Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
ASOCIACIONES SINDICALES INTERNACIONALES - REGISTRO
Resolución (MTEySS) 1487/23. Del 22/11/2023. B.O.: 24/11/2023.
Asociaciones Sindicales. Crea el Registro de Asociaciones Sindicales
Internacionales, que tendrá a su cargo la pertinente inscripción y
contralor de las entidades que pretendan registrarse.
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2023
VISTO y CONSIDERANDO…
Por ello,
LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL el Registro de Asociaciones Sindicales Internacionales,
que tendrá a su cargo la pertinente inscripción y contralor de las
entidades que pretendan registrarse.
ARTÍCULO 2°.- Podrán ser inscriptas en el Registro de Asociaciones
Sindicales Internacionales, solamente aquellas asociaciones sindicales
internacionales que acrediten estar integradas por entidades sindicales
reconocidas como tales en sus países de origen.
ARTÍCULO 3°.- La SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, tendrá a su cargo la administración del Registro de
Asociaciones Sindicales Internacionales.
ARTÍCULO 4°.- Facultase a la SECRETARÍA DE TRABAJO del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para dictar las normas
complementarias, necesarias para la administración, organización y
correcto funcionamiento del Registro de Asociaciones Sindicales
Internacionales, como así también las propias que regulen los requisitos
que deban cumplir las entidades que pretendan registrarse.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. |