Ministerio de Justicia, Seguridad, Gobierno y Culto
TRANSPORTE DE CARGA –
PROTOCOLO DE TRANSPORTE
PROVINCIAL COVID-19
Resolución (MJSGyC) 64/20. Del 24/7/2020. B.O.:
3/8/2020. Protocolo de Transporte Provincial. Criterios sanitarios
relacionados con el transporte en el territorio provincial. Transporte
de Carga. Transporte Automotor de Pasajeros de Media y Larga Distancia.
Aeropuertos. Ferrocarril. Centros que realizan PCR para COVID-19 para
particulares.
San Luis, 24 de Julio de 2020
“Año del Bicentenario del paso a la inmortalidad del
General Manuel Belgrano”
VISTO:
Lo dispuesto por el Artículo 7º del DECNU 605/2020, y;
CONSIDERANDO:
Que las medidas implementadas por la provincia de San
Luis han permitido mantener el status sanitario, logrando con ello
morigerar el impacto del virus;
Que no habiéndose registrado contagios, resulta
imprescindible establecer decisiones tendientes a reglamentar las
distintas etapas, atento a la inexistencia de circulación comunitaria de
SARS-COV-19;
Que como corolario de lo anterior, en ejercicio de las
facultades previstas, corresponde dictar el Acto Administrativo
pertinente;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD, GOBIERNO Y CULTO
RESUELVE:
Art. 1º.- Aprobar el Protocolo que como Anexo A forma
parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º.- Hacer saber al Comité Operativo de Emergencias
(C.O.E.), Ministerios y Secretarias de Estado del Poder Ejecutivo
Provincial.-
Art. 3º.- Registrar, comunicar y archivar.
ANEXO A
PROTOCOLO DE TRANSPORTE PROVINCIAL
A los efectos de incrementar las medidas de prevención
de transmisión de COVID-19, se definieron los criterios sanitarios
relacionados con el trasporte en el territorio provincial.
PROTOCOLO DE TRANSPORTE DE CARGA.
Se considera Transporte de carga a Camiones y Furgones
de más de 1400 kg de capacidad de carga. Deberán contar con la
habilitación Nacional correspondiente (RUTA, RNE, ETC).
Solo podrá realizar el transporte un chofer, está
PROHIBIDO llevar acompañante, salvo casos de excepción los que deberán
ser informados con anterioridad.
A) TRANSPORTE DE CARGA EN TRÁNSITO.
El transporte de carga que ingresa a la Provincia desde
un puesto limítrofe en donde deberá completar un formulario en carácter
de declaración jurada informando el puesto de salida. Solo podrá hacer
uso de las rutas y no realizar paradas en la Provincia, salvo en lugares
de descanso y estaciones de servicio habilitadas para ello.
El mismo dispone de un plazo máximo de 6 horas para
realizar el recorrido declarado. B) TRANSPORTE QUE REALIZA OPERACIONES
DE CARGA/DESCARGA EN LA PROVINCIA
Previo al ingreso deberán completar un formulario en
carácter de declaración jurada que se encuentra en la página
www.sanluis.gov.ar/coronavirus REQUISITOS DE INGRESO A LA PROVINCIA:
Los conductores de transportes de carga, que ingresen
temporalmente a la provincia, podrán hacerlo cumpliendo alguno de los
siguientes requisitos:
1) Conductores que presenten resultado negativo del PCR
para COVID-19 (hasta cinco días corridos contados a partir de la toma de
muestra), emitidos por la red de laboratorios de la República Argentina,
autorizados para realizar dicho estudio:
- Podrán realizar operaciones de carga/descarga en los
centros autorizados (registrados en la página
www.sanluis.gov.ar/coronavirus/transporte/habilitación de centros).
- Permanecer en la provincia hasta cinco días corridos,
contados a partir de la toma de muestra del PCR antes mencionado.
