Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles
BIOCOMBUSTIBLES - RESOLUCIÓN 1295/08 - MODIFICACIÓN
Disposición (SSHYC) 332/19. Del 6/12/2019. B.O.: 9/12/2019. Biocombustibles.
Sustituye el anexo de la resolución 1295/08 SE.
Ciudad de Buenos Aires, 06/12/2019
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituir el anexo de la resolución 1295 del 13 de noviembre de
2008 de la ex Secretaría de Energía dependiente del ex Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, por el anexo (IF-2019-104934890-APN-DBC#MHA)
que integra esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Esta disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en
el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. Carlos Alberto María Casares
ANEXO
ESPECIFICACIONES DE CALIDAD DEL BIOETANOL
El bioetanol comercializado en el marco de la ley 26.093 para su mezcla con el
combustible líquido caracterizado como nafta, deberá ser mezclado en el
porcentaje que establezca la autoridad de aplicación y deberá egresar de las
plantas elaboradoras cumpliendo en su composición con las siguientes
especificaciones:
TABLAS - (formato PDF) GRUPOS I Y II