Secretaría de Energía Eléctrica
ENERGIA ELECTRICA -
MERCADO ELECTRICO MAYORISTA – PROYECTOS
- CONVOCATORIA - RESOLUCION N° 420/2016 - MODIFICACION
Resolución (SEE) E 455/16. Del 29/11/2016. B.O.: 30/11/2016.
Energía Eléctrica. Mercado Eléctrico Mayorista. Modifica Resolución (SE) 420/16
en lo relacionado a que el aludido ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED),
previo análisis de los anteproyectos presentados y las condiciones informadas
para su eventual desarrollo, elevará las presentaciones de los interesados
juntamente con sus propias evaluaciones, para consideración de esta Secretaría.
Prórroga.
Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-02609829-APN-DDYME#MEM, y
CONSIDERANDO:
Que el abandono de criterios de razonabilidad y eficiencia en la
definición de los precios del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) incrementó el
costo de abastecer adecuadamente a la demanda, distorsionando las señales
económicas y desalentando así la inversión privada de riesgo en generación de
energía eléctrica.
Que la situación descripta dio causa al dictado del Decreto N°
134 de fecha 16 de diciembre de 2015 mediante el que se declaró la Emergencia
del Sector Eléctrico Nacional hasta el 31 de diciembre de 2017 y se instruyó al
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA para que elabore un programa de acciones
necesarias en relación a los segmentos de generación, transporte y distribución
de energía eléctrica de jurisdicción nacional, lo ponga en vigencia y lo
implemente, con el fin de adecuar la calidad y seguridad del suministro
eléctrico, garantizando la prestación de los servicios públicos de electricidad
en condiciones técnicas y económicamente adecuadas.
Que, en dicho marco, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA dictó la
Resolución Nº 6 de fecha 25 de enero de 2016, delegando en la SECRETARÍA DE
ENERGÍA ELÉCTRICA las facultades asignadas a la entonces SECRETARÍA DE ENERGÍA
del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS por
los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley Nº 24.065.
Que, en tal contexto, esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dictó
la Resolución Nº 420 de fecha 16 de noviembre de 2016 (RESOL-2016-420-E-APN-SECEE#MEM),
mediante la cual se convocó a interesados en desarrollar integralmente proyectos
de infraestructura que contribuyan a la reducción de costos en el MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y al aumento de la confiabilidad en el Sistema
Eléctrico Argentino a manifestar su interés mediante la presentación del
anteproyecto correspondiente bajo la modalidad, en los términos y con sujeción
al cronograma dispuestos en los Términos de Referencia que lucen en el Anexo (IF-2016-02767736-APN-DNRMEM#MEM),
que forma parte integrante de dicha resolución.
Que habiéndose detectado que el Artículo 3° de la Resolución
precedentemente mencionada contiene, en su segundo párrafo, un error material de
redacción que puede inducir a un error conceptual, se considera oportuno y
conveniente sustituir dicho párrafo.
Que el segundo párrafo del Artículo 3º que se propicia sustituir
alude, erróneamente, a términos de referencia que no se corresponden con los
consignados en el Anexo (IF-2016-02767736-APN-DNRMEM#MEM) de la Resolución Nº
420/16 de esta Secretaría, debiendo haber referido a aquellos de un ulterior
proceso de selección para la construcción y operatividad comercial de un
proyecto integral de infraestructura eléctroenergética que, lógicamente, aún no
han sido elaborados.
Que la rectificación de errores materiales se encuentra prevista
en el Artículo 101 del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos
aprobado por el Decreto Nº 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 1991).
Que, por otra parte, en el breve lapso de vigencia de la
señalada Resolución SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA Nº 420 de fecha 16 de
noviembre de 2016, distintos interesados manifestaron la necesidad de disponer
de mayor plazo para la presentación de los anteproyectos de interés.
Que, en tal sentido, se estima necesario y oportuno en esta
instancia, a los efectos de facilitar la participación amplia de interesados en
el marco de la Convocatoria, prorrogar el plazo establecido en los Términos de
Referencia que, como Anexo (IF-2016-02767736-APN-DNRMEM#MEM), forman parte de la
Resolución Nº 420/16 de esta Secretaría.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE
ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de
lo dispuesto por los Artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065, el Artículo 84 de su
Decreto Reglamentario N° 1.398 de fecha 11 de agosto de 1992, el Artículo 23
nonies de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12
de marzo de 1992) y sus modificaciones, Artículo 101 del Reglamento Nacional de
Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759 de fecha 3 de
abril de 1972 (T.O. 1991), y el Artículo 11 de la Resolución Nº 6 de fecha 25 de
enero de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Artículo 3° de la Resolución N° 420
de fecha 16 de noviembre de 2016 de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, el que
quedará redactado del siguiente modo:
“ARTÍCULO 3°.- El aludido ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED),
previo análisis de los anteproyectos presentados y las condiciones informadas
para su eventual desarrollo, elevará las presentaciones de los interesados
juntamente con sus propias evaluaciones, para consideración de esta Secretaría.
Los anteproyectos de interés elevados, en función de la eventual
eficacia y eficiencia de su contribución al logro de los objetivos de la
convocatoria, podrán ser considerados total o parcialmente para su integración a
los términos de referencia de un ulterior proceso de selección para la
construcción y operatividad comercial de un proyecto integral de infraestructura
eléctroenergética. Dicho proceso se efectuará, en cualquier caso, mediante
convocatoria abierta, competitiva y transparente, en orden a la posterior
celebración de un Contrato de la Demanda en el Mercado Eléctrico Mayorista
(MEM).
ARTÍCULO 2° — Prorrógase el plazo para la presentación de los
anteproyectos de interés establecido en los Términos de Referencia aprobados
mediante la Resolución Nº 420/16 de esta Secretaría, hasta las 18:00 hs del día
13 de enero de 2017.
ARTÍCULO 3º — Ratifícase todo lo decidido mediante Resolución Nº
420/16 de esta Secretaría, que no ha sido modificado por la presente.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
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