Superando dicho plazo se podrá realizar una de las siguientes
alternativas:
1.a) Para permanecer en la provincia, deberá realizar un
nuevo estudio PCR para COVID-19, en los laboratorios habilitados
1.b) Realizar cuarentena obligatoria en el lugar que
establezca la autoridad sanitaria provincial.
1.c) Retirarse de la provincia
1.d) Dirigirse a los centros de distribución
provinciales cumpliendo los requerimientos del punto siguiente (2).
Ver Anexo lista red laboratorios en el ámbito Nacional
2) Los conductores que NO presenten el resultado
negativo del PCR para COVID-19, emitido por autoridad competente.
- Deberán realizar toda operación en los centros de
distribución Provinciales.
- Para permanecer en la Provincia deberán:
2.a) Realizar cuarentena obligatoria en el lugar que
establezca la autoridad sanitaria provincial. Para ello deberá coordinar
al correo electrónico cuarentenatransporte@gmail.com con una antelación
no menor de 24 horas.
2.b) Los conductores que deseen realizar otras
operaciones fuera de la Provincia (otro viaje) y NO deseen realizar la
cuarentena del punto anterior, podrán realizar la espera para ello en
los LUGARES DE DESCANSO dispuestos en los centros de Distribución
Provinciales, no pudiendo tener contacto directo con ciudadanos o
familiares.
Se los proveerá un kit compuesto por elementos
higiénicos (Papel higiénico, jabón de tocador, shampoo, una botella de
agua, barra de cereal, turrón, té, café, azúcar, etc.).
C) REALIZACIÓN DE ESTUDIO PCR:
El Gobierno de la Provincia podrá realizar según su
capacidad operativa y situación sanitaria el estudio de PCR. Para ello,
y debido a que los insumos están reservados solo para pacientes en
calidad de sospechosos, el solicitante deberá abonar una tasa
administrativa que cubre el costo del mencionado test. La misma podrá
gestionarse en forma online desde la página www.dpip.sanluis.gov.ar y
pagarse a través de medios electrónicos de pago. El cupo de tasas a
otorgar dependerá de la situación epidemiológica de la provincia.
Las muestras serán tomadas en los centros de
transferencia de la Provincia por profesionales de la salud en función
la capacidad operativa de los equipos del laboratorio y en el horario
que establezca la Autoridad Sanitaria Provincial. El cupo de muestras
destinadas a personas que lo solicitan voluntariamente será limitado y
dependerá de la situación epidemiológica de la provincia.
La espera del resultado deberá realizarse en los centros
mencionados en el párrafo anterior, hasta que reciba el resultado del
test.
D) CENTROS DE CONTROL SANITARIO DE TRANSFERENCIA DE
CARGAS PROVINCIALES
Para las empresas de transporte que no posean centros de
distribución o en casos que los choferes NO presenten estudio de PCR
negativo para COVID-19, los únicos lugares habilitados para realizar
operaciones en la Provincia serán:
D.1) Autódromo Provincial Rosendo Hernández, San Luis
D.2) Zona de Actividades Logísticas ZAL, Villa Mercedes
D.3) Aeropuerto internacional Valle del Conlara, Santa
Rosa
D.4) Buena Esperanza
E) PROCEDIMIENTO PARA OPERAR EN LOS CENTROS DE
DISTRIBUCION
PROVINCIAL
Zonas habilitadas para tal fin
E.1) Zona espera dador de carga
E.2) Zona de transferencia /receptor de carga
E.3) zonas descanso transportistas
E.1) ZONA ESPERA DADOR DE CARGA
Para acceder a esta zona, deberá entregar toda la
documentación necesaria y será habilitado para el ingreso. Esta zona
estará habilitada las 24 hs.
Los transportistas deberán permanecer obligatoriamente
en esta zona hasta el momento de poder realizar la transferencia, con
previa autorización
En ningún momento el dador de carga podrá descargar o
manipular la carga dentro del predio.
