Secretaría
de Política Ambiental Resolución
(SPA) 35/02. Del 17/1/2002. la toma de muestras efectuadas por personal de los Organismos del Estado en el marco de la Resolución SPA 504/01 deberá efectuarse completando el "Acta de toma de muestras". La Plata, 17 de Enero de 2002. VISTO: La Resolución N° 504/01, y CONSIDERANDO: Que la citada Resolución crea y regula el funcionamiento del "Registro Provincial de Laboratorios de Análisis Industriales para el control de efluentes sólidos, semisólidos, líquidos y gaseosos, y de los recursos naturales potencialmente afectados por ello", previendo en su artículo 11 "la cadena de custodia" de las respectivas muestras,
Que por la mencionada Resolución el Laboratorio pertinente es el responsable del personal, metodología, lugar de extracción, de las contramuestras, de las condiciones del ducto o cuerpo a muestrear y del transporte de la muestra; Que a fines de un mejor control, operatividad y eficacia del procedimiento corresponde establecer la "cadena de custodia" de las muestras tomadas por personal de los distintos Organismos del Estado; Por ello EL SECRETARIO DE POLITICA AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE: Artículo 1°
- Establecer que la toma de muestras efectuadas por personal de los Organismos del Estado en el marco de la Resolución SPA 504/01 deberá efectuarse completando el "Acta de toma de muestras" que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente. Artículo 2º
- Establecer que a los fines de cumplimentar la "cadena de custodia" de las muestras a que se refiere el artículo anterior, se deberá completar el formulario de "Cadena de Custodia", que como Anexo 2, forma parte integrante de la presente. Artículo 3º
- De forma.
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