguientes
datos de su representada:
DENOMINACION/RAZON
SOCIAL:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO QUE
ACREDITA LA PERSONERIA INVOCADA:
• CONTENIDO DE LA
OPINION Y/O PROPUESTA
En caso de
adjuntarla/s por instrumento separado, marcar la opción
correspondiente (²)
..................................................................................................
..................................................................................................
(²) ( ) Se adjunta
informe por separado.
• DETALLE DE LA
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA
...................................................................................................
...................................................................................................
ANEXO III
CERTIFICADO DE RECEPCION DE
OPINIONES - PROPUESTAS – DOCUMENTACION
AUTORIDAD DE LA CUENCA MATANZA
RIACHUELO (ACuMaR)
PROCEDIMIENTO DE ELABORACION
PARTICIPATIVA DE NORMAS DEL REGLANENTO OPERATIVO DE LA COMISION
DE PARTICIPACION SOCIAL DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO
Presentante:
Documentación
acompañada:
Fecha, firma y sello |