Ente Nacional Regulador del Gas
GAS NATURAL VEHICULAR -
VEHICULOS PROPULSADOS A GAS NATURAL
VEHICULAR - VALOR OBLEAS HABILITANTES
Resolución (ENARGAS) 472/21. Del 1/12/2021. B.O.: 3/12/2021. Gas
Natural Vehicular. Establecer el valor de las Obleas Habilitantes para vehículos
propulsados a Gas Natural Vehicular (GNV) de las Cédulas MERCOSUR, a partir del
1° de enero de 2022.
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2021
VISTO Y CONSIDERANDO...
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º- Establecer el valor de las Obleas Habilitantes para
vehículos propulsados a Gas Natural Vehicular (GNV), cuyos vencimientos operen
en el año 2022, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($257.-) por
unidad, a partir del 1° de enero de 2022.
ARTÍCULO 2°- Establecer el valor de las Cédulas MERCOSUR en la
suma de PESOS SETENTA Y TRES ($73.-) por unidad, a partir del 1° de enero de
2022.
ARTÍCULO 3°- Establecer el valor de las Obleas Habilitantes para
vehículos propulsados por Gas Natural Vehicular (GNV), cuyos vencimientos operen
en el año 2023, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($257.-) por
unidad.
ARTICULO 4º- Registrar, notificar, publicar, dar a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.