Ente
Nacional Regulador del Gas
ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS - MANUALES DE PROCEDIMIENTOS -
APROBACION
Resolución
(ENARGAS) 3675/06. Del 28/12/2006. B.O.: 22/1/2007. Apruébanse los Manuales de Procedimientos
correspondientes a: I.- Gerencia de Gas Natural Comprimido, II.- Secretaría del Directorio, III. Unidad
de Coordinación de Relaciones Institucionales, IV.- Gerencia de Asuntos Legales, V.- Gerencia de
Regiones, VI.- Grupo Operativo de Servidumbres, VII.- Gerencia de Desempeño y Economía, VIII.-
Gerencia de Transmisión, IX.- Gerencia de Administración y X.- Gerencia de Distribución.
Bs. As.,
28/12/2006
VISTO el
Expediente Nº 11.578/06 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha
10 de noviembre de 2005 el ENARGAS acordó con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION el Plan de
Adecuación del Sistema de Control Interno del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS en el marco de la
Resolución SIGEN Nº 114/2004.
Que, como parte
de tal acuerdo, se contempló entre las actividades a implementar, la elaboración de los procedimientos
internos de diversos circuitos de trabajo de las distintas áreas y Gerencias del Organismo.
Que hacia fines
del año 2005 se finalizó la elaboración de los manuales de procedimientos administrativos del Ente a
través de un grupo de trabajo constituido a tal fin, en el que participaron activamente representantes
de cada una de las áreas y gerencias del Organismo.
Que, a través
de la NOTA ENRG/UAI/P Nº 5590/06, remitida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, el Directorio del
ENTE propuso la aprobación de los Manuales de Procedimiento a través de la resolución administrativa
permanente, estableciendo los mecanismos para la aprobación de las sucesivas revisiones y la
incorporación de nuevos procedimientos.
Que, con
posterioridad a la elaboración de los procedimientos, se llevó a cabo una etapa de consultas y
correcciones con cada una de las gerencias a fin de lograr su conformidad con el contenido de los
procedimientos, con especial participación de la Unidad de Auditoría Interna.
Que resulta
necesario contar con procedimientos estandarizados a fin de normativizar los procesos de trabajo,
logrando mayor eficiencia y previsibilidad en el accionar del organismo, atendiendo a los principios de
economía, eficiencia, eficacia, pilares del sistema de control implementado por la Ley Nº 24.156.
Que, asimismo,
resulta conveniente contar con mecanismos idóneos para la revisión, actualización y perfeccionamiento
permanente de los manuales de procedimientos administrativos internos del Ente.
Que, para ello,
se prevé la integración de una comisión de trabajo abocada a tal fin.
Que los
procedimientos administrativos elaborados reglan el funcionamiento interno del organismo, sin afectar
derechos ni intereses de terceros ajenos al organismo.
Que, conforme
el carácter de órgano autárquico que reviste el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (Art. 51 Ley Nº
24.076), tiene plena capacidad para dictar sus propios reglamentos de funcionamiento interno.
Que los
procedimientos internos constituyen lo que en doctrina se conocen como "reglamentos
autónomos" y que reconocen su base constitucional en el Art. 99 inc. 1) del texto fundamental y la
competencia para dictarlos se encuentra en cabeza de los diferentes órganos de la Administración
Pública o de entes descentralizados de aquélla, tal como el ENARGAS.
Que la Gerencia
de Asuntos Legales, en su carácter de órgano de asesoramiento jurídico permanente ha emitido el
Dictamen GAL Nº 1238/06.
Que el ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo
dispuesto en los Artículos 51, 52 incisos v) y x) y 59 incisos d) y h) de la Ley 24.076.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º
— Apruébanse los Manuales de Procedimientos correspondientes a: I.- Gerencia de Gas Natural
Comprimido, II.- Secretaría del Directorio, III. Unidad de Coordinación de Relaciones Institucionales,
IV.- Gerencia de Asuntos Legales, V.- Gerencia de Regiones, VI.- Grupo Operativo de Servidumbres, VII.-
Gerencia de Desempeño y Economía, VIII.- Gerencia de Transmisión, IX.- Gerencia de Administración y
X.- Gerencia de Distribución, los que suscriptos por los responsables de cada área forman parte
integrante, como Anexos, de la presente resolución.
ARTICULO 2º
— Constitúyese una Comisión de Evaluación Permanente de los Procedimientos Internos del ENARGAS la
que estará integrada por un representante del Directorio, otro por la Gerencia de Asuntos Legales y un
representante de la Unidad de Auditoría Interna.
ARTICULO 3º
— La Comisión creada en el artículo precedente tendrá por objeto la revisión, actualización y
perfeccionamiento permanente de los manuales de procedimientos administrativos internos del Ente, para
lo cual deberá coordinar su accionar con cada una de las gerencias y/o áreas que correspondan y
mantener debidamente informado al Directorio de los resultados de su gestión.
Los
procedimientos no contemplados en los manuales aprobados en el artículo 1º de la presente y aquellos
en los que se prevea la participación de más de un área o gerencia como procedimiento integral e
integrado, deberán ser propuestos por la Comisión al Directorio antes del 30 de setiembre de cada año
a los fines de ser considerados en la revisión anual de ese período, que se llevará a cabo durante el
último trimestre de cada año.
ARTICULO 4º
— Notifíquese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en el marco de las previsiones de la Ley Nº
24.156.
ARTICULO 5º
— De forma.
ANEXOS (formato PDF,
texto original)
Nota Ecofield:
- Modificado por resolución
259/18 ENARGAS, art. 2°: Deja sin efecto el
“Procedimiento para la venta de Obleas de Habilitación y Cédulas
de Identificación del Equipo Completo de GNC”, que, identificado
bajo el Código GGNC N° 022, fuera aprobado por la Resolución
ENARGAS N° 3675/06, Anexo I. |