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Argentina/ Provincia de Córdoba

- modifica y/o complementa a: ley 8560, ley 9169.

- modificada y/o complementada por:

Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - MULTAS - IMPORTE

Resolución (DPAT) 14/15. Del 6/5/2015. B.O.: 8/5/2015. Establecer el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones de tránsito en la jurisdicción provincial en virtud de lo constatado en el Automóvil Club Argentino de la Ciudad de Córdoba, en la suma de pesos catorce con cero ocho centavos ($14.08).

Córdoba, 6 de Mayo de 2015

VISTO: El expediente N°0458-045545/2015 y lo establecido por la Ley Provincial de Tránsito N°8560 T.O. 2004,

Y CONSIDERANDO:

Que la resolución 014/2010 de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito determina el mecanismo por el que debe establecerse el valor de la Unidad Fija (UF) de multa, para ser aplicadas a las infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (T.O. 2004) en la jurisdicción provincial.

Que tal mecanismo establece que tal valor de Unidad Fija será equivalente al precio de la nafta Infinia (de mayor octanaje) que posea el Automóvil Club Argentino de la Ciudad de Córdoba y que será consultado el día 05 de cada mes.

Que habiéndose  practicado la constatación de referencia en la fecha indicada supra, circunstancia de la que da cuenta el Acta N° 05/2015, se determina que el precio de la U.F. (Unidad Fija de Multa) ha sufrido variaciones desde la última Resolución dictada, por lo que corresponde dictar elinstrumentolegal pertinente.

Por ello, en virtud de lo dispuesto por la Resolución 006/2008, la Resolución 014/2010 y lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N° 18/2015, en ejercicio de sus atribuciones,

EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE

PREVENCIÓN DE

ACCIDENTES DE TRÁNSITO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones de tránsito en la jurisdicción provincial en virtud de lo constatado en el Automóvil Club Argentino de la Ciudad de Córdoba, en la suma de pesos catorce con cero ocho centavos ($14.08).-

ARTICULO 2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija, desde el 15 de Mayo de 2015 y hasta que se determine un nuevo precio mediante la resolución respectiva.-

ARTICULO 3°: ARCHIVAR Acta de Constatación de fecha 05 de Mayo de 2015, a fin de acreditar debidamente el extremo invocado (precio de la nafta de más de 95 Ron, equivalente a la U.F establecida por Ley).-

ARTICULO 5°: ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a notificar a la Autoridad de Control, a la página Web de la Policía Caminera, al RePAT, a la Dirección de Sistemas del Ministerio de Gobierno y Seguridad, al Juzgado Policial de Faltas involucrado y al resto de los Juzgados avocados, de los alcances de la presente.-

ARTICULO 6°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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