E.2) ZONA TRANSFERENCIAS - RECEPTOR DE CARGA
En esta zona se lleva a cabo la transferencia entre
dador y receptor. El horario de operación de esta zona será de lunes a
viernes de 8 hs a 17 hs. Y sábado de 8 a 13 hs
Opciones de transferencia en los Centros de control
sanitario de carga Provinciales
- Intercambio de conductor: transferencia del vehículo a
un conductor que no represente riesgo sanitario. (transportista
distribución local)
Para este proceso se realizará una desinfección del
habitáculo del vehículo previo al cambio de conductores, los mismos no
podrán tener contacto directo.
- Transferencia de vehículo motor: podrá realizar la
operación de transferencia del mismo por uno de distribución local, los
conductores o actores intervinientes en este proceso no podrán tener
contacto directo entre ellos. En caso de que el vehículo que ingreso a
la Provincia deba realizar la espera, lo hará en los lugares de descanso
delimitados.
En ambos casos el conductor que ingreso a la Provincia,
deberá permanecer en el centro de transferencia Provincial hasta tanto
se realice la operación de distribución, respetando el protocolo
vigente.
- Transferencia de carga: Dentro del predio no se harán
actividades de consolidación, armado o almacenaje de ningún tipo de
mercadería.
Toda esta operación se llevará a cabo manteniendo el
distanciamiento social obligatorio.
Esta zona brindara servicio de auto-elevadores con
chofer, para los casos en que la mercadería este paletizada. Toda la
operación será supervisada por cuenta del dador y receptor sin
intervención de personal del predio.
En caso de mercadería a granel el receptor deberá
instrumentar el trasvase de la operación debiendo contar con el personal
necesario.
E.3) ZONAS DESCANSO.
Esta zona operara las 24 hs todos los días de la semana.
Se establece esta zona para transportistas:
- Que deseen realizar otras operaciones fuera de la
misma (otro viaje) y NO deseen realizar la cuarentena.
- Para transportistas que esperan la distribución local
en caso de hacer cambio de choferes.
Esta zona se provee seguridad, instalaciones sanitarias
(baños, duchas, agua caliente), estacionamiento de camiones, espacio
para instalación de casillas tipo dormís para la empresa que lo
solicite.
F) REQUISITOS PARA AUTORIZACION CENTROS DE CARGA/
DESCARGA
Para habilitarlos se deberá ingresar al portal:
www.sanluis.gov.ar/coronavirus y hacer click en Transporte y luego en
Habilitación de Centros de Carga y Descarga.
Se recomienda realizar el trámite con antelación a fin
de evitar demoras innecesarias.
G) OPERACIÓN DE CARGA/ DESCARGA EN CENTROS AUTORIZADOS.
- El chofer, dentro de lo posible, deberá permanecer
dentro de la cabina/habitáculo del vehículo.
- Procurar realizar la carga/descarga de manera ágil.
- Tomar las medidas sanitarias y de higiene necesarias,
antes de proceder a realizar la carga o descarga.
- Mantener siempre la distancia mínima de contacto
social.
- Todo personal afectado a estas tareas, deberán tener
elementos necesarios de protección (barbijo o tapabocas, guantes, gafas,
etc.).
H) TRANSPORTES CON CARGAS EXCEPCIONALES:
Solo podrán realizar operaciones de carga/descarga en
los centros registrados y autorizados en: www.sanluis.gov.ar/coronavirus
y hacer click en Transporte y luego en autorización de Transportes con
cargas Excepcionales. Posteriormente deberá comunicarse al 2665 135373
para solicitar la incorporación al sistema de seguimiento satelital.
Para esta situación el vehículo deberá sin excepción
proveer el seguimiento satelital e informar la ruta que va a realizar,
no pudiendo desviarse en ningún momento.
En caso de no poseer el seguimiento satelital deberá
contratar un servicio de custodia a cargo del particular para el
acompañamiento hacia el punto de carga/ descarga.
Se deberá registrar este tipo de transporte, Para ello
se deberá ingresar al portal:
www.sanluis.gov.ar/coronavirus y hacer click en pestaña transporte
de cargas excepcionales.
Para operar deberá de manera obligatoria realizar un
visado en los centros de distribución Provincial habilitados.
I) CONDUCTORES
Los conductores de Transporte de Carga deben respetar
las siguientes normas:
- Higienizar sus manos continuamente: luego de manipular
llaves, dinero, desperdicios o basura, antes y después de comer y al
hacer uso de sanitarios.
- Mantener distancia física de al menos dos (2) metros
con otras personas, toda vez que interactúe con terceros.
- Realizar todos los trámites posibles vía web o
telefonía móvil, ello permite evitar lugares públicos y contacto
directo.
- Comunicarse con el lugar de destino, previo al arribo,
para verificar que se hayan adoptado las medidas sanitarias pertinentes
y para poder realizar la carga/descarga de manera ágil
- Ventilar el habitáculo frecuentemente y dejar que
ingrese sol al mismo, cuando sea posible. Se recomienda rociar el mismo
con una solución de alcohol al 70%.
- Evitar el contacto directo sin protección con objetos
de uso común, como picaportes o canillas.
- Desinfectar constantemente objetos que manipula de
modo usual: volante, manijas, agarraderas, vidrio, luneta, etc.; del
mismo modo incluya objetos de uso personal: billetera, lapicera,
carpetas, superficie de tabletas, teléfonos móviles y cargadores.
- No auto-medicarse ante la presencia de fiebre, tos,
dolor de garganta o dificultad al respirar, aunque sean leves consultar
inmediatamente con el sistema de salud: En San Luis llamar al 107.
- Informarse sólo de fuentes oficiales: Ministerios de
Salud Provinciales, Organización Mundial de la Salud, entre otros.
Importante: Antes de manipular la Carta De Porte y
Declaración Jurada De
Personas, deben higienizarse las manos.
Kit de cuidado personal y desinfección en la Cabina del
Camión.
Los Choferes deberán circular con un kit de cuidado y
desinfección, compuesto con al menos los siguientes productos:
- Jabón, toallas de papel y alcohol en gel.
- Guantes descartables, gafas y tapa bocas común.
- Pañuelos descartables.
- Bolsas de residuos para desechos de descartables.
- Birome de uso personal y exclusivo.
- Rociador de agua con alcohol al 70%.
J) PARADORES EN RUTA (Estaciones de Servicio, Comedores,
Gomerías).
- Reducir y agilizar la operatoria para que una sola
persona atienda a los transportistas.
- Los operarios que atiendan a los transportistas lo
harán exclusivamente a estos, no pudiendo atender a otros ciudadanos.
- En los espacios comunes reducir la circulación de
personas y garantizar la distancia mínima.
- Implementación de combos de productos de consumo
habitual que sean despachados rápidamente y con las medidas de higiene
garantizadas.
- Una vez realizada la tarea (carga de combustible u
otra actividad), volver a higienizar las manos y los elementos
utilizados.
K) AEROPUERTOS
Continúa el cierre total de los aeropuertos, quedando
suspendidos todos los vuelos que arriben a la provincia. Solo se podrán
autorizar vuelos Sanitarios o relacionados a la emergencia sanitaria y
respetando los protocolos del Ministerio de Salud.
L) TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE MEDIA Y LARGA
DISTANCIA
Queda prohibido el ingreso de todo vehículo proveniente
de otras provincias, salvo los autorizados por el Ministerio de la
Nación, Comité Crisis o Secretaría de Transporte de la Provincia que
realiza viajes con los Repatriados de la Provincia, los cuales se
someterán a los protocolos ya establecidos.
M) TRANSPORTE INTERURBANO
- Se deberá mantener libre la primera fila de asientos
detrás del chofer.
