Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
FITOSANITARIOS - PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE
LA APLICACIÓN DE LOS TRATAMIENTOS DE FUMIGACIÓN - SUSPENSIÓN
Resolución (SENASA) 570/23. Del 5/7/2023. B.O.: 7/7/2023.
Fitosanitarios. Fumigación. Suspensión de la resolución 79/23 SENASA que
establece Procedimientos para la supervisión de la aplicación de los
Tratamientos de Fumigación Oficial (TFO).
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-63401950- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N°
27.233; el Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de
noviembre de 2019; la Resolución N° RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA del 24
de enero de 2023 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de
los animales y los vegetales, así como la prevención, el control y la
erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la
producción silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad
de las materias primas producto de las actividades silvo-agrícolas,
ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y
calidad de los agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos y el
control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional
de dichos productos y subproductos, y se dispone que el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) será la autoridad
de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el
desarrollo de las acciones previstas en la mencionada ley.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA del 24 de
enero de 2023 del citado Servicio Nacional se aprueba el Procedimiento
para la supervisión de la aplicación de los Tratamientos de Fumigación
Oficial (TFO).
Que, asimismo, por la referida Resolución N° RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA
se establece que comenzará a regir a los QUINCE (15) días del mes de
mayo del corriente año.
Que, por otra parte, la Comisión Federal Fitosanitaria (CFF) manifiesta
al SENASA que comparte y adhiere a la precitada resolución con relación
a sus fundamentos y decisorios; no obstante, resalta que las realidades
territoriales provinciales son diversas y complejas y que en varias
provincias se encuentran actualmente en procesos de adaptación al nuevo
procedimiento para la supervisión de la aplicación de los TFO.
Que, en función de los fundamentos explicitados, la CFF solicita
suspender la entrada en vigencia de la mentada Resolución N°
RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA.
Que, en consecuencia, habiendo analizado las áreas técnicas del aludido
Servicio Nacional el pedido de suspensión, resulta pertinente hacer
lugar a lo solicitado a fin de dar tiempo suficiente a que las
provincias puedan adecuar su normativa vigente en la materia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud
de lo dispuesto en el Artículo 8º, incisos e) y f) del Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspensión. Se suspende la aplicación de la Resolución N°
RESOL-2023-79-APN-PRES#SENASA del 24 de enero de 2023 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA hasta el 15 de agosto de
2023, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a
partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |