Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social
TRABAJO - COORDINACION DE
TELETRABAJO - CREACION
Resolución (MTEySS) 147/12. Del 10/2/2012.
B.O.: 24/2/2012. Créase la Coordinación de Teletrabajo. Objetivos.
Bs. As., 10/2/2012
VISTO el Expediente Nº 1.399.793/10 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Decisión Administrativa Nº 917
del 28 de diciembre de 2010 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 428 del 28 de abril de 2008 y la Decisión
Administrativa Nº 8 del 16 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 se
aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL correspondiente al primer nivel operativo.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 260 del 18 de marzo de 2011 se aprobaron las aperturas
inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa del
citado Ministerio, establecida por la Decisión Administrativa Nº 917 del
28 de diciembre de 2010.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 428 del 28 de abril de 2008 se aprobó la Coordinación de
Teletrabajo con dependencia directa de la UNIDAD MINISTRO del citado
Ministerio, centralizándose en la misma toda actividad referida a la
promoción y desarrollo normativo en materia de teletrabajo, como así
también el resguardo de los derechos laborales de los trabajadores que
operan bajo esta nueva modalidad de empleo.
Que por Decisión Administrativa Nº 8 del 16 de diciembre de 2011 se
facultó al titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
a aprobar UN (1) cargo de conducción en la estructura organizativa con
dependencia directa de la SECRETARIA DE EMPLEO de esta Jurisdicción.
Que la modernización de esta Cartera de Estado requiere de un conjunto
de acciones intra e interinstitucionales de gestión relacionadas con las
materias de competencia de la Jurisdicción.
Que se hace necesaria la creación de una Coordinación que desarrolle
acciones específicas, y que genere las condiciones de trabajo decente
para aquellos trabajadores que se desempeñan bajo una modalidad precisa
y creciente de trabajo, como lo es el Teletrabajo, para el avance de los
objetivos que se ha planteado esta Cartera de Estado dentro de las
políticas establecidas por el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas
por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994, sus
modificatorios y complementarios y el artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 8 del 16 de diciembre de 2011.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE EMPLEO del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Coordinación de
Teletrabajo, de conformidad con las Acciones, que como Anexo al presente
artículo forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — El gasto que demande la presente medida será atendido con los
créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
Planilla Anexa al Artículo 1º
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE EMPLEO
COORDINACION DE TELETRABAJO
ACCIONES:
1. Promover, monitorear y propiciar la generación de condiciones de
Trabajo Decente para los teletrabajadores y todos aquellos puestos que
instrumenten las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs)
para fomentar y promover el e-trabajo.
2. Impulsar el teletrabajo como una herramienta eficaz destinada a
incluir dentro de la actividad productiva del país a las zonas más
aisladas evitando el desarraigo de la población local.
3. Asesorar permanentemente en materia de formación profesional respecto
de las demandas de los sectores que requieran mejorar las competencias
en TICs de los ocupados y desocupados, a fin de su incorporación a
nuevas modalidades de empleo, entre ellas el teletrabajo.
4. Llevar adelante la ejecución del Programa de Certificación de
Competencia en Teletrabajo, en forma conjunta con la Dirección Nacional
de Orientación y Formación Profesional, posibilitando la acreditación de
los saberes y la experiencia adquirida informalmente por el
reconocimiento de las calificaciones dentro de estándares de calidad.
5. Asistir al SECRETARIO DE EMPLEO en la promoción de la ocupación de
grupos vulnerables, entre ellos personas con capacidad disminuida,
jóvenes de 18 a 24 años en situación de desempleo y mayores de 45 años,
a través del uso de las TICs para la creación de puestos bajo la
modalidad de teletrabajo.
6. Generar juntamente con la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y
FORMACION PROFESIONAL Programas de Teletrabajo para presidiarios y ex
presidiarios en el marco de las políticas de desempleo para este
colectivo llevadas a cabo por la Subsecretaría.
7. Colaborar en la promoción de empresas de alta tecnología para la
generación de teletrabajo con alto valor agregado.
8. Apoyar la difusión de TICs en las tramas productivas como forma de
incorporar a las pequeñas y medianas empresas en procesos de innovación,
fomentando su incorporación al sector formal de la economía incluyendo
modalidades de teletrabajo y e-trabajo.
9. Coordinar la Red de Empresas comprometidas en Teletrabajo destinada a
nuclear empresas, universidades y organismos públicos, conformando un
ámbito propicio para la cooperación en los niveles nacionales y
regionales, respecto al intercambio de aprendizajes, investigaciones y
buenas prácticas en teletrabajo y promover la implementación de
plataformas de teletrabajo en el ámbito privado de la Argentina.
10. Constituir un centro temático de referencia para el seguimiento,
análisis y difusión de las transformaciones del escenario laboral
vinculadas a la aplicación de las TICs para el teletrabajo.
11. Articular como espacio de encuentro y de diálogo entre el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y los diferentes sectores de la
sociedad civil, sector público, ámbito académico, gremios y empresas,
para abordar las problemáticas de las TICs en las modalidades de
teletrabajo y e-trabajo, elaborando datos y estadísticas, documentos y
publicaciones, como así también, realizando encuentros y conferencias,
con el propósito de difundir estos temas en la comunidad.
12. Generar acciones destinadas a fomentar el teletrabajo dentro de la
Comunidad del MERCOSUR, coma así también coordinar el Grupo de Trabajo
en Teletrabajo eLAC 2011 de la CEPAL, promoviendo el teletrabajo como
una alternativa de inclusión laboral y social a través de la propia
experiencia llevada a cabo en la Argentina.
13. Emitir juntamente con órganos internacionales, recomendaciones en
base a los programas desarrollados en materia de teletrabajo.
14. Impulsar la elaboración de normas que promuevan y regulen el
Teletrabajo en relación de dependencia.
15. Asistir a la SECRETARIA DE TRABAJO en la promoción de la inclusión
del teletrabajo como un nuevo contenido de la negociación colectiva,
coordinando los encuentros y talleres con los distintos actores
sociales.
16. Promover el desarrollo de las TICs en el sector público y privado,
asesorando respecto a la implementación de plataformas de teletrabajo y
de e-trabajo e identificando las dificultades prácticas que se
presenten.
17. Proponer a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO,
modificaciones a la Ley de Riesgos del Trabajo de modo de incorporar las
nuevas enfermedades y accidentes que se generen como consecuencia del
teletrabajo y generar en forma conjunta un Manual de Buenas Prácticas en
materia de Teletrabajo.
18. Coordinar acciones conjuntas con los MINISTERIOS DE CIENCIA Y
TECNOLOGIA Y DE EDUCACION en proyectos que favorezcan la reducción de la
brecha tecnológica a nivel nacional y en el diseño de herramientas de
capacitación y formación en teletrabajo para docentes, profesores y
alumnos de nivel Medio, Terciario y Universitario incorporando el
teletrabajo como herramienta de inclusión social en todos los ámbitos
alcanzados o alcanzables por esta modalidad.
19. Desarrollar juntamente con la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION TECNICA
Y ESTUDIOS LABORALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, los estudios, análisis y estadísticas referidos al impacto de
las TICs en las relaciones laborales así como del teletrabajo en las
mismas.