- Las empresas deberán proveer al chofer el barbijo o
tapabocas, para su uso obligatorio.
-Previo al acceso a la unidad de transporte los usuarios
deberán respetar el distanciamiento social preventivo y obligatorio.
- Queda prohibido que viajen pasajeros de pie dentro de
la unidad.
- Las empresas deberán de manera obligatoria proveer al
chofer de alcohol en gel o similar y todos los productos contemplados
dentro del protocolo de salud.
-Las unidades deberán ser desinfectadas, en cada
cabecera de línea.
-Deberá haber ventilación permanente en las unidades.
-Colocar en cada unidad cartelería informativa sobre el
Coronavirus.
-Las empresas deberán exigir que todos los usuarios al
momento de ingresar a la unidad y durante todo el recorrido el uso
obligatorio de tapaboca.
Terminales.
-Limpiar y desinfectar aquellos espacios comunes y todo
mobiliario sometido al contacto con los usuarios del servicio.
-Boleterías y locales habilitados deberán extremar los
cuidados a fin de garantizar la higiene del lugar y evitar contagio.
-Colocar de manera obligatoria dispensarios de alcohol
en gel (o similar) y jabón al alcance de los usuarios.
-Colocar puestos de control sanitarios.
-La circulación de personas dentro de la terminal deberá
garantizar el distanciamiento social.
-El ingreso a la terminal es exclusivo para usuarios
-Los ambientes deberán mantenerse ventilados.
-Durante el ascenso y descenso de pasajeros deberán
respetarse las distancias mínimas.
N) TRANSPORTE NO REGULAR
Las empresas deberán solicitar a la Secretaria de
Transporte, autorización para realizar los viajes, acompañando de manera
obligatoria el listado de pasajeros, a fin de descartar que sean “Caso
Sospechoso”, mediante la presentación de Declaración Jurada de quienes
abordarán el servicio.
O) TREN DE CARGA
- Tripulación máxima tres (3) personas por tramo, para
lo cual la empresa de manera obligatoria deberá declarar la nómina del
personal autorizado.
- Los recorridos dentro de los límites de la Provincia
de San Luis se harán con personal de la Provincia de San Luis.
- Tramo Justo Daract – Laboulaye: La empresa deberá
realizar las acciones necesarias en los límites para la transferencia de
locomoción con destino a Laboulaye, de esta manera la tripulación de San
Luis regresa a su lugar de base (Justo Daract o Beazley). El traspaso de
locomoción y enganche en el límite deberá hacerse respetando el
distanciamiento social. El retorno hacia las bases de San Luis se hará
en locomotora.
- En el tramo Palmira – Beazley: La empresa dispondrá de
un inmueble en la estación Beazley, exclusiva para el personal de Base
Palmira, para realizar aislamiento obligatorio, debiendo retornar a su
lugar de origen dentro de las 12 hs de su arribo a través del mismo
medio de locomoción (locomotora).
- El personal que saliera de la provincia para
operaciones fuera de los límites, y quiera retornar a la Provincia
deberá cumplir la cuarentena obligatoria dispuesta según las
resoluciones del Ministerio de Salud de la Provincia o las disposiciones
que sugiera el organismo competente.
- Las empresas deberán de manera obligatoria proveer al
chofer de alcohol en gel o similar y todos los productos contemplados
dentro del protocolo de salud.
- En cada cabecera de línea realizar una desinfección
con una solución desinfectante.
- Deberá haber ventilación permanente en las unidades
- La Tripulación deberá contar con:
- Bolsa de residuos para desechos de descartables.
- Una birome de uso personal y exclusivo
- Kit de limpieza de elementos de la unidad
- Dispersor de agua con alcohol (al 70%).
Estas medidas pueden ser dinámicas en virtud de la
situación que se transcurre.
CENTROS QUE REALIZAN PCR PARA COVID-19 PARA PARTICULARES
(Nota ecofield: texto siguiente original publicado en
Boletín Oficial)
PROVINCIA CENTRO LOCALIDAD TELEFONO
DIRECCIÓN Y MAIL
CAPITAL CentraLab
Belgrano Vuelta de Obligado 1947-8º B
FEDERAL
Belgrano Sucre 2639
Botánico Av. Las Heras 3828
Caballito San José de Calasanz 202
Congreso Av. Callao 52
Flores Gavilán 15 - 1er piso
Centros de
Liniers Turnos Av. Rivadavia 11114
extracción La
Imprenta únicamente Gorostiaga 1897
Palermo por mail Bonpland 1397
Hollywood gbg@centralab.com.ar
Plaza Italia Thames 2480
Recoleta Av. Callao 1343
Retiro Santa Fé 1154
Villa Crespo Camargo 470
Laboratorio de la
UBA 01152855000 Av. Paseo Colón 850
PROVINCIA DE Argentino
Azul 022281- 424150 Alfredo Prat 521
BUENOS AIRES
Diego
Allende Mar
del Plata 0223-4770262 Av.Juan B. Justo 6701
Penna
Bahía Blanca 0291-4593600 Av. Saenz 2401
San Juan La
Plata 0221-4575424 Calle 27
de
Dios
Rossi La
Plata 0221-4828821 Calle 37
Eva San
Martín 011-47243000 Av. 101
Perón
Ricardo Balbín
Paroissien
Matanza 011-46693590 Brig. Gral. Juan
Manuel de Rosas 600
CENTROS QUE REALIZAN PCR PARA COVID-19 PARA PARTICULARES
PROVINCIA CENTRO LOCALIDAD TELEFONO
DIRECCIÓN
Y
MAIL
Provincia de El Cruce
Florencio 011-42109000 Av. Calchaquí 5401
Buenos Aires
Varela
Evita
Lanus 011-42414051 Río de Janeiro 1910
Fiorito
Avellaneda 011-42015555 Av. Manuel
Belgrano 827
Lab. de
Ciencias
exactas
y
Roque Saenz
Veterinarias
Quilmes 52857400 Peña 352
Instituto La
Plata 0221-4830553 Av. Antártida
Biológico
Argentina
Centro de Investigación
0236-4407750 Jorge
Básicas
Junín Newbery 261
Centro de
Pergamino 0247-7445255 Av. de Mayo 1115
Bioinvestigación
Hospital El
Palomar 011-44699300 Av. Presidente
Posadas
Arturo Illia
INE Mar
del Plata 0223-4732100 Ituzaingó 3520
MENDOZA Laboratorio
Mendoza
Virológico
(Ciudad) 0261-4201958 9 de Julio 2221
de
Cuyo informes@laboratoriovirologico.com
CÓRDOBA
Clínica
Universitaria
Córdoba 0351-4142121 Oncativo 1248,
Reina
Fabiola (int.
181) X5004 FHP
Hospital
Privado
de
Córdoba whatsapp: +549351675857
Laboratorios 0351-4246666/
Av. Velez Sarfield
LACE 4217647
528 C.P. X5000JJS
Sanatorio
Obispo Oro 42
Allende
Independencia 757
SANTA FE
Laboratorio
CELIC
03462-429611 López 1285
CORRIENTES Laboratorio Ciudad de
0379 539-3798 Placido Martínez
Central de
Corrientes 1044 (909,60 Km.)
Redes y
Programas
MISIONES Laboratorio Posadas,
211 UNM Misiones (N3
300) 0376-4435099 Felix de Azara 1552
CEBAC SRL
0376-4422353 Córdoba 1393
SALTA UNILAB
0387-4316900 Deán Funes 948
RIO NEGRO MICROBIOM General Roca
0298-4421017 Don Bosco 1276
NEUQUÉN Clínica Dr. Roberto
Raña 0299-4433998 Tucumán 71
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