Resolución (SEDRONAR)
163/15. Del 12/5/2015. B.O.: 29/4/2015. SEDRONAR. Rectifícase el
penúltimo párrafo del punto 6 del ANEXO I de la Resolución SEDRONAR N°
60/2015 que quedará redactado de la siguiente manera.
VISTO el Expediente N° 436/2015 del Registro
de esta Secretaría de Estado, y la Resolución SEDRONAR N° 60 de fecha 5
de marzo de 2015, y
Que por Resolución citada en el VISTO se
aprobó el Sistema de INGRESO ESTIMULO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE
DISPOSITIVOS PREVENTIVO-ASISTENCIALES TERRITORIALES DE SEDRONAR.
Que por un error material involuntario se
consignó en forma incorrecta el valor de la Unidad Estímulo en el ANEXO
I de dicha Resolución.
Que por lo expuesto corresponde rectificar el
monto consignado para la unidad estímulo indicada en el punto 6 del
ANEXO I de la Resolución SEDRONAR N° 60/2015, sin que ello implique
modificación alguna del resto del ANEXO ni de su fecha de vigencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las
facultades emergentes de los Decretos N° 2013/2013 y 48/2014 y de la
Resolución SEDRONAR N° 60/2015.
EL SECRETARIO DE PROGRAMACIÓN PARA LA
PREVENCIÓN DE LA DROGADICCIÓN Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFIC DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
ARTICULO 1º — Rectifícase el penúltimo
párrafo del punto 6 del ANEXO I de la Resolución SEDRONAR N° 60/2015 que
quedará redactado de la siguiente manera:
“El valor de cada Unidad Estímulo es de $
2,50 (PESOS DOS CON CINCUENTA). A las personas comprendidas en la
CATEGORIA A, cualquiera sea su GRADO, y cuyos lugares de residencia
(Domicilios Reales) se encuentren en las Provincias de La Pampa,
Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, se les
abonará un 50% (CINCUENTA POR CIENTO) más del valor Unidad Estímulo
general. -Se denomina ‘zona desfavorable’ atento al despoblamiento de
sus grandes extensiones, las distancias que se debe que recorrer entre
una localidad y otra, y la rigurosidad del clima; todo ello repercute en
los costos de los productos esenciales, el traslado y la comunicación,
entre otros aspectos.”
ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
|