Ente Nacional Regulador de la
Electricidad
ENERGIA ELECTRICA -
PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES
Resolución (ENRE) 546/99.
Del 21/4/1999. B.O.: 28/4/1999. Apruébanse los PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA, QUE
UTILICEN TENSIONES DE 132 kV O SUPERIORES.
BUENOS AIRES, 21 DE ABRIL DE 1999.
VISTO: El Expediente ENRE N° 3495/97
y la Resoluciones SE N°15/92, N° 77/98 y N° 1725/98, y
CONSIDERANDO:
Que en las Resoluciones citadas, se establecen las condiciones ambientales y los
procedimientos que deben cumplir los transportistas, a los fines de la autorización de
ampliaciones del sistema eléctrico nacional;
Que la fase constructiva de las líneas de transporte y distribución de energía
eléctrica, es la que potencialmente puede producir los mayores impactos ambientales
negativos;
Que es conveniente fijar las pautas de procedimientos ambientales a cumplir durante la
construcción de las líneas, a los efectos de facilitar la supervisión que el ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD debe efectuar en esa fase de la ampliación,
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, contrató la elaboración de un pliego
de condiciones ambientales para la construcción de ampliaciones del sistema de transporte
de energía eléctrica,
Que los agentes del MEM a los que va dirigido el referido pliego, han sido consultados
acerca del proyecto que constituye el anexo técnico de la presente Resolución;
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, esta facultado para el
dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 56 incisos k) y s)
y 63 inciso g ) de la ley 24065 y su reglamentación contenida en el Decreto N° 1398 del
6 de agosto de 1992;
Por ello :
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Apruébanse los
PROCEDIMIENTOS AMBIENTALES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES DEL SISTEMA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA, QUE UTILICEN TENSIONES DE 132 kV O SUPERIORES, que como
anexo forman parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- El solicitante de una ampliación del sistema de transporte, que propicie la
construcción de líneas que utilicen tensiones de 132 kV o superiores bajo el
procedimiento de concurso público, deberá incluir en los documentos licitatorios de la
obra, el anexo que se aprueba en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3.- Para el resto de las obras de ampliación del sistema de transporte,
requieran o no el otorgamiento del certificado de conveniencia y necesidad pública y
empleen tensiones de 132 kV o superiores, el anexo a la presente Resolución, deberá ser
tomado como referencia a los efectos de fijar las pautas ambientales que deberán ser
tenidas en cuenta en la construcción de las líneas y elementos auxiliares;
ARTÍCULO 4.- De forma.
RESOLUCIÓN ENRE N° 546/99
ACTA N° 457
Procedimientos Ambientales para
la construcción de instalaciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, que
utilicen tensiones de 132 kV o superiores.
1.0 INTRODUCCION
1.1 Objetivos
El objetivo de este documento es el de
garantizar que la construcción y operación de Sistemas de Transporte de Energía
Eléctrica ocasione el menor impacto ambiental posible, para lo cual el CONTRATISTA
deberá adoptar las medidas necesarias para cumplir con los requerimientos de este ANEXO
que forma parte del Pliego del llamado a licitación.
El CONTRATISTA deberá asumir las responsabilidades inherentes a la preservación del
medio ambiente, debiendo adoptar para ello los debidos recaudos del caso, los cuales
deberán ser tenidos en cuenta al momento de la formulación de su propuesta económica.
1.2 Definiciones
Es el procedimiento que tiene por
objeto la identificación, predicción e interpretación de los impactos ambientales que
un proyecto puede producir, así como la prevención, corrección y valoración de los
mismos, el que debe ser sometido a las autoridades competentes.
Es el elemento o concepto asociado a
un factor que proporciona la medida de la magnitud del impacto, al menos en su
aspecto cualitativo y también, de ser posible, en el cuantitativo a los efectos de la
determinación de la calidad ambiental.
-
1.2.3 Proyecto
Es el documento que define o
condiciona la localización y la realización de planes y programas, la ejecución de
construcciones o de otras instalaciones y obras, así como otras intervenciones en el
medio natural o en el paisaje, incluidas las destinadas a la explotación de los recursos
naturales renovables y no renovables, y la ordenación territorial.
Se entenderá por "límites del
proyecto" al área en la que se desarrollarán las Obras tanto temporarias como
permanentes.
Comprende el área hasta donde
deberán extenderse los estudios ambientales. En tal sentido deberá contemplarse el
ambiente que interacciona con el proyecto, el cual es proveedor de oportunidades,
generador de condicionantes y receptor de efectos.
Se denomina "franja de
servidumbre" a la superficie de terreno necesaria para construir, operar, conservar,
mantener, reparar, controlar y vigilar todo el sistema de instalaciones, cables, cámaras,
torres, columnas, aparatos y demás mecanismos destinados a transmitir, transportar,
transformar o distribuir energía eléctrica.
La constitución de servidumbre administrativa se regirá por la Ley Nacional N° 19.552,
el artículo 83 de la Ley Nacional N° 24.065 que modifica los artículos 1, 9, 10 y 11 de
la anterior y/o las respectivas leyes provinciales que resultaren de aplicación.
Se denomina piquete a la superficie de
terreno, dentro de la franja de servidumbre, afectada por la construcción de los soportes
de la línea.
Se entiende por "área
protegida" a la unidad de conservación reconocida como parque, reserva, refugio,
santuario o monumento natural, sujeta a un régimen especial de protección definido por
Autoridad Pública Competente.
De acuerdo al Sistema Nacional de
Areas Naturales Protegidas de la Argentina, se encuentran definidas las siguientes
categorías:
Reserva Científica/Reserva Natural
Estricta:
Parque Nacional o Parque Provincial:
Monumento Natural:
Reserva Natural Manejada / Santuario
de Fauna y Flora:
Paisaje Protegido: incluye paisajes
seminaturales y culturales. En esta categoría se pueden diferenciar dos tipos de áreas:
-
a) Areas aprovechadas por el hombre
de manera intensiva para esparcimiento y turismo.
-
b) Paisajes que reflejan
manifestaciones culturales específicas (costumbres, técnicas de uso y manejo de la
tierra, organización social, infraestructura o construcciones típicas) consecuentes de
la interacción del hombre y la naturaleza.
Reserva de Recursos:
Reserva Natural - Cultural:
Reserva de Uso Múltiple:
Reserva de Biósfera: comprende uno o
más de los siguientes componentes:
a.-Ejemplos representativos de biomasa
naturales
b.-Comunidades únicas o territorios
con características naturales no habituales de interés excepcional
a.1.-Ejemplos de paisajes armónicos resultantes de modalidades tradicionales de
aprovechamiento de la tierra
a.2.-Ecosistemas modificados o deteriorados que se pueden restituir a un estado más
natural
Son los componentes del ambiente que
tienen significación estética, histórica, científica o social u otro valor especial,
tanto para las generaciones actuales como para las futuras y así declaradas por acto
administrativo de la autoridad de aplicación.
Serán considerados "elementos
que obstaculicen la ejecución de las obras" aquellos materiales inapropiados o que
provoquen interferencias en su construcción, tales como todo resto de basura, residuos y
chatarra, vegetación u otros materiales orgánicos, tanto vivos como muertos o
deteriorados, así como la cubierta vegetal del terreno.
Se entenderá por "residuos"
a todos los materiales de desecho no comercializables, tales como follajes, ramas,
malezas, tocones desraizados, partes de construcciones declaradas desechables, escombros y
otros elementos desechables orgánicos o inorgánicos, ya sea en sus estados líquido,
sólido, semisólido o gaseoso.
Se entenderá por "limpieza"
la remoción de los residuos que se extiendan y/o sobresalgan sobre la superficie del
terreno afectado por las obras.
Se entenderá por "desmonte"
la remoción de vegetación y otras materias orgánicas, incluidas pajas, troncos
enterrados, y raíces superiores a 0,05 metros de espesor que se encuentren a una
profundidad de 0,15 metros por debajo de la cota original del terreno.
1.2.14 Desmalezado
Se entenderá por "desmalezado" la remoción de hierbas y malezas de la
superficie, sin escarbar más de 0,08 metros del manto de la cubierta vegetal del terreno.
1.2.15 Rastrillado
Se entenderá por "rastrillado" la remoción del material suelto remanente tras
los trabajos de desmalezado del terreno.
1.3 Evaluación de Impacto
Ambiental de la Etapa de Construcción.
Los Estudios de Evaluación de Impacto
Ambiental para esta etapa deberán ajustarse a los requerimientos de las Resoluciones de
la Secretaría de Energía N° 15 del 11 de septiembre de 1992 y N°77/98 del 18 de marzo
de 1998 y en lo relacionado con los procedimientos a seguir ante el ENRE, de la
Resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad N° 1725/98 del 8 de octubre de
1997 y de toda otra normativa que en el futuro complemente y/o modifique a las mismas
emanada de autoridad Competente.
El Plan de Gestión Ambiental que debe prepararse para esta fase, forma parte de dicha
evaluación y será de cumplimiento obligatorio por parte del contratista.
En este ítem se han incluido recomendaciones a ser tenidas en cuenta en aquellos casos en
que el llamado a licitación contemplare la posibilidad de desarrollar trazados
alternativos al propuesto a los Oferentes, en cuyo caso EL CONTRATISTA deberá preparar y
someter a consideración del comitente y del ENRE, la Evaluación de Impacto Ambiental del
proyecto, considerando estas nuevas alternativas, resultando por lo demás, de aplicación
las normas anteriormente citadas.
Si EL CONTRATISTA es responsable de elaborar el diseño ejecutivo de la ampliación, estas
recomendaciones tienen el propósito de orientarlo sobre el criterio con el que debe
optimizar la solución técnica.
A los efectos de evaluar los posibles impactos ambientales es conveniente discriminarlos
en base a las causas que los originan.
1.4 Impactos Ambientales más
Comunes en la Construcción de Líneas de Alta Tensión.
A continuación se describen las
premisas básicas que deben ser contempladas por el CONTRATISTA durante el desarrollo del
contrato. Asimismo, serán de aplicación las normativas ambientales que corresponda
aplicar al proyecto, emanadas de Autoridad Pública Competente nacional, provincial y/o
municipal.
En el caso que el oferente decida presentar alternativas al trazado de la línea o a la
ubicación de las instalaciones complementarias, deberán efectuarse los correspondientes
estudios de impacto ambiental, los que se extenderán a una distancia mínima de 5
kilómetros a cada lado del eje de la traza alternativa y compararla con la seleccionada
en el pliego.
Dichos estudios deberán ser realizados por profesionales idóneos en la materia y su
alcance deberá ajustarse a las exigencias ambientales establecidas en las normativas
vigentes. Las presentes recomendaciones constituyen una orientación a tener en cuenta, en
cuanto a los alcances de los mismos.
Si la encomienda del CONTRATISTA es la elaboración del proyecto ejecutivo, deberá
profundizar la E.I.A. incorporada en el pliego, al nivel que especifica la normativa
vigente.
Las presentes recomendaciones constituyen una orientación a tener en cuenta, en cuanto a
los alcances de estos estudios y en especial para la elaboración del P.G.A. de la etapa
constructiva.
Los impactos que se puedan provocar en
el terreno estarán directamente relacionados con la cantidad de suelo afectado por la
delimitación de la franja de servidumbre.
La selección del trazado debe
contemplar la minimización de conflictos relativos al uso de la tierra, tanto en el
presente como en el futuro.
El trazado de una línea de
transmisión que afecte una franja de servidumbre ya existente siempre producirá un menor
impacto que otro con afectación total.
Debe evitar los lugares que resulten
ser un patrimonio natural o cultural, las áreas protegidas, parques y lugares de
recreación de uso público en general.
El diseño y los métodos
constructivos deben considerar los montes nativos por ser los exponentes genuinos de la
vegetación natural así como montes artificiales y forestaciones con fines comerciales o
paisajísticos que brindan sitios de descanso, perchaje y nidificación a la avifauna
nativa.
Las áreas destinadas a forestación,
dentro de las posibilidades que presente el proyecto, deben ser evitadas pudiendo tan
sólo afectarse las forestaciones menores cuya altura no afecte la línea.
En áreas destinadas a la agricultura,
el impacto negativo es mayor en zonas de riego y/o de cultivos, tales como siembra de
granos, y se vuelve menor en áreas utilizadas para el pastoreo de ganado.
Cuando la traza afecte terrenos
cultivados, deberán adoptarse los resguardos pertinentes con el fin de minimizar al
máximo las perturbaciones a esta actividad. Una vez concluidas las obras en estas áreas
el terreno deberá ser restaurado y vuelto a sus condiciones originales.
El CONTRATISTA deberá tener muy en
cuenta, al seleccionar su metodología de montaje, que las franjas de servidumbre, por lo
general, requieren la construcción de caminos de acceso. Si la afectación del terreno
resulta considerable la recuperación de la vegetación será lenta y, por tal motivo,
deberán adoptarse los resguardos del caso, tales como la compactación de las márgenes
de los cursos de agua. También deberá contemplarse que los impactos provocados por la
compactación del suelo de los caminos perdurarán por un largo tiempo.
Las restricciones al dominio que se establezcan dentro de la franja de servidumbre, deben
observar los criterios de seguridad pública y operativas incorporadas en la
Especificación Técnica N° T - 80 de la ex Agua y Energía Eléctrica S.E.
Las principales medidas tendientes a
minimizar la posibilidad de provocar impactos negativos en zonas agrícolas y tierras
húmedas son:
-
utilizar equipos tractores
apropiados y/o con neumáticos, que no ejerzan una presión sobre el suelo superior a lo
estipulado en el numeral 5.6.
-
limitar el área sujeta a
alteraciones al mínimo posible, diseñando caminos de acceso específicos con un ancho
inferior a los 6 metros.
-
restaurar el área al término de la
Obra, removiendo el terreno.
El CONTRATISTA deberá prestar
atención a los siguientes aspectos:
Si la construcción se realiza en
áreas con pendientes y superficies empinadas donde exista un significativo riesgo de
erosiones, el suelo puede desmoronarse.
Otro tipo de impacto negativo puede
ser la compactación del suelo en áreas agrícolas como consecuencia del uso de equipos
pesados en la construcción de las obras.
Ambas situaciones pueden darse en la
construcción de una línea en una franja de servidumbre nueva, o expandida. No obstante,
dichos impactos negativos pueden ser minimizados con la práctica de medidas mitigación
apropiadas en su construcción.
La construcción de fundaciones y
caminos de acceso puede afectar negativamente a los terrenos pantanosos, destruyendo la
flora y fauna acuática, así como los hábitats de las especies silvestres del lugar,
salvo que se adopten las medidas adecuadas.
Deben evitarse circulaciones
innecesarias entre piquetes a los efectos de minimizar los impactos sobre el suelo
natural.
Los efectos negativos a largo plazo
son causados, en general, por la compactación del suelo debido al uso de equipos de
construcción pesados, lo que provoca cambios en los desagües naturales y, a veces, en
los tipos de vegetación. No obstante, las líneas de transmisión pueden, a menudo,
atravesar y/o evitar totalmente pequeños pantanos, con la consecuente eliminación del
impacto.
En el caso de resultar necesario
erigir estructuras en terrenos húmedos y/o pantanosos el CONTRATISTA deberá utilizar
equipos con rodamientos especiales y/o adecuados (por ejemplo rolligom) para minimizar el
impacto.
Si fuese indispensable, previa
superación de otras instancias, construir terraplenes para acceder a los piquetes, su
ancho no deberá exceder el del mínimo necesario para la circulación del equipo a
utilizar. Deberá garantizarse el libre escurrimiento de las aguas. Una vez desafectado el
terreno deberá ser restituido a sus condiciones naturales.
La construcción de líneas debe
evitar la afectación de las orillas de los cursos de agua y la impactación de los
humedales que atraviesen.
La limpieza y/o expansión de una
franja de servidumbre involucra en muchos casos movimientos de suelo. La acción erosiva
de las lluvias podrá provocar un incremento de la cantidad de sedimentos en los cursos de
agua, con el consecuente aumento de la turbidez y la disminución de la penetración
lumínica. Su efecto puede comprometer la productividad primaria de los cuerpos de agua,
limitando la productividad de fitoplancton y el desarrollo de la vegetación sumergida.
El uso de herbicidas para el
desmalezado del terreno podrá afectar el desarrollo de la vegetación palustre y
sumergida, comprometiendo el equilibrio de las poblaciones y comunidades acuáticas
animales que se desarrollan a expensas de la vegetación acuática.
De este modo, en el cuerpo de agua se
producirán cambios tanto en sus características físico - químicas como sobre los
numerosos recursos naturales que en él coexisten.
La magnitud de dichos efectos sobre
los cursos de agua dependerá de la distancia a los lugares donde se desarrollen las
actividades.
La variedad de peces que los habitan
dependen del régimen del cuerpo de agua, de la calidad de sus aguas, de su temperatura,
de las corrientes, de la estructura de sus fondos y de la materia orgánica acumulada.
Las modificaciones introducidas,
producto de las obras, pueden poner en riesgo a las poblaciones de peces tanto de valor
comercial como deportivo.
Los impactos negativos podrán
evitarse con la implementación de medidas preventivas, tales como la no obstaculización
del curso natural, la remoción inmediata de la vegetación cortada, adecuada aplicación
de herbicidas, entre otras.
Para la utilización de productos
agroquímicos en terrenos próximos a cursos de agua resultará obligatoria la
intervención de un profesional con incumbencias en la materia.
El CONTRATISTA deberá tener en
cuenta, en aquellos que la afectación de una nueva franja de servidumbre y/o la
expansión de una ya existente crean un impacto negativo en la vegetación y en las
especies de vida silvestre.
Deberá contemplarse que en aquellos
casos en que se opte por expansiones de franjas ya existentes, frente a la afectación de
una nueva franja, el impacto negativo resultante será en general menor.
Al proyectar la traza de una línea se
deberá tener en cuenta que la composición específica de las comunidades vegetales
nativas y su fisonomía varían notablemente de acuerdo a su ubicación geográfica y con
la topografía del terreno.
La tala de árboles que por su altura
puedan interferir de algún modo con la seguridad e integridad de la línea y las
prácticas de mantenimiento, utilizando herbicidas específicos de corresponder,
asegurarán que sólo sobrevivirá la vegetación de baja altura. Para la tala de
forestación nativa, deberá proponerse, en función de las necesidades de la obra, los
límites de las areas a ser limpiadas.
En virtud de lo expuesto se podrá
optar por una solución de compromiso entre la variante más ventajosa desde el punto de
vista constructivo y/u operativo y aquella que involucre vegetación de bajo porte. Cabe
señalar que no existen medidas de mitigación posibles en lo referente a impactos sobre
la vegetación.
El despeje de una franja de
servidumbre para una nueva línea afectará los hábitats naturales de las especies de la
vida silvestre del lugar e incrementará el acceso de cazadores.
La expansión de franjas de
servidumbre existentes y/o la apertura de nuevas franjas afectarán los hábitats
naturales de las especies de fauna nativa. En el caso de que involucren especies
arbóreas, tanto nativas como forestales, determinará un impacto negativo sobre aquellas
especies faunísticas asociadas a dicha vegetación. Antes de la tala, deberá verificarse
la ausencia de dormideros de colonia de aves.
Las tareas desarrolladas durante las
distintas fases de la etapa constructiva provocarán el alejamiento de la fauna silvestre
hacia otros ambientes similares en forma temporaria, siempre y cuando el ambiente no sea
profundamente modificado.
Respecto a las aves las líneas de
transmisión determinan impactos variados sobre sus poblaciones. En áreas con escasa
vegetación arbustiva y/o arbórea, las torres de las líneas ofrecen nuevos sitios de
nidificación y son utilizadas por aves rapaces como puestos de avistaje de posibles
presas.
Como efecto negativo debe indicarse
las colisiones con los conductores y cables de guardia. Las mismas están influenciadas
por factores de índole ingenieril, como el diseño, localización y orientación de la
línea, y aquellos de carácter biológico, como el comportamiento de las distintas
especies así como la topografía del terreno, las condiciones meteorológicas y el uso
del suelo. La colisión con los cables de guardia es la causante más común de la
mortalidad de aves en líneas de transmisión de extra alta tensión.
Los sistemas de señalización son
efectivos. Su efectividad varía entre el 57% y el 89%. Deben ser compatibilizados con los
aspectos visuales de la línea en general y en especial presentar características
compatibles con los espaciadores.
La influencia meteorológica solamente
se puede mitigar considerando la altura de los conductores y mejorando su visibilidad y la
de las estructuras en condiciones adversas. Debe tenerse en cuenta que las especies que
tienden a volar de noche o en condiciones de baja visibilidad tienen una mayor
probabilidad de colisión.
Teniendo en cuenta las múltiples
variables comprendidas, que invalidan las generalizaciones al respecto, cada línea
merecerá un estudio particular en cuanto a este impacto se refiera, a partir de la
información elaborada en las fases de prefactibilidad, factibilidad o de proyecto
básico.
Las líneas de transmisión ocasionan
impacto sobre el paisaje, pudiendo alterar un medio ambiente visual existente debido al
agregado de nuevos elementos visuales y/o modificando o eliminando recursos visuales
existentes.
Los impactos visuales incluyen los cambios en los escenarios analizados y la respuesta del
observador a dichos cambios.La respuesta del observador a dicho impacto será
indefectiblemente subjetiva, no obstante lo cual, usualmente muestra una gama de
consensos.
El cambio que provoca una línea de transmisión sobre el recurso visual puede ser
objetivamente mensurado.
Las líneas de alta tensión, por lo general, presentan los siguientes elementos visuales:
-
conductores
-
cables de guardia
-
torres
-
caminos de acceso
-
franja de servidumbre
Los cuatro primeros se agregan a los
escenarios existentes mientras que el último puede modificar o eliminar recursos
visuales.
Los efectos visuales adversos podrán ser percibidos aún a una distancia de algunos
kilómetros de la línea.
El impacto visual de un sistema de
transmisión puede ser minimizado, pero no anulado, adoptando medidas que permitan
mimetizar la obra en el paisaje y/o escenario que la rodea.
Las medidas a adoptar deben contemplar:
-
diseño esbelto y ágil de las
estructuras
-
tratar de disimular la línea en el
paisaje aprovechando desniveles, arboledas, obstáculos naturales o artificiales, etc.
-
alejar el trazado de áreas
pobladas, caminos, en aquellos casos que no se utilicen total o parcialmente franjas de
servidumbre existentes, y de los lugares que suele frecuentar el público, a fin de
reducir en forma significativa el tamaño percibido.
-
reducir la reflexión de las
estructuras y de los conductores.
-
en los casos en que se utilicen
marcadores, como protectores del impactos sobre las aves, los mismos deberán presentar
características y colores similares a la de los espaciadores con el objeto de no
incrementar significativamente el impacto visual.
-
en el caso que se deba atravesar
lugares de interés histórico, parques o áreas de recreación se deberá ocultar la
línea de la vista del público preservando los rasgos característicos del lugar.
-
en los casos de áreas de interés
paisajístico deberán evitarse los trazados en la cercanía de autopistas o rutas
nacionales y/o provinciales.
-
en áreas pintorescas o
residenciales la limpieza de la franja de servidumbre deberá limitarse a aquellos
materiales que constituyan un peligro para la línea. Así también, en caso de
corresponder y previa realización de los estudios pertinentes, ejecutar todas las
acciones necesarias para mitigar el impacto.
-
se buscará evitar la visual de
tramos de largo desarrollo cruzando autopistas y rutas nacionales y/o provinciales en
áreas boscosas, valles, cañones y laderas. En tales casos deberá contemplarse la
ejecución de quiebres en los cruces, ocultando el trazado con vegetación natural o
aprovechar obstáculos naturales o artificiales existentes.
-
los tocones ubicados en áreas a la
vista del público deberán ser removidos o cortados al ras del suelo.
En el Estudio de Impacto Ambiental que debe presentar el CONTRATISTA se deberá aplicar la
metodología propuesta por la Resolución SE N° 77/98 a los efectos de mensurar
objetivamente los impactos provocados sobre paisajes, vistas significativas, escenarios
panorámicos y/o recursos visuales de interés para la comunidad, sin perjuicio de la
utilización de otras metodologías o herramientas de reconocida eficacia a estos fines.
1.4.7 Recursos Culturales
La construcción de las obras pueden afectar recursos culturales que se encuentren bajo la
superficie del terreno, tales como piezas históricas, arqueológicas o paleontológicas o
podrán interferir la vista de componentes ambientales integrantes de los patrimonios
naturales o culturales del área.
Ante tal situación deberán adoptarse los resguardos del caso a fin de evitar o minimizar
el posible impacto, evitando la afectación de las áreas que pudiesen resultar sensibles
o en su defecto, cumplimentando las recomendaciones contenidas en el numeral 6.0 Hallazgo
de Piezas Arqueológicas, Paleontológicas y/o Históricas.
1.4.8 Calidad del Aire y Nivel de
Ruidos
La construcción de la línea de transmisión podrá afectar perjudicialmente la calidad
del aire debido al polvo producido por las obras en los caminos de acceso. Las prácticas
adecuadas, de uso corriente en construcciones, podrán evitar este problema.
La operación de maquinaria con motores a combustión interna generan emisiones de
contaminantes gaseosos al aire, fundamentalmente constituidos por CO, SO2 y NOX. En tal
sentido deberán efectuarse los controles pertinentes a fin de asegurar que las emisiones
se ajusten a las normativas vigentes.
Cuando la línea de transmisión esté operando, producirá ruido. El ancho de la franja
de servidumbre debe asegurar reducir el nivel de ruido a los valores establecidos en la
Resolución SE N° 77/98.
El efecto corona puede causar algunas interferencias eléctricas en los hogares y
comercios de la zona. En tal sentido deberán adoptarse los resguardos pertinentes, con el
fin de que, en aquellos casos en que pudieran producirse estos efectos, se desarrollen las
pertinentes acciones para su mitigación, y se respeten las normas vigentes.
-
1.4.9 Salud y Seguridad
Estos efectos no se manifiestan
durante la construcción de la línea sino en la fase operativa e incluyen a los shocks
eléctricos y la posibilidad de efectos a largo plazo, debido a la exposición a la
radiación electromagnética.
Los impactos provocados por shocks
eléctricos serán mitigados mediante la construcción de la línea respetando las normas
vigentes en materia de seguridad, que especifican la distancia mínima permitida entre la
línea y el suelo, u otros objetos, a fin de minimizar riesgo.
El ancho de la franja de servidumbre garantizará dos hechos fundamentales que hacen a la
preservación ambiental, en el ancho libre de infraestructuras:
-
a) Los campos de radiación
eléctrica y de radiación magnética en el extremo de la franja prevista a ambos lados
del eje de la traza que debe estar libre de edificaciones no deberán exceder los valores
establecidos en la Resolución SE N° 77/98.
b) El nivel audible de ruido no
deberá exceder el nivel establecido en la Res. SE N° 77/98, durante períodos de lluvia,
en la franja prevista a ambos lados del eje de la traza que debe estar libre de
edificaciones.
Los campos magnéticos se pueden reducir teniendo en cuenta las siguientes
recomendaciones:
-
Ubicación de transformadores a la
intemperie
-
Desdoblamiento de fases
-
Inversión de fases
-
Tendidos sobre estructuras tipo
delta
-
Elevar la altura de las estructuras
de soporte
-
Instalar cables suplementarios con
corrientes protectoras que anulen los campos generados
-
Puestas a tierras adecuadas para
disminuir la resistencia al máximo.
Se deberá seccionar y/o poner a
tierra las cercas, alambrados y cañerías metálicas, maquinaria rural, silos, mecanismos
elevadores y sistemas de riego ubicados en las proximidades de la línea (Norma IRAM
2281-1990 y Norma ANSI/IEEE Standard 80-1986).
La Organización Mundial de la Salud recomienda aprovechar el efecto pantalla de la
vegetación y de la topografía, que son amortiguadores de las tensiones
electromagnéticas, como protección del personal operativo, al medio ambiente y a la
población ubicada en sus inmediaciones.
Un aspecto a tener en cuenta en cuanto a la seguridad es el hecho de que los sistemas de
transmisión pueden interrumpir la trayectoria de vuelo de los aviones cerca de los
aeropuertos y poner en peligro las aeronaves que vuelan muy bajo, especialmente las que se
emplean para fumigación.
-
1.4.10 Aspectos Sociales
Los aspectos sociales constituyen un
fenómeno complejo, cuyo análisis requiere del estudio simultáneo e interrelacionado de
las dimensiones socioeconómica, sociocultural y sociopolítica. Desde esta perspectiva,
ninguna de estas dimensiones, analizada de manera aislada, puede dar cuenta del fenómeno
social total o puede sentar las bases para la gestión social con las comunidades que
resulten impactadas por la construcción y operación de un proyecto eléctrico.
Deberá contemplarse que durante la
construcción de las obras se incrementará en forma puntual la población en las áreas
rurales a lo largo de la traza.
Asimismo, deberá tenerse en cuenta que los caminos de servicio aumentarán la posibilidad
de acceder a terrenos privados, por lo que deberán contemplarse los intereses de aquellos
que resultaren pasibles de ser afectados.
Las líneas de transmisión pueden
inducir asentamientos en la franja de servidumbre y en su entorno, o en las tierras que se
tornen más accesibles. En lugares donde escasea la vivienda la franja de servidumbre
constituye un sitio atractivo para la construcción de viviendas precarias que, a su vez,
provoca otros impactos ambientales, y en áreas urbanas, sobrecarga la infraestructura y
los servicios públicos locales.
La traza que se adopte debe evitar, dentro de las posibilidades, la afectación de áreas
pobladas o en su defecto adoptar las acciones necesarias para mitigar los impactos que se
pudieran llegar a provocar.
2.0 ELABORACION DEL PROYECTO
EJECUTIVO
El proceso de elaboración del
proyecto ejecutivo, que es el corolario de estudios previos (prefactibilidad y
anteproyecto o proyecto básico) que deben contemplar la dimensión ambiental, si bien
resulta de corta duración y con desarrollo centrado principalmente en gabinete, contiene
elementos de impacto ambiental a considerar.
Requiere la ejecución de trabajos de
campo tales como topografía y sondeos geotécnicos que involucran afectaciones negativas,
temporarias y localizadas. Por otro lado, implica el ajuste definitivo de los
procedimientos constructivos, los cuales se deberán ejecutar con criterios
satisfactoriamente experimentados, tanto a nivel local como internacional, que permitan
cumplimentar todas las exigencias y/o normativas ambientales, adoptando aquellos que
provoquen el menor impacto posible. Estos criterios deberán ajustarse ante las eventuales
modificaciones que pudieran plantearse durante la ejecución del emprendimiento. Será de
fundamental importancia que los profesionales ambientales trabajen conjuntamente con los
ingenieros de proyecto integrando un único equipo multidisciplinario.
En el caso que deba modificarse en
parte la traza deberán efectuarse los pertinentes estudios, analizando como mínimo tres
variantes, teniendo en cuenta que los aspectos fundamentales son en el orden indicado:
Una vez evaluados estos aspectos, y
una vez aprobados por el COMITENTE, previa o posterior intervención de la Autoridad
Pública Competente, en caso de corresponder, se procederá a la ejecución del proyecto
definitivo de la alternativa seleccionada.
En tal sentido la metodología para la
ejecución de las obras deberá contemplar todos los aspectos ambientales exigidos. La
secuencia de tareas deberá ser programada de forma tal de lograr en los plazos previstos
contractualmente una continuidad en la ejecución de los trabajos a fin de provocar el
menor impacto posible. Un aspecto de particular importancia es el de encarar la ejecución
de las tareas evitando concentraciones innecesarias de mano de obra y equipos y la
reiteración de actividades injustificadamente.
En esta etapa resultará de
cumplimiento obligatorio, antes de dar inicio a cualquier actividad de campo, el gestionar
los permisos de paso y construcción, para una vez obtenidos los mismos iniciar la
constitución de servidumbre sobre la franja afectada. Resultará de vital importancia no
generar conflictos injustificados con los propietarios a los efectos de no comprometer
innecesariamente al proyecto. En tal sentido deberá tenerse en cuenta las recomendaciones
indicadas en los numerales 1.4.10 Aspectos Sociales y 15.0 Comunicación Medioambiental.
3.0 EMPLAZAMIENTO DE LAS OBRAS
3.1 Generalidades
La preparación de los emplazamientos
(piquetes, áreas destinadas a estaciones transformadoras, caminos de acceso temporarios y
definitivos, obradores y campamentos, etc.) deberá efectuarse una vez que se hayan
adoptado las medidas necesarias para prevenir erosiones y/o desmoronamientos. Se deberán
limitar las áreas expuestas a erosiones y/o derrumbes durante la instalación de defensas
temporarias a una distancia máxima que abarque un radio no menor de 150 metros de las
mismas.
Se deberá limpiar, desmontar y rastrillar y/o apisonar, según la ubicación geográfica
del proyecto, las áreas que resulten necesarias para las instalaciones propias o de
terceros y para la disposición de residuos dentro de los límites especificados.
No deberá efectuarse ni dañarse a aquella vegetación que no resulte necesario remover.
En aquellas áreas de construcción en la que no se requiera limpieza, la vegetación
existente no deberá ser afectada, toda vez que sea posible y las curvas de nivel
originales deberán ser mantenidas sin alteraciones.
En áreas dedicadas a la agricultura en donde resulte necesario nivelar el terreno, las
plantaciones removidas deberán ser almacenadas en pilas para su retiro posterior.
Después de la construcción, deberán ser reemplazadas y el suelo nivelado a su cota
original.
El CONTRATISTA estará a cargo de la construcción, operación y mantenimiento de
endicados provisorios, canales, canales de drenaje, sumideros, bombas y todo otro tipo de
obras temporarias de protección y/o derivación.
Asimismo, será responsabilidad del CONTRATISTA la provisión de materiales, la
instalación, la operación y el mantenimiento de los sistemas de bombeo necesarios y la
provisión de todo otro equipamiento requerido para preservar el medio ambiente al
efectuar la remoción y posterior disposición de aguas, desde las distintas partes de la
Obra. Especialmente, se deberán mantener en todo momento las fundaciones y demás partes
de la Obra libres de agua, conforme con los requerimientos de las Especificaciones
Técnicas del Pliego.
3.2 Consideraciones Acerca de la
Protección del Ambiente
Las líneas de transmisión y sus
obras conexas deberán atravesar los campos adoptando todos los resguardos para preservar
el medio ambiente en aquellas áreas más sensibles al impacto ambiental, por lo que
deberán tomarse medidas especiales a fin de evitar inconvenientes en este aspecto.
Para este tipo de áreas, se deberán adoptar procedimientos de limpieza específicos y se
incluirá el marcado de árboles en forma individual para su protección.
Estas áreas podrán incluir recursos naturales tales como vida silvestre, vegetación y
cursos de agua, recursos culturales y sociales, tales como patrimonio cultural,
actividades de los residentes, y paisajes naturales, tanto originales como desarrollados
por el hombre.
3.3 Tratamiento de Areas de
Cultivos y Plantaciones
El CONTRATISTA deberá adoptar todas
las medidas que resulten necesarias con el objeto de evitar, y de no ser posible,
minimizar los impactos en áreas de cultivo y plantaciones.
Una adecuada programación de
ejecución de las obras permitirá contemplar las épocas de cultivo y de cosecha y/o
recolección como así también la de no interferir con las actividades de desarrollo
habitual en las citadas áreas.
El CONTRATISTA deberá encarar, a su cargo, todas aquellas acciones correctivas que deban
ejecutarse en dichas áreas como ser: remoción y/o poda de árboles, arbustos,
estructuras u otras obstrucciones.
4.0 FRANJA DE SERVIDUMBRE
4.1 Delimitación
La delimitación de la franja de
servidumbre se debe efectuar en la etapa de análisis y evaluación preliminar de la
factibilidad técnica, económica y ambiental del proyecto.
La Reglamentación sobre líneas aéreas exteriores de la Asociación Electrotécnica
Argentina (AEA) y la Especificación Técnica N° T-80 de Agua y Energía Eléctrica fijan
las prescripciones fundamentales que se deben observar en el proyecto y en la
construcción de líneas eléctricas, los criterios de cálculo de la franja de
servidumbre y las distancias mínimas a las edificaciones.
Como ejemplo, para líneas de 500 kV en zona rural resulta una franja de servidumbre de un
ancho del orden de los 100,00 (cien) metros. Dentro de esta franja, la existencia de
viviendas, deberán ser excluidas en un ancho de 42 (cuarenta y dos) metros
aproximadamente, a ambos lados del eje de la línea.
En los cortes transversales (Plano Nº ENRE/1 y N° ENRE/2) de la franja de servidumbre
incorporados como ejemplos orientativos para una línea de 500 y de 132 kV
respectivamente, se aprecia que la norma ha contemplado la permanencia de plantaciones,
arbustos y árboles bajos que no excedan un altura de 3,40 metros en el centro de la
franja de servidumbre. Asimismo, se permite un incremento gradual de sus alturas en el
desplazamiento hacia los extremos de la franja de servidumbre.
En áreas rurales las delimitaciones efectuadas dentro de la franja de servidumbre por la
Especificación Técnica T-80 permiten reducir sustancialmente los trabajos de limpieza
del terreno, con la consecuente minimización y/o supresión total de los posibles
impactos ambientales vinculados con el desmalezado y desmonte del terreno, peligro de
erosiones del suelo, afectación de paisajes naturales y alteraciones en los hábitats
naturales de la flora y fauna autóctona.
4.2 Limpieza y Mantenimiento
El CONTRATISTA tendrá la obligación
de mantener, en la medida en que lo permitan las obras, toda la cobertura vegetal
existente y los suelos en las condiciones naturales.
Para la elección del momento en que se efectuará la limpieza de la franja de servidumbre
y el método a utilizar deberá tenerse en cuenta aspectos tales como la estabilidad del
suelo, la protección de la vegetación natural y de los recursos naturales existentes. En
casos extremos en que deba afectarse forestaciones en las cuales haya dormideros de
colonias de aves la limpieza no deberá efectuarse en las épocas de cortejo y
reproducción.
La remoción de la vegetación que resulte indispensable afectar por la ejecución de los
trabajos deberá ser previamente autorizada por la Inspección de Obra. El CONTRATISTA
será responsable de toda remoción o destrucción de árboles o arbustos, y deberá
reponer a su costo la vegetación dañada como consecuencia de trabajos ejecutados en
forma inadecuada o inconsulta, o por acciones de su personal.
El CONTRATISTA deberá despejar la zona de seguridad y franjas adyacentes de acuerdo con
las Especificaciones Técnicas establecidas en el llamado y lo consignado en este Pliego.
A tal efecto, procederá a la tala o poda de árboles, arbustos, malezas, etc., conforme
con las restricciones indicadas, previa autorización del COMITENTE.
En la franja de servidumbre, se derribarán sólo aquellos árboles y arbustos altos que
excedan las especificaciones detalladas en los Planos Nº ENRE/1 y ENRE/2, o los que
indique el Pliego del llamado sobre el particular conforme las características del
emprendimiento. Específicamente, no serán removidos los árboles o arbustos de una
altura menor a 3,40 metros y normalmente su altura de crecimiento no supera ese porte,
excepto que resulte imprescindible en áreas afectadas por la construcción de
estructuras.
Los ejemplares que deban talarse, se lo hará a una altura máxima equivalente al
diámetro del tronco, o a 0,30 metros, a la altura que resulte inferior, medida desde la
superficie del suelo. Se talarán los arbustos, cuando sea necesario, hasta una altura
máxima de 0,30 metros o debajo de su rama más baja, a la altura que resulte inferior. No
se utilizarán de apoyo ni se torcerán.
Los árboles de rebrote rápido (álamos, eucaliptos, paraísos, etc.) deberán
destroncarse hasta una altura de 0,30 metros y tratarse con productos de uso autorizado
por autoridad sanitaria competente que impidan su crecimiento dentro de una franja de 30 m
a cada lado del eje de la línea.
En las áreas afectadas por la construcción de estructuras la altura máxima de los
tocones será de 0,15 metros sobre el nivel del suelo.
Los tocones de más de 0,50 metros de diámetro que deban ser retirados deberán ser
trozados antes de ser removidos.
Los tocones ubicados en zonas a la vista del público deberán ser cortados al ras del
suelo o removidos.
En la zona de tránsito vehicular (de ancho aproximado de 6 metros) no deberán quedar
troncos, raíces, etc. hasta una profundidad no inferior a los 0,50 metros.
La cantidad de árboles y arbustos a cortar será el mínimo necesario para permitir el
acceso a la Obra y garantizar las operaciones de montaje y funcionamiento de la línea. En
las zonas de cultivos se deberán acordar con la Inspección de Obras los límites de
cortes a realizar.
Se tendrá especial cuidado en preservar toda la vegetación, tal como árboles, arbustos,
hierbas, malezas y cultivos sobre o adyacente a la franja de servidumbre que no
interfieran razonablemente con la ejecución del trabajo.
No será permitida la remoción de la cobertura natural del terreno o cualquier otra
perturbación innecesaria.
El CONTRATISTA deberá tener especial cuidado para evitar la erosión eólica y/o hídrica
en la franja de servidumbre y deberá proponer las metodologías de trabajo a desarrollar
y tendrá bajo su responsabilidad el tipo de acceso a piquetes, siendo de su exclusiva
competencia las erosiones producidas y su remediación.
En las áreas de cultivos intensivos, el CONTRATISTA deberá tomar el máximo de
precauciones compatibles con las condiciones de distancias eléctricas, y empleará
métodos de trabajo que produzcan el mínimo de daños posibles en los cultivos o
plantaciones.
En general, los árboles de montes naturales talados cuya madera pueda ser utilizada,
serán desgajados y los troncos colocados en forma ordenada en la orilla de la franja de
servidumbre.
En montes artificiales, los troncos se cortarán apropiadamente, conforme con lo acordado
con los propietarios afectados, y se depositarán fuera de la franja o donde el mismo
indique dentro del predio. En estos casos el destino final dependerá de su aceptación
por parte del propietario. Los despojos, incluidos los tocones, no serán quemados en el
sitio, debiendo el CONTRATISTA proceder de inmediato a su retiro de la zona. El destino
final de los mismos, es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, para lo cual deberá
tenerlo en cuenta en su cotización.
El CONTRATISTA no podrá, en ningún caso, operar equipamiento o remover vegetación fuera
de la franja de servidumbre delimitada, sin contar con un permiso específico por parte
del propietario y del COMITENTE.
Hasta la Recepción Provisoria de la Obra, el CONTRATISTA deberá permanentemente mantener
el lugar de operación libre de obstáculos y desperdicios de materiales o basura de todo
tipo y retirar todo material sobrante o instalaciones temporales tan pronto como su uso no
sea ya necesario para el montaje.
El CONTRATISTA tomará a su cargo los reclamos e indemnizaciones que pudieran corresponder
provenientes del incorrecto despeje de la franja de servidumbre.
Los otros reclamos motivados por daños directos evitables que se ocasionen en la
propiedad por motivo de la ejecución de la Obra, dentro o fuera de la franja de
servidumbre, que razonablemente, a juicio del COMITENTE, pudieran haberse evitado,
correrán por cuenta y cargo del CONTRATISTA.
Los acuerdos particulares que el
CONTRATISTA pudiera llegar a contraer con los propietarios no lo exime del cumplimiento de
las normativas ambientales exigidas en el presente Pliego, no pudiendo ser argumentados
como justificativo de ningún tipo de incumplimiento, debiendo encarar, por su cuenta y
cargo, toda acción correctiva que requiera en tal sentido el COMITENTE.
4.3 Tratamiento de Tocones
El rebrote de los tocones de aquellas
especies que pudieran constituir un riesgo dentro de la franja de servidumbre deberá ser
tratado con un herbicida aprobado y de uso autorizado, especialmente en las inmediaciones
de áreas públicas de suministro de agua, por Autoridad Pública Competente.
Será necesario contar con una
autorización escrita del COMITENTE para poder utilizar cualquier herbicida. Su
aplicación se efectuará con métodos de tipo manual.
Se deberán seguir todas las instrucciones de uso que contenga el envase del herbicida. Se
deberá adicionar tintura al herbicida a fin de detectar fácilmente los tocones que ya
han sido tratados con el producto. Este tratamiento deberá efectuarse el mismo día en
que se realice la tala.
Se deberá evitar la tala de árboles y su tratamiento en días de lluvias fuertes y
continuas, a fin de evitar el lavado del herbicida.
Se deberá efectuar un triple lavado de los recipientes con agua fría. Se podrá utilizar
el agua del lavado en la mezcla del herbicida.
La disposición final de los recipientes deberá realizarse en los lugares habilitados
para materiales peligrosos y/o contaminantes del medio ambiente.
4.4 Remoción de los Restos del
Desmonte.
Los restos del desmonte ejemplares de
acuerdo con estas especificaciones pasarán a ser de propiedad del CONTRATISTA, salvo
indicación en contrario.
Los mismos, deberán ser removidos de la franja de servidumbre hasta una ubicación, que
deberá ser aprobada por el COMITENTE.
La madera extraída será depositada en los costados de la franja hasta que se produzca su
remoción. La maleza será quemada, extremando los cuidados tendientes a evitar incendios.
Si por alguna razón los productos de la deforestación deben ser extraídos de la franja
de servidumbre, el CONTRATISTA deberá obtener la autorización -por escrito- por parte
del propietario afectado, como mínimo, con diez (10) días de anticipación. La
extracción de la deforestación se deberá limitar a lo acordado en el permiso firmado y
dentro de las zonas aprobadas por el COMITENTE. La extracción deberá efectuarse teniendo
en cuenta la imposibilidad de ocasionar el más mínimo peligro de incendio.
Los materiales provenientes de la
limpieza serán desechados conforme con la metodología propuesta por el CONTRATISTA y
aprobada por el COMITENTE. En la mayoría de los casos, los materiales provenientes del
desmonte podrán quemarse dentro de la franja de servidumbre, respetando las restricciones
vigentes estatales y/o provinciales y/o municipales y/o que fije el COMITENTE para evitar
la propagación accidental del fuego y, en aquellos casos de extrema combustibilidad de
las especies, se deberán retirar de inmediato de la zona.
El CONTRATISTA aprovechará la mayor cantidad de productos de la desforestación para usos
tales como leña, combustible para equipos de trituración de madera, resinas y otros usos
(además de los usos regulares de dichos productos), incluyendo todos los alcances que
resulten económicamente factibles.
5.0 CAMINOS DE ACCESO Y DESVIOS
5.1 Generalidades
Para llegar hasta la línea, el
CONTRATISTA podrá emplear los caminos existentes, mejorar las huellas o construir nuevos
accesos, conforme las reglas del buen arte.
A los efectos de su clasificación, se
ha dividido a los distintos tipos de accesos en cuatro categorías:
1) rutas pavimentadas
2) rutas o caminos de tierra consolidados
3) huellas transitables con vehículos livianos
4) acceso a campo traviesa o sólo transitables a pie
Las dos primeras categorías
presentarán muy pocos problemas en cuanto al impacto ambiental producido por su uso,
salvo el incremento en la generación de polvo en la segunda y aquellos derivados de la
necesidad de garantizar que los equipos utilizados para la construcción no dañarán los
caminos, o que estos, en caso de resultar dañados, deberán ser vueltos a sus condiciones
originales.
La tercera categoría es, sin lugar a
dudas, la más contradictoria debido a que los caminos permanecen inaccesibles por
extensos períodos como consecuencia de las lluvias y solamente podrán ser transitados
por vehículos livianos.
Estos caminos de acceso también necesitarán un adecuado mantenimiento y reparación
durante el período de construcción y al término de las obras.
La cuarta categoría, inicialmente, incluye a aquellos que se necesiten a campo traviesa
para poder así arribar a las áreas de emplazamiento.
En este caso, la compactación del terreno y la alteración de tierras húmedas serán las
principales consecuencias, tal como se expone posteriormente.
En cada uno de los caminos de acceso a la línea, el CONTRATISTA, con acuerdo de la
Inspección de Obra, deberá colocar, en lugares bien visibles y adecuadamente
señalizados, carteles que indiquen en los accesos principales y secundarios la
numeración de los piquetes del tramo de línea al cual se puede acceder.
Los accesos necesarios para el montaje
en la línea se deberán construir preferentemente dentro de la franja de servidumbre,
afectando al mínimo indispensable los cultivos y la vegetación existentes.
Se procurará mantener la topografía original de la franja y los escurrimientos naturales
de las aguas. En caso contrario, se deberán construir los desagües y drenajes necesarios
para evitar daños en los predios y erosiones localizadas en los terrenos adyacentes al de
la ubicación de las estructuras que, al sólo juicio de la Inspección de Obra, pudieran
comprometer su estabilidad.
El acceso en la franja se realizará, dentro de lo posible, en una traza paralela y aguas
abajo al eje de la línea.
Si el CONTRATISTA decidiera, en piquetes de difícil acceso, ejecutar los trabajos con
equipos especiales sin construir caminos de acceso aptos para vehículos comunes, en el
caso de utilizar movilidades de uso terrestre deberá limitar no sólo la cantidad de
viajes sino también los accesos a ser utilizados. Cualquiera que resultare la solución
adoptada, el CONTRATISTA deberá facilitar los medios necesarios para que la Inspección
de Obra pueda desplazarse a dichos piquetes todas las veces que ésta lo requiera, sin que
esto implique costos adicionales para el COMITENTE.
En aquellas situaciones en que se elija la alternativa de ejecutar caminos de acceso, se
deberá evitar la provocación de impactos ambientales indeseables. A tal fin se deberá
utilizar equipo apropiado y se tenderá a la minimización de la alteración del lugar.
Se deberán utilizar equipos tractores y/o con neumáticos aptos para la zona, que no
ejerzan una presión sobre el suelo superior a la exigida por el presente Pliego.
La Inspección de Obra deberá determinar específicamente aquellas áreas donde no se
podrá utilizar equipo pesado.
En general, los accesos no deberán ser superiores a los 6 metros de ancho.
Respetando las indicaciones generales de esta especificación, el CONTRATISTA tendrá
libertad en la elección de las características de los caminos y las modalidades de su
construcción, las que deberán ser explicitadas en su oferta.
El CONTRATISTA deberá controlar y ordenar el estacionamiento de vehículos a fin de
impedir interferencias en el tránsito y/o estacionamiento del público, en el acceso de
vehículos de emergencias, en las actividades normales de los propietarios y en los
trabajos de construcción de la Obra.
Atento con las distintas etapas de construcción que presenta una obra de esta naturaleza,
lo aquí planteado deberá ser respetado en cada una de ellas.
5.2 Mantenimiento de Accesos
El CONTRATISTA deberá coordinar las
obras de manera tal de interrumpir lo menos posible la circulación pública, ya sea
vehicular o peatonal.
Cuando resulte necesario atravesar, cerrar u obstruir caminos, calles, rutas o autopistas,
ya sean públicas o privadas, el CONTRATISTA deberá proveer y mantener desvíos
alternativos que garanticen la circulación del tránsito público y privado. Los mismos
deberán contar con una conveniente señalización, la cual se deberá ajustar como
mínimo a los requerimientos del presente pliego y/o a las exigencias de la Autoridad
Pública Competente.
Si resultase necesaria la clausura de caminos por parte del CONTRATISTA para el normal
desarrollo de los trabajos, éste deberá proveer y mantener accesos alternativos para las
personas que residan en la zona o para aquellas que tengan actividad comercial en la
misma.
Si el CONTRATISTA escogiera utilizar los caminos de tierra existentes como accesos a la
zona de obras deberá garantizar el mantenimiento de los mismos con el fin de permitir su
uso por terceros. La transitabilidad de dichos accesos estará determinada para aquellos
vehículos que habitualmente circulan por los mismos y no por los afectados a las obras.
Finalizadas las obras deberán ser reacondicionados convenientemente.
En este caso, se permitirán
clausuras, las que deberán ajustarse a las ordenanzas vigentes, o en su defecto serán de
hasta cuatro (4) horas. Sólo podrán efectuarse cierres de un plazo de tiempo mayor,
contando con la autorización de la Autoridad Pública Competente, si se notifica de los
mismos a los potenciales afectados, con una semana de antelación, a fin de no producir
molestias indebidas.
En cuanto a las medidas a adoptar referidas a señalización e iluminación será de
aplicación lo indicado en el numeral 5.5.
En los caminos de uso público el CONTRATISTA no podrá estacionar tanto en forma
transitoria como permanente, bajo ninguna circunstancia, vehículos, maquinaria ni
equipos, como así tampoco efectuar acopio de ningún tipo de material. En zonas urbanas y
suburbanas y una vez agotadas otras instancias, en el caso que resultare necesario
estacionar en vía pública en forma transitoria vehículos, maquinaria y equipos, se
deberá contar con la autorización pertinente emanada de la Autoridad Pública
Competente. En estos casos se deberán adoptar las medidas de señalización e
iluminación requeridas en las normativas vigentes que resulten de aplicación y lo
indicado en el numeral 5.5.
5.3 Afectación de Areas de Cultivo
o Pastoreo
El CONTRATISTA deberá elaborar un
programa de trabajos tal que la construcción de la Obra no interfiera con los sistemas de
riego de tierras cultivadas o con los campos destinados a pastoreo.
En el caso que las obras deban realizarse durante la temporada de riego, el CONTRATISTA
deberá prever la construcción de canales de riego temporarios, compuertas de derivación
y las diversas estructuras que sean requeridas por los propietarios afectados.
El CONTRATISTA deberá preservar el acceso en forma ininterrumpida del ganado a través de
las distintas áreas de campo, así como no interrumpir el acceso en fracciones de campo
utilizadas para el pastoreo.
Deberá mantener permanentemente los cercos existentes para restringir el desplazamiento
del ganado y cuidar que las tranqueras permanezcan cerradas y seguras.
Deberán reducirse al mínimo los cortes de alambrados y cercos, los que deberán ser
reparados y dejados en perfectas condiciones cada vez que sean afectados mientras dure la
ejecución de las obras y hasta la finalización de las mismas.
Antes de cortar el cerco para instalar en los accesos tranqueras provisorias, el
CONTRATISTA dispondrá terminales dobles tipo esquinero a cada lado de la abertura, para
que el cerco quede con sus alambres totalmente tensados. Las tranqueras provisorias
permanecerán cerradas con candado de llave maestra, de la cual tan sólo dispondrán el
Propietario, el Contratista y la Inspección de Obras.
Todos los daños causados por no
cumplir con este requisito como, por ejemplo, la pérdida o dispersión de ganado y/o
daños sufridos por estos, serán de total responsabilidad del CONTRATISTA.
La cantidad de alambres, tipo y calidad serán, como mínimo, de características
similares a las del cerco existente.
Se preverá también la provisión y montaje de tranqueras definitivas, a instalar en
sitios a definir por la Inspección de Obra, debiéndose contar con la conformidad del
propietario del inmueble.
Las tranqueras serán pintadas totalmente, de un color a definir por la Inspección de
Obra. La estructura de madera llevará una mano de pintura imprimante y dos, como mínimo,
de esmalte sintético y los herrajes, una mano de antióxido y dos de esmalte.
Las partes enterradas llevarán, además, una protección con pintura asfáltica.
5.4 Afectación de Servicios
Públicos
Será responsabilidad del CONTRATISTA
mantener permanentemente en servicio todas las cañerías conductoras de combustible y
gas, las líneas de energía subterráneas, los cables de telecomunicaciones, los
acueductos y cañerías maestras, las cañerías de riego, cloacales, los postes y las
líneas de energía eléctrica aéreas, y todo otro servicio afectado por la Obra o en su
defecto construir otros sistemas de provisión que satisfagan los requerimientos de los
prestatarios de los servicios afectados.
Cuando la ejecución de la Obra requiera la remoción o relocalización permanente o
temporaria de un servicio existente, quedará a cargo del CONTRATISTA la responsabilidad
de coordinar todas las actividades con los prestatarios de dicho servicio y efectuar todos
los trabajos a su entera satisfacción.
Cuando las operaciones del CONTRATISTA
deban desarrollarse en áreas adyacentes o cercanas a instalaciones de servicios tales
como gas, teléfonos, televisión, energía eléctrica, agua, cloacas o sistemas de riego,
y existiese la posibilidad de que dichas operaciones puedan provocar daños o
inconvenientes, el CONTRATISTA deberá suspender sus trabajos hasta haber tomado los
recaudos necesarios para protegerlas.
Las válvulas de los servicios
sanitarios, sistemas hidrantes contra incendio y bocas de registro de los distintos
servicios deberán ser mantenidas por el CONTRATISTA libres de obstrucciones y disponibles
para ser utilizadas en cualquier momento.
5.5 Señalización e Iluminación
El CONTRATISTA deberá adoptar
conforme a lo exigido por las normativas vigentes todas las medidas necesarias a fin de
impedir el ingreso de personal no autorizado a las áreas de construcción y a los
caminos, calles y corredores afectados y, de acuerdo con lo requerido, garantizar la
seguridad pública y la seguridad de los empleados del CONTRATISTA, la de otros empleados,
de otros contratistas y la de terceros que puedan resultar afectados por la Obra.
Asimismo, será responsabilidad del CONTRATISTA proteger las instalaciones existentes y
las propiedades adyacentes de cualquier daño potencial.
Los vallados deberán ser ubicados en forma tal de permitir el acceso de los propietarios
de los inmuebles directamente afectados por la Obra.
El CONTRATISTA deberá asegurar la correcta protección con vallados efectivos y
señalamiento precaucional adecuado que garanticen la total seguridad de quienes circulen
por calles, caminos, rutas, autopistas y cualquier otra vía pública en la que haya
resultado imprescindible su cierre total o parcial al tránsito.
Deberán ubicarse señalizaciones en las intersecciones de la vía pública más
próximas, sobre ambos lados del área bloqueada.
El CONTRATISTA deberá garantizar la debida iluminación de los vallados y de las
obstrucciones con luces precaucionales.
Las mismas deberán permanecer encendidas desde el atardecer hasta el amanecer y en todo
momento en que, por fenómenos meteorológicos tales como lluvia, niebla, etc., resulte
reducida la visibilidad.
Las luces precaucionales deberán ajustarse a normas de diseño eléctrico apropiadas y
estar posicionadas en estructuras fijas, de forma tal de garantizar su correcta
visibilidad en cualquier condición meteorológica.
5.6 Peso de los Equipos
Una buena medida para la preservación
del suelo consiste en evitar la compactación del terreno en todas las áreas que no
requieran un mantenimiento a largo plazo para el acceso a la línea y a las torres,
excepto en aquellas superficies destinadas a caminos de uso público.
Fuera de los caminos de acceso, que requieren un tratamiento especial de mantenimiento a
largo plazo, no deberán utilizarse equipos de un peso mayor a las 6,50 t/m² (equivalente
a una topadora CAT D7), excepto en aquellas áreas que posteriormente serán restauradas,
devolviéndolas a su estado original.
6.0 HALLAZGO DE PIEZAS ARQUEOLOGICAS, PALEONTOLOGICAS Y/O HISTORICAS
6.1 Generalidades
El COMITENTE podrá ordenar al
CONTRATISTA la paralización de las Obra en el lugar afectado si, a su criterio, la pieza
se extendiera más allá de la porción de terreno afectada "prima facie".
Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá efectuar un estudio complementario
específico, con el asesoramiento de un especialista en la materia, del contenido en el
Estudio de Impacto Ambiental, el cual debió permitir disponer anticipadamente de
información respecto de las áreas potencialmente más sensitivas.
El CONTRATISTA deberá regirse por las normativas vigentes sobre el particular, caso
contrario deberá ajustarse a las recomendaciones que a continuación se indican.
6.2 Protección de Piezas Halladas6.2 Protección de Piezas Halladas.
El CONTRATISTA deberá asegurar la
protección de las piezas con cubiertas y/o defensas hasta que sea notificado de la orden
de reiniciar la Obra.
Las piezas halladas deberán ser cubiertas con un film plástico, el que podrá ser
afirmado al suelo con tierra, rocas o cualquier otro elemento de peso que se ubique en los
extremos del mismo, cuidando de no apoyarlo sobre las piezas. De acuerdo con el tipo de
hallazgo, podría ser necesario efectuar un relleno adicional para asegurar la debida
protección de una estructura en ruinas, o para prevenir cualquier tipo de derrumbe,
rellenando los espacios vacíos con material de relleno, el que se ubicará suelto en la
parte lateral externa del film.
De ser necesario, deberá tableestacarse o apuntalarse la estructura hallada para
protegerla adecuadamente. Deberá construirse un vallado temporario para evitar el acceso
al lugar de personas no autorizadas.
6.3 Extracción de los Hallazgos
La Inspección de Obra establecerá el
destino de los hallazgos, de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, quedando
entendido que el CONTRATISTA no podrá remover ni extraer o apoderarse de ninguno de
dichos objetos, considerando que, en todos los casos, son propiedad del Estado o del
COMITENTE, según corresponda.
Si el COMITENTE decidiera extraer la pieza, el CONTRATISTA deberá proveer el
asesoramiento especializado, el equipamiento, la mano de obra y los materiales necesarios
para posibilitar su extracción, preservando los restos de cualquier daño.
En el caso de piezas de porte el
CONTRATISTA deberá proveer los medios apropiados para su traslado al lugar que indicare
el COMITENTE.
6.4 Tiempos de Trabajo y su
Compensación.
El contrato podrá sufrir demoras en
lo que respecta al cumplimiento de los plazos parciales con motivo de la orden de
paralización de los trabajos, como consecuencia de la eventual ocurrencia de las
situaciones descriptas en esta sección, por lo que se le reconocerán las pertinentes
ampliaciones de plazo en dicho frente de trabajo.
7.0 ESPECIES DE FLORA Y FAUNA CON PROBLEMAS DE CONSERVACION
7.1 Estudios de Campo Requeridos.
El CONTRATISTA deberá llevar a cabo
todos los procedimientos necesarios tendientes a preservar la flora y fauna local de
cualquier impacto negativo que pudiera alterar su hábitat.
El CONTRATISTA deberá contar con un profesional en Biología que esté familiarizado con
los aspectos biogeográficos, comunidades nativas, así como las especies que se
encuentran amenazadas y/o en peligro de extinción y las propias del lugar para intervenir
en el desarrollo del diseño final de la línea de transmisión.
Para la identificación del estado de
conservación de las especies se deberá tener en cuenta la normativa vigente
(Disposición Nº 144-Ministerio de Economía, Agricultura y Ganadería, Recalificación
del Estado de Conservación de la Fauna Silvestre Argentina, Región Patagónica,
Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano) así como el Libro Rojo - Mamíferos
y Aves Amenazadas de la Argentina (Fucema - AOP - SAREM).
Se deberán cumplimentar las medidas que se detallan a continuación con el fin de evitar
y/o minimizar impactos perjudiciales para las especies más sensibles.
Efectuar un examen sobrevolando a baja
altura la traza de la línea. En base a dicho relevamiento aéreo y a los planos
aerofotogramétricos disponibles, realizar una caracterización biológica a lo largo del
trazado de la línea.
En base a las referencias que se
obtengan en materia de hábitats de las especies animales y vegetales, sus preferencias,
distribución geográfica y la caracterización descripta en el punto anterior,
identificar las poblaciones de especies amenazadas, vulnerables y/o en peligro de
extinción que pudieran encontrarse en el recorrido de la línea, como así también de
las que puedan ser afectadas por su desarrollo.
Identificar mediante revisiones
bibliográficas y visitas de campo las áreas donde se verifique la presencia de especies
sensibles, es decir, aquellas susceptibles de sufrir un impacto negativo de importancia.
Detallar la diversidad de especies de
la zona en estudio y los eventuales impactos de la línea de transmisión sobre sus
poblaciones.
Evaluar la significación del impacto
potencial que pudiera provocar la construcción, operación y mantenimiento de la línea
de transmisión sobre las poblaciones de dichas especies. Se pondrá especial atención
sobre aquellas especies cuyo rango de distribución actual se encuentra limitado por
modificación del hábitat.
Proponer soluciones viables para
eliminar y/o minimizar los posibles impactos negativos para las especies sensibles
identificadas en los pasos precedentes. La redefinición de la traza de la línea y/o de
los caminos de acceso se considera una estrategia apropiada, desviándola hacia zonas que
no constituyan hábitats naturales de las especies autóctonas. Asimismo, las actividades
de construcción pueden programarse de forma tal que no coincidan con momentos críticos
en sus hábitos estacionales, tales como los períodos de búsqueda y construcción de
nidos, de desove o de cría.
7.2 Métodos de Protección de
Dichas Especies
El CONTRATISTA deberá tomar las
precauciones prudentes y necesarias para proteger a las especies naturales de la flora y
fauna autóctonas, así como de especies vegetales implantadas con valor paisajístico y
de aquellas, tanto de la flora como de la fauna, con valor económico para los habitantes
del lugar.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá
notificar al COMITENTE en el caso que los trabajos de construcción a llevar a cabo
pusieran en peligro a las especies con problemas de conservación o a sus hábitats
naturales.
Como consecuencia de lo indicado
precedentemente, el CONTRATISTA deberá demarcar las áreas reconocidas como hábitats
naturales de las especies antes citadas, previo al inicio de las actividades de
construcción.
El COMITENTE podrá demarcar toda otra
región considerada como hábitat natural de especies en peligro que recién se conocieran
durante la construcción.
Estas actividades deberán ser
debidamente contempladas por el CONTRATISTA al momento de la formulación de su oferta, no
pudiendo ser motivo de requerimientos de adicionales y/o prórrogas de ninguna índole.
7.3 Migración de aves7.3 Migración de aves.
El CONTRATISTA deberá:
-
Demostrar de un modo objetivo el
impacto esperado considerando las variables ambientales correspondientes y las poblaciones
que resultarían afectadas. Deberá ponerse especial atención en las especies que
presenten problemas de conservación o que muestren especialización en sus hábitats, sin
perjuicio de aquellas que no reúnan las anteriores características.
Proponer soluciones para evitar los
impactos negativos. Como ejemplo de una estrategia adecuada podría considerarse la
redefinición del trazado de la línea en los sitios identificados como críticos, o
diferir las tareas de construcción de modo que las mismas se desarrollen fuera de los
períodos de nidificación y cría. Si las soluciones propuestas resultaran técnicamente
impracticables se deberá proponer medidas para minimizar y/o mitigar el impacto. Dichas
propuestas deberán resultar acordes a la ingeniería del proyecto y no competitivas
visualmente con el paisaje circundante.
8.0 CONTROLES DURANTE LA EJECUCION
DE LAS OBRAS
8.1 Control de la Contaminación
del Aire
El CONTRATISTA deberá arbitrar los
medios a fin de minimizar la contaminación del aire como consecuencia de la ejecución de
los trabajos de construcción.
El CONTRATISTA deberá realizar las
tareas de vuelco y traslado a destino de tierra, piedras y escombros cuidando de provocar
la menor cantidad de polvo que sea posible. Deberá evitarse el traslado de este impacto a
los cursos de agua.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá
realizar algún tipo de tratamiento para prevenir el levantamiento de polvo en aquellas
calles, caminos y desvíos no pavimentados que se encuentren dentro de los 100 metros de
zonas residenciales, o bien rociarlos con agua en forma periódica, durante el período de
afectación de las mismas.
Todos los equipos utilizados por el
CONTRATISTA deberán ser monitoreados y revisados con frecuencia con el fin de asegurar
una eliminación de gases desde sus conductos de escape que no exceda los límites
impuestos por las normas que rigen en la materia y/o las que determine el COMITENTE, con
el fin de evitar la contaminación del aire.
En las plantas de prearmado y de hormigón, en los casos en que se ubiquen dentro de los
límites del proyecto, deberán emplearse técnicas que garanticen una polución
controlada.
8.2 Control de los Cursos de Agua
El CONTRATISTA deberá mantener los
cursos de agua, diques, alcantarillas, drenajes naturales y/o desagües permanentemente
libres de todo tipo de obstrucción, tales como residuos de limpieza, materiales de
construcción y/o escombros.
En la medida que resulte posible, el
CONTRATISTA no alterará los drenajes originales de los cursos de agua.
Cuando resulte necesario efectuar
trabajos en los cursos de agua, el CONTRATISTA deberá cuidar de no incrementar la
turbiedad del agua y de no producir daños en las especies acuáticas.La turbiedad del
agua no podrá exceder un 10% del nivel de turbiedad natural, considerada como tal previo
al inicio de las obras, salvo que el COMITENTE preste su conformidad, aprobando un
porcentaje superior.
No podrán realizarse trabajos con
equipos operando en cursos de agua, salvo que estén expresamente autorizados por el
COMITENTE. Ante tal circunstancia el CONTRATISTA deberá extremar los recaudos a los
efectos de no provocar impactos de ningún tipo.
El CONTRATISTA deberá impedir todo
derrame y/o vuelco combustibles, residuos y/o sustancias volátiles tales como petróleo,
aceites, sustancias químicas, diluyentes y/o cualquier otro producto contaminante en los
desagües pluviales o sanitarios, o cursos de agua o lagunas, etc.
El CONTRATISTA no podrá extraer la
vegetación existente en las márgenes del curso de agua sin la autorización del
COMITENTE.
Queda expresamente prohibida la
disposición de residuos sólidos y semisólidos en todos los cursos de agua.
8.3 Control de la Contaminación
del Suelo
Todos los equipos y vehículos
utilizados por el CONTRATISTA deberán ser monitoreados y revisados con el fin de asegurar
la inexistencia de pérdidas de combustibles y/o lubricantes.
Asimismo, el CONTRATISTA deberá
adoptar los resguardos pertinentes para evitar derrames de combustibles y/o lubricantes.
La carga de combustible y el cambio de
lubricantes deberá efectuarse en los lugares habilitados en los obradores para tal fin,
no estando permitido efectuarlo sobre el terreno natural.
En el caso que resultase
imprescindible efectuar carga de combustible y recambio de lubricantes y filtros de
equipamiento afectado específicamente a algún frente de trabajo, dicha actividad deberá
realizarse en lugares habilitados para tal fin, debiéndose garantizar que no se afectará
en lo más mínimo al terreno natural como asimismo la permanente limpieza de los mismos.
Estas situaciones, se deberán plantear una vez agotadas todas las instancias y serán
consideradas como excepcionales, requiriendo por tal motivo, la aprobación previa del
COMITENTE.
8.4 Control de Erosiones, Derrumbes y Prevención de Crecientes.
El CONTRATISTA deberá hacerse cargo
de la provisión, operación y mantenimiento de las instalaciones necesarias para
controlar posibles erosiones y derrumbes y para proteger a la Obra y a las instalaciones
existentes de crecientes que pudieran producirse durante el período de construcción.
El CONTRATISTA deberá diseñar y
construir instalaciones para defensa de márgenes a fin de controlar la erosión,
utilizando procedimientos y técnicas experimentadas que garanticen los resguardos
pertinentes en la preservación del medio ambiente.
8.5 Control de Ruidos8.5 Control de Ruidos.
Los niveles de ruido deberán
ajustarse a las normativas vigentes.
En áreas residenciales se deberá programar las actividades de forma tal de efectuar las
mismas en horario laboral normal.
Se deberán adoptar los resguardos
pertinentes con el fin de garantizar que los equipos que se utilicen cuenten con sistemas
de control de sonido no menos efectivos que los provistos por sus fabricantes. Asimismo se
deberán efectuar los controles periódicos de verificación que corresponda a fin de
asegurar su correcto funcionamiento.
Deberá, en todos los casos,
cumplimentarse las normativas municipales vigentes en la materia, o en su defecto deberá
respetarse la Norma IRAM 4602 Ruidos Molestos al vecindario,si se trata de zonas
urbanizadas
En los casos de obradores o de frentes de trabajo próximos a inmuebles ocupados se
contemplará:
-
Ubicación de los equipos en
operación en un área lo más alejada posible de los inmuebles potencialmente sensibles a
los impactos sonoros.
-
Se deberá notificar con la debida
anticipación a los potenciales afectados cada vez que se prevea realizar actividades
extremadamente ruidosas.
9.0 DISPOSICION DE RESIDUOS.
9.1 Distintos Tipos de Disposición9.1 Distintos Tipos de Disposición
Los requerimientos generales para la disposición de residuos son:
a) Se deberán utilizar exclusivamente
lo lugares habilitados a tal fin para efectuar la disposición de cualquier material
desechable.
b) La disposición no deberá generar peligro de ningún tipo por contaminación y/o
incendios, ni obstaculizar ni bloquear la operatoria del lugar, aún si el material fuera
movido o alterado.
A continuación se describen las
clases de disposiciones de los residuos sólidos durante la etapa constructiva,
efectuándose el análisis de los efluentes líquidos serán en el rubro Obradores.
DESCRIPCION |
CLASE DE
DISPOSICION |
Residuos generados por el constructor |
Utilización, incineración o remoción |
Remanentes de construcciones y escombros |
Incineración o remoción |
Follajes, ramas y malezas inferiores a 0,08 m de diámetro y de 0,90 m de longitud |
Utilización, incineración o remoción |
Residuos existentes en la zona |
Utilización, incineración o remoción de residuos superiores a 0,15 m de diámetro y de
2,40 m de longitud |
Todos los materiales de desecho
existentes y/o generados durante la construcción serán removidos en forma diaria para su
posterior disposición, o incinerados en los lugares aprobados para su disposición.
Bajo ninguna circunstancia se deberán enterrar o incinerar residuos no biodegradables.
El CONTRATISTA deberá proveer contenedores apropiados para la recolección y disposición
de materiales de desechos, escombros y residuos en general.
Será de responsabilidad del CONTRATISTA mantener permanentemente limpias las áreas de
trabajo existentes, caminos, accesos, campamentos y obradores.
9.2 Incineración
La incineración se deberá efectuar en los lugares permitidos, en espacios descampados
dentro de la franja de servidumbre. La ubicación para la incineración de materiales de
desecho estará sujeta a la aprobación del COMITENTE.
Se deberán armar montículos con los materiales a incinerar a fin de reducir al mínimo
el humo, los peligros de incendio y daños en el terreno, utilizando para su incineración
métodos de práctica probados.
Se permitirá construir un cordón delimitando la zona excepto donde, en opinión del
COMITENTE, resultase extremadamente peligroso por el riesgo de propagación del fuego.
Se deberán emplear tractores equipados con paletas horquilladas para desmonte para armar
los montículos y los cordones, salvo en el caso en que esté prohibido el uso de equipo
motorizado, en el que se hará a mano, con método de cabos y/o cables u otros métodos
que preserven el suelo de los daños que puedan ser ocasionados por los materiales a
incinerar.
El equipamiento contra incendio requerido deberá mantenerse próximo a las áreas
utilizadas para la incineración.
Se deberán quebrar y cortar aquellos tocones y/o raíces de grandes dimensiones para
facilitar su incineración.
Cuando se necesiten líneas de fuego, deberá despejarse de toda maleza y/o residuo una
franja suficientemente ancha y segura. Luego, un ancho no inferior a los 0,90 metros
deberá ser cortado hasta dejarlo libre de vegetación sobre el lado exterior de la línea
despejada.
El CONTRATISTA deberá llevar un registro de estas operaciones. Asimismo deberá nominar a
un representante ante el COMITENTE para recibir y transmitir todas las novedades e
instrucciones, en materia de precauciones a tener en cuenta en trabajos vinculados con
incineración y uso de fuego. Este representante deberá estar presente en todo momento
que se esté efectuando una incineración, y cada vez que así lo requiera el COMITENTE.
10.0 RESTAURACION DE LAS AREAS UTILIZADAS PARA LA OBRA
10.1 Generalidades
El CONTRATISTA devolverá, a la Recepción Definitiva de la Obra, todos los terrenos
desafectados restaurados a las condiciones originales en que los recibió.
El CONTRATISTA deberá renivelar, preparar la superficie y rellenar los caminos, las
áreas de construcción y todas las otras áreas alteradas y no requeridas para la
operación y mantenimiento del emprendimiento.
Este trabajo consistirá, especialmente, en la colocación de relleno y fertilizantes, de
acuerdo con estas especificaciones, en las áreas descriptas en los planos o designadas
por el COMITENTE.
10.2 Requerimientos
El CONTRATISTA deberá proponer en áreas urbanas y suburbanas el tipo de semillas a
utilizar y el programa a desarrollar, los que deberán ser aprobados por el COMITENTE.
En las afectaciones de áreas cultivadas los procedimientos de restauración deberán
contar con la previa conformidad de los propietarios.
En los casos de necesidad que el CONTRATISTA deba recurrir a especies con características
particulares, las mismas deberán resultar equivalentes o superiores a las aprobadas,
debiendo el COMITENTE autorizar cualquier excepción al respecto.
El CONTRATISTA deberá proponer las especificaciones de las variedades de semillas y las
proporciones necesarias para la dosificación que se requiera.
El fertilizante deberá ser un producto de tipo inorgánico aprobado para su
comercialización.
En estos casos el CONTRATISTA, indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta,
complementando el Plan de Gestión Ambiental, con el correspondiente Estudio de Impacto
Ambiental que garantice que no se generarán impactos negativos de ningún tipo. El mismo
deberá estar elaborado por un profesional idóneo en la materia.
10.3 Metodología
Los trabajos de siembra serán llevados a cabo sólo en los períodos de clima favorable.
La siembra no deberá realizarse antes o durante un clima muy cálido o seco, salvo
contando con una autorización expresa del COMITENTE. Asimismo, ninguna tarea deberá
realizarse durante un clima extremadamente ventoso, o cuando la tierra se encuentre
excesivamente húmeda o fangosa.
No más de cinco (5) días antes de la siembra de las semillas, la tierra deberá ser
preparada removiéndola hasta una profundidad no inferior a 0,05 metros. El arado deberá
practicarse en forma longitudinal en todos los declives. De resultar necesario, el terreno
arado deberá ser compactado y/o consolidado.
Los restos de malezas existentes y pequeñas malezas, deberán ser cortadas y parcialmente
incorporadas en el suelo durante los trabajos de preparación del arado. Toda otra
vegetación que crezca interponiéndose a la siembra deberá ser extraída.
La incorporación de estos restos
vegetales dependerá de las condiciones climáticas, edafológicas y de la calidad del
material aportado.
Su incorporación será positiva
cuando las condiciones mencionadas favorezcan una rápida descomposición. La situación
ideal se plantea en climas relativamente lluviosos, no excesivamente fríos y suelos no
muy ácidos, constituyendo un abono.
Por el contrario, cuanto más secos y fríos sean los climas y más ácido el pH del
suelo, será más lenta la descomposición produciéndose un desequilibrio en la relación
C/N con un efecto final desfavorable para la evolución del terreno.
Se deberán extremar los cuidados a
fin de no dañar aquellos árboles y/o plantas que deban ser protegidas.
El fertilizante deberá ser uniformemente aplicado mediante el método de aspersión al
vuelo, en forma manual, gota a gota, o bien mediante otros métodos aceptados en todas las
áreas sembradas.
Las semillas deberán ser plantadas a una profundidad del orden de los 0,06 á 0,19
metros.
En áreas inaccesibles a un equipo sembrador, la siembra deberá realizarse mediante el
método de aspersión al vuelo. Las semillas arrojadas al voleo deberán ser rastrilladas.
11.0 REPOSICION DE MASA FORESTAL
11.1 Generalidades
El CONTRATISTA deberá, a la Recepción Definitiva de la Obra, entregar los terrenos en
los cuales hubiese efectuado reposición de masa forestal perfectamente acondicionados.
En el llamado a licitación el
COMITENTE determinará dichas áreas, o en su defecto, en el caso de que el CONTRATISTA
proponga el desarrollo de alternativas al proyecto básico, deberá ser contemplado en
dichos estudios cuando el llamado así lo determine, las cuales, indefectiblemente
deberán ser aprobadas por el COMITENTE.
En el caso que la Inspección de Obra
considere que los terrenos utilizados no se hallasen en condiciones aceptables,
determinará los trabajos necesarios que deberán realizarse. En caso de negativa o demora
por parte del CONTRATISTA, el reacondicionamiento será ejecutado por terceros, con cargo
a aquél.
En lo referente a la afectación de la
flora el CONTRATISTA, durante las diferentes etapas del proyecto, deberá tener presente
que existirá riesgo de grave transformación ecológica negativa cuando se plantee alguna
de las siguientes circunstancias:
11.2 Requerimientos.
El CONTRATISTA deberá proponer el
tipo de especies a utilizar y el programa a desarrollar, los que deberán ser aprobados
por el COMITENTE.
En los casos de necesidad que el
CONTRATISTA deba recurrir a especies con características particulares, las mismas
deberán resultar equivalentes o superiores a las aprobadas, debiendo el COMITENTE
autorizar cualquier excepción al respecto.
El fertilizante deberá ser un producto de tipo inorgánico aprobado para su
comercialización.
Deberá prestarse especial atención
cuando la reposición deba efectuarse en suelos que no hayan estado sensiblemente
cubiertos por árboles de las mismas especies que se pretende introducir, como así
también cuando se intente realizar sobre terrenos descampados en los últimos diez años
debido al potencial riesgo de graves transformaciones ecológicas negativas.
En todos los casos el CONTRATISTA,
indefectiblemente, deberá acompañar su propuesta con el correspondiente Estudio de
Impacto Ambiental que garantice que no se generarán impactos negativos de ningún tipo.
El mismo deberá estar elaborado por un profesional idóneo en la materia.
11.3 Metodología.
Para este punto resultan de
aplicación las recomendaciones que correspondan contenidas en el numeral 10.3.
Efectuada la elección de las especies a implantar debe considerarse que dentro de una
misma especie la diferencia de forma, desarrollo y crecimiento de los distintos individuos
en iguales condiciones depende de los genotipos, por lo que debe utilizarse plantas
procedentes de semillas de árboles seleccionados considerando sus potenciales
hereditarias y su adaptación al medio. La estabilidad de la vegetación repuesta
dependerá de las especies elegidas y de su procedencia.
El material vegetal a ser utilizado debe ser de aquellos árboles que resulten
genéticamente los mejor adaptados a cada situación que se plantee a fin de garantizar su
adecuado desarrollo, la máxima productividad ecológica y su perdurabilidad. Su
implantación puede mejorarse mediante la aplicación de técnicas que mejoren las
condiciones del suelo y la cantidad de agua útil que reciba cada planta durante sus
primeros años.
Deberá indicarse las siguientes características de los materiales de reproducción:
-
Naturaleza: plantas, semillas o
parte de plantas.
-
Especie, subespecie o variedad.
-
Región de procedencia
-
Procedencia de las semillas a
emplear en cada especie y en cada área de reposición.
-
Origen de la semilla, si los
árboles son poblaciones autóctonas o el lugar de donde proviene si es una población
introducida.
-
Naturaleza del material de base si
es de huertos semilleros o masas forestales.
-
Años de madurez para las semillas.
-
Duración de la fase en vivero, como
semillero o como planta transplantada.
Las afectaciones sobre la vegetación
existente en las zonas de reposición se circunscribirán a las áreas donde no se
establezca una competencia entre las especies implantadas y las naturales por el espacio,
el agua, el suelo y los nutrientes, que hagan fracasar la reforestación. En el caso que
entre la vegetación natural hubiese especies que por su calidad biológica o rareza sean
consideradas conservables, deberán ser excluidas de cualquier tipo de afectación. Las
afectaciones sobre la vegetación deberán ser cuidadosamente estudiadas y justificadas
considerando las funciones de producción, protección y de control que la misma realice.
En los casos en que corresponda
deberá procederse a la sistematización del terreno mediante la aplicación de técnicas
suficientemente experimentadas ajustadas a preceptos ambientales.
La estructura de los plantines no
deberá ser alterada, razón por la cual los hoyos deberán tener dimensiones suficientes
para recibir a los mismos en buenas condiciones. Si es a raíz desnuda, la misma no
deberá llegar al fondo del hoyo. Si es con envase no biodegradable, deberá quitarse el
mismo con precaución a fin de no dañar el sistema radical y evitar que se caiga el
sustrato que lo rodea. La cobertura con tierra vegetal no deberá superar el cuello de la
raíz.
12.0 CAMPAMENTOS TEMPORARIOS Y
OBRADORES
12.1 Criterios para su Ubicación
Preferentemente, los campamentos y
obradores deberán ser ubicados dentro o en las adyacencias de los asentamientos o
poblaciones que puedan proveer los servicios que se detallan en el numeral 12.2.
Las obras no deberán provocar ningún
tipo de impacto ambiental perjudicial.
Dichos lugares deberán ser aprobados
por la autoridad local y/o el COMITENTE, previo a su utilización.
Los campamentos deberán estar en un
terreno alto, que permita un buen drenaje, no estar expuestos a inundaciones y estar
limpios de residuos sólidos.
12.2 Servicios a Proveer a Dichos
Campamentos y Obradores.
El CONTRATISTA deberá asegurar la
provisión de agua potable en los campamentos y obradores, la que deberá reunir
condiciones aptas para su consumo como bebida y cocción de alimentos, así como para
lavado y aseo.
Las cantidades suministradas deberán
ser suficientes para permitir el lavado de la ropa de trabajo del personal dos veces a la
semana y para su baño personal diario.
Los baños deberán disponer de
duchas, lavatorios, mingitorios e inodoros acordes con las necesidades del personal.
Asimismo, deberán implementarse las medidas pertinentes para la cobertura de tales
necesidades en los frentes de trabajo tanto permanentes como transitorios.
Cuando los frentes de obra se hallen
alejados de los servicios sanitarios fijos deberá proveerse servicios sanitarios de tipo
desplazable, comúnmente denominados químicos, provistos de desinfectantes y cuyas
características respondan a la de los primeros.
12.3 Controles para la Protección
del Ambiente durante su utilización.
El agua para consumo del personal,
tanto en los obradores y campamentos como en los frentes de trabajo deberá ser potable,
en condiciones, ubicación y temperatura adecuados.
En los frentes de obra donde el agua potable no pueda ser suministrada por red, será
provista mediante grifos de depósitos móviles cerrados de material inoxidable no
tóxico, de cierre hermético y de fácil limpieza. Bajo ninguna circunstancia dichos
grifos serán utilizados con otro fin que el del consumo humano. Asimismo, el agua para
uso industrial deberá ser claramente identificada para evitar su ingesta.
El agua potable deberá reunir las
condiciones de calidad impuestas por las Autoridades Públicas Sanitarias Competentes o,
en su defecto por el COMITENTE.
Deberán efectuarse análisis
físico-químicos y bacteriológicos al comienzo de la actividad, bacteriológicos
semestralmente y físico-químicos anualmente.
La disposición de efluentes en los
lugares donde se hallan habilitados servicios locales deberán ser autorizada por las
Autoridades Públicas Competentes, debiendo el CONTRATISTA proveer y mantener las
conexiones temporarias al sistema de colección existente.
En aquellas áreas en las que no
existan servicios locales habilitados, el CONTRATISTA deberá establecer sistemas de
disposición de efluentes separados, domésticos y sanitarios en general.
Los sistemas no podrán permitir la
descarga directa de ningún efluente sin tratar a ningún curso de agua, dentro o fuera de
la franja de servidumbre. Los sistemas de disposición deberán estar ajustados a las
normas impuestas en la materia por las Autoridades Públicas Competentes y/o por el
COMITENTE y deberán tratar todo aquel efluente líquido que se genere, debiendo en
consecuencia, estar dimensionados para la condición de máxima ocupación de los mismos.
El CONTRATISTA estará obligado a mantener las condiciones generales de limpieza y
pulcritud de los campamentos temporarios y permanentes.
En tal sentido deberá proveer un sistema para la colección, almacenamiento y
disposición de residuos sólidos de los campamentos.
El CONTRATISTA deberá proveer contenedores de gran durabilidad para la colección y
almacenamiento de residuos sólidos en el lugar. Dichos contenedores deberán estar
provistos de un cierre hermético y deberán asegurar la imposibilidad del acceso de
roedores en su interior.
Los residuos sólidos deberán ser
extraídos del lugar, como mínimo, dos veces por semana y sus contenedores deberán ser
ubicados en forma tal de evitar la emanación de olores en lugares próximos a áreas
residenciales.
La disposición de los residuos sólidos no deberá efectuarse dejándolos en el lugar en
forma permanente, a diferencia de los residuos sólidos provenientes de la cocción de
vegetales, la que podrá efectuarse en excavaciones realizadas en el lugar a los fines de
su disposición final. La profundidad de dichos pozos no deberá aproximarse a más de
0,25 metros del nivel de las napas freáticas (medidos durante el período en que los
campamentos se encuentren en uso), y deberán ser cubiertos después de su uso con no
menos de 0,50 metros de tierra limpia.
Todo otro tipo de residuo sólido
deberá ser colectado, almacenado y transportado hacia las áreas aprobadas por las
autoridades locales para su disposición final en contenedores cerrados.
El CONTRATISTA proveerá los sistemas pluviales necesarios para la colección y
disposición del agua de lluvia y de direccionar los desagües de la zona de obras hacia
el sistema de desagües pluviales local, en el caso de existir, luego de asegurarse de
haber librado al efluente de sedimentos mediante lagunas diseñadas a tales fines. Dichas
instalaciones deberán retener el curso de agua durante un lapso de aproximadamente 10
minutos, o durante el tiempo que requieran las autoridades locales y/o la Inspección de
Obra.
12.4 Restauración del Area.
El área utilizada por los campamentos
y obradores, una vez finalizados los trabajos, deberá ser restaurada, a satisfacción de
los propietarios de las tierras y/o del COMITENTE. En ningún caso podrán abandonarse en
el lugar residuos sólidos de ninguna especie.
13.0 HIGIENE Y SEGURIDAD.
El CONTRATISTA deberá cumplimentar
todos los requerimientos ambientales establecidos en el Decreto N° 911, del 5 de agosto
de 1996, mediante el cual se actualizó la reglamentación de la Ley de Seguridad e
Higiene en el Trabajo N° 19.587 mediante el dictado del Reglamento de Higiene y Seguridad
anexo al mismo.
14.0 AREA RESPONSABLE DEL AMBIENTE.
El CONTRATISTA deberá contar en su
plantel en obra con un Area Ambiental. La misma estará a cargo de un profesional, de
reconocida experiencia en la materia, cuya función será la de coordinar todas las
actividades específicas, así como la supervisión, implementación de las medidas
correctivas que corresponda, monitoreo, seguimiento de los eventuales impactos y de
mantener la relación en la temática ambiental con el COMITENTE. Su dependencia
jerárquica en el plantel del CONTRATISTA será directa del Director del Proyecto.
El Plantel profesional, con reconocida
y probada experiencia en las áreas a su cargo, deberá cubrir, como mínimo, las
siguientes disciplinas, ajustado a las necesidades de cada proyecto y a las exigencias
particulares que para los mismos establezca el COMITENTE:
-
profesionales en Biología dedicados
a la conservación y manejo de fauna.
-
profesionales en Biología o
Ingeniería Agronómica dedicados a la flora.
-
profesionales especializados en
saneamiento (residuos sólidos y líquidos).
La asignación temporal del mismo
estará condicionada a las necesidades propias de cada obra.
El plantel profesional y la
asignación temporal del mismo deberá ser propuesto por el CONTRATISTA y deberá ser
indefectiblemente aprobado por el COMITENTE:
Este plantel deberá contar con
oficinas en los obradores y movilidades propias.
El CONTRATISTA no podrá comenzar las
obras mientras no cuente con la aprobación del Plan de Gestión Ambiental por parte del
COMITENTE y las autorizaciones que correspondan otorgadas por las Autoridades Públicas
Competentes.
Asimismo, será responsabilidad de
este Area la elaboración de los informes de avance mensual respecto del cumplimiento del
Plan de Gestión Ambiental, como la de suministrar toda aquella información ambiental que
requiera el COMITENTE.
Será de incumbencia del Area de Medio Ambiente:
-
Informar y capacitar al personal
sobre los comportamientos a desarrollar ante la problemática ambiental.
-
La implementación y control de las
medidas de protección ambiental.
-
La elaboración de los planes de
contingencias y las normativas y reglamentaciones ambientales aplicables a las actividades
y a los lugares de trabajo.
-
Los mismos deberán contemplar las
situaciones de emergencia (incendios, derrames, inundaciones, etc.) que puedan ocurrir y
que tengan consecuencias ambientales significativas.
-
Asignar responsabilidades
específicas al personal en relación a la implementación, operación, monitoreo y
control de las medidas de mitigación.
-
Programar y encarar la difusión de
las actividades ambientales al personal y a la comunidad interesada.
15.0 COMUNICACIÓN AMBIENTAL
La política de comunicación que se
implemente con respecto al medio ambiente se debe fundamentar en la realidad de una serie
de actuaciones acordes con lo que se reflejará posteriormente mediante la aplicación de
técnicas de convencimiento a través de la seriedad, el diálogo y la información.
Una adecuada comunicación ambiental permitirá eliminar temores consecuentes del
emprendimiento y evitar situaciones de crisis y, en el caso de corresponder encararlas en
forma apropiada.
Los aspectos que deben tenerse en cuenta son:
-
Aspectos sociales (historial)
-
Aspectos técnicos (implicancias
ambientales)
-
Aspectos históricos (antecedentes
sobre impactos anteriores)
-
Factor social (aceptabilidad de la
población)
-
Factor técnico (viabilidad técnica
del proyecto)
-
Compromisos y limitaciones externas
(ideologías, grupos de presión)
-
Factor económico (viabilidad
económica de las alternativa)
-
Sensibilidad simbólica del lugar
-
Factor ecológico ( impactos
ambientales y medidas correctoras)
Respecto al público involucrado lo
primero que debe conocerse es con quien se va a tratar para asegurar que la comunicación
estará totalmente adaptada al mismo, motivo por el cual deberá efectuarse un
relevamiento a fin de detectar quienes pueden llegar a influir sobre los objetivos
propuestos y cual es su grado de influencia.
Esto permitirá plantear adecuadamente los criterios que deben ser tenidos en cuenta en la
elaboración de los planes y medidas de gestión, que tendrán como objetivo:
Frente a situaciones de conflicto
deberá contemplarse:
-
No tomar partido a favor de alguno
de los agentes en conflicto. La gestión se debe basar en el compromiso de evitar, mitigar
o compensar por los impactos causados por el proyecto y no en la toma de partido de
ningún tipo, evitando que el proyecto sea un agente adicional de la confrontación.
Atento con lo expresado
precedentemente deberá preverse, conforme a las necesidades de cada emprendimiento y de
los requerimientos particulares formulados al respecto en el llamado a licitación el
establecimiento de lugares de consulta y recepción de reclamos por parte del público
involucrado. La recepción de dichas inquietudes deberá ser atendida por personal
profesional especializado en la comunicación medioambiental, el cual dependerá de la
respectiva área y contará con el soporte de la misma.
ANEXO I
TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
TERRITORIOS FITOGEOGRAFICOS
La vegetación de la República Argentina se encuentra agrupada en territorios
fitogeográficos, de acuerdo a sus afinidades florísticas.
En el territorio nacional se reconocen
16 provincias fitogeográficas. De ellas 12 corresponden a ambientes continentales, con 5
provincias caracterizadas por la presencia de formaciones arboladas y 5 con vegetación
arbustiva.
Dichos territorios fitogeográficos se
agrupan como sigue:
REGION |
DOMINIO |
PROVINCIA |
Neotropical |
Amazónico |
Yungas |
|
|
Paranaense |
|
Chaqueño |
Chaqueña |
|
|
Espinal |
|
|
Prepuna |
|
|
Monte |
|
|
Pampeana |
|
Andino-Patagónico |
Altoandina |
|
|
Puneña |
|
|
Patagónica |
Antártica |
Subantártico |
Subantártica |
|
|
Insular |
|
Antártico |
Antártica |
Oceánico |
Oceánico Tropical |
Uruguayo- Bonaerense |
|
Oceánico Magallánico |
Oceánica Patagónica |
|
|
Oceánica Fueguina |
El tipo de vegetación predominante
que puede encontrarse en las provincias fitogeográficas mencionadas se presenta en la
siguiente tabla:
PROVINCIA |
TIPO DE VEGETACIÓN |
Yungas |
Selva nublada |
Paranaense |
Selvas y sabanas. |
Chaqueña |
Bosques xerófilos
caducifolios, palmares, sabanas, pajonales, estepas halófilas, cardonales. |
Espinal |
Bosques xerófilos
caducifolios, palmares, sabanas graminosas, estepas graminosas, estepas arbustivas. |
Prepuna |
Estepas arbustivas,
cardonales, bosquecillos enanos, cojines de bromeliaceas |
Monte |
Estepas arbustivas
xerófilas, sammófilas y halófilas, bosques marginales de mimosoideas o de sauces |
Pampeana |
Estepa o pseudoestepa
de gramíneas |
Altoandina |
Estepas graminosas,
estepas de camerófitos |
Puneña |
Estepa arbustiva |
Patagónica |
Estepa arbustiva,
estepa de caméfitos, estepas herbáceas |
Subantártica |
Bosque caducifolio,
bosque perennifolio |
Se pueden reconocer 3 tipos de
vegetación con predominancia de árboles:
Selva: vegetación densa por lo general con más de un estrato de árboles y abundancia de
lianas y epífitas.
Bosque: vegetación arbórea generalmente uniestratificada, con escasas lianas y epífitos
Parque: bosquecillos de poca extensión alternando con vegetación herbácea.
Las estepas arbustivas se caracterizan por la presencia de arbustos bajos y esparcidos que
dejan entre ellos grandes espacios de suelo desnudo.
Selva Paranaense: corresponde a un clima cálido y húmedo, con precipitaciones
homogéneas durante el año que alcanzan entre 1.500 y 2.000mm de lluvia caída. Ocupa la
mayor parte de la provincia de Misiones, continuándose hacia el sur a través de las
selvas marginales mesopotámicas hasta la reserva provincial de Punta Lara, al norte de la
ciudad de La Plata. Constituye una selva subtropical con un estrato superior compuesto por
árboles de 20 a 30 m de altura con bastante consistencia, entre los que predominan el
guatambú blanco y el laurel negro. En la provincia de Misiones se destaca al norte el
palo rosa y al este el pino paraná. Se contabilizan más de cien especies arbóreas. Las
tacuaras son frecuentes formando densos cañaverales y en determinados lugares se
encuentran helechos arborescentes. De las especies de las palmeras se encuentran el pindó
y el palmito. El Parque Nacional Iguazú constituye uno de los escenarios naturales más
atractivos de esta selva.
Selva Tucumano-oranense o Yungas: corresponde a un clima cálido y húmedo con
precipitaciones de 2.500 mm anuales, concentradas principalmente en primavera-verano y con
heladas en invierno. Se ubica sobre los flancos orientales de montañas con formaciones
vegetales asociadas a los diferentes pisos serranos. En las partes bajas se encuentran las
selvas de palo blanco y palo amarillo o Selvas de Transición. La tipa y el pacará son
las especies dominantes en ciertos puntos al sur de las provincias de Tucumán y Salta.
Las Selvas Montanas, que se ubican entre los 550 m y los 1.600 m, son densas e
impenetrables, siendo sus especies típicas el horco molle y el laurel de la falda y en
algunos sectores el cedro salteño y el nogal. En la misma se ubican los Parques
Nacionales Baritú, Calilegua y El Rey.
Bosques Montanos: se ubican por encima de las selvas montanas, en una franja entre los
1.200 m y los 2.500m. Presentan tres tipos de bosques según la especie predominante: los
de pino de cerro, los de aliso del cerro y los de queñoa.
El Chaco: es un bosque subtropical semixerófilo que presenta distintas especies de
quebrachos que forman un estrato superior, secundado por un inferior de algarrobos, mistol
y espinillo. Las cactáceas son comunes, en particular en los lugares más degradados, con
varias especies tales como el cardón. Se subdivide en el Chaco Oriental y en el Chaco
Occidental o Semiárido. El Chaco Oriental es el más húmedo y predomina el bosque de
quebracho colorado chaqueño alternando con bañados, cuencas fluviales con montes
ribereños, pastizales y extensos palmares de palma negra. El Chaco Occidental presenta al
quebracho colorado santiagueño como su más típico componente.
Bosques Andino-Patagónicos: Es una formación exclusiva del sur de la Argentina y Chile.
Se extiende sobre relieves montañosos, con valles glaciares transversales, lagos y
torrentes, a lo largo de la Cordillera austral y de la Cordillera de la costa, desde
Neuquén hasta Tierra del Fuego e Isla de los Estados. Sus especies características son
el pehuén, la lenga, el coihue, el ñire, el ciprés, el alerce y el arrayán, entre
otros.
Espinal: Rodea al pastizal pampeano presentando condiciones climáticas variables, siendo
las mismas cálidas y húmedas en Corrientes y Entre Ríos y templadas y secas en San Luis
y La Pampa. Predominan las especies de algarrobo que forman un bosque xerófilo bajo. Son
comunes el sombra de toro, el chañar y el molle. El ñandubay es ubicado en las
provincias de Entre Ríos, Corrientes y Santa Fe. Los algarrobos blanco y negro son
característicos en el centro del país, mientras que el caldén se halla presente en La
Pampa y provincias vecinas.
ANEXO II
PLANOS
|