Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social - Gerencia General
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO - MESA DE ENTRADAS - HORARIOS
Disposición (GG) 23/10. Del
11/5/2010. B.O.: 26/5/2010. Establécese que la Mesa de Entradas dependiente del
Departamento de Secretaría General de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T.) funcionará de Lunes a Viernes, en el horario de 09:00 a 17:00 horas
para la recepción de toda documentación que se presente con destino a este
Organismo.
Bs. As., 11/5/2010
VISTO el Expediente Nº 10.506/07 del
Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº
19.549, Nº 24.557 y 26.425, las Resoluciones S.R.T. Nº 1.925 de fecha 21 de
noviembre de 2007, Nº 1380 de fecha 10 diciembre de 2008, Nº 772 de fecha 29 de
julio de 2009, y la Disposición G.G. Nº 129 de fecha 24 de setiembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley Nº
24.557 sobre Riesgos del Trabajo ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL, hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y
S.S.).
Que la Resolución S.R.T. Nº 1380 de
fecha 10 de diciembre de 2008 aprobó el Reglamento de Procedimientos
Administrativos de esta S.R.T., regulando en el punto 3 de su Anexo, el ingreso,
egreso y registro de documentación.
Que sobre el particular se establece
que toda documentación enviada a esta S.R.T. debe ser ingresada únicamente por
Mesa de Entradas de la Secretaría General, área responsable del registro de
ingresos y de individualizar las presentaciones asignándoles número de ingreso,
con fecha y hora de recepción.
Que mediante el dictado de la
Resolución S.R.T. Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, se aprobó la actual
estructura orgánico funcional de esta S.R.T., determinando que el Departamento
de Secretaría General, dependiente de la Gerencia de Operaciones, es el
responsable de coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa y de controlar la gestión administrativa de las actuaciones.
Que de conformidad a la regla
dispuesta