Poder
Legislativo Provincial
MEDIO
AMBIENTE – MODIFICA LEY
11717
Ley N°
13.927. Sanción: 28/11/2019. B.O.: 20/1/2020. Medio Ambiente. Incorpora
art. 2 bis. a la Ley N° 11.717. Prohíbese el otorgamiento de los
recursos naturales existentes en el territorio provincial, sean estos de
carácter público o privado del Estado Provincial, como garantía para la
toma de créditos por parte del Estado con organismos y entidades
financieras, ya sea en forma de empréstitos, deuda, emisión de bonos o
letras o de otras afines de intereses foráneos y/o extranjeros.
REGISTRADA
BAJO EL Nº 13.927
LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY;
ARTÍCULO 1
- Incorpórase el Artículo 2 bis a la Ley Provincial N° 11717, de Medio
Ambiente y Desarrollo Sustentable, el que queda redactado de la
siguiente manera:
ARTÍCULO 2°
BIS - Prohíbese el otorgamiento de los recursos naturales existentes en
el territorio provincial, sean estos de carácter público o privado del
Estado Provincial, como garantía para la toma de créditos por parte del
Estado con organismos y entidades financieras, ya sea en forma de
empréstitos, deuda, emisión de bonos o letras o de otras afines de
intereses foráneos y/o extranjeros.
ARTÍCULO 2
- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA
SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA
VEINTIOCHO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Santa Fe,
“Cuna de la Constitución Nacional”, 23 DIC 2019.
De
conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro
General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN
OFICIAL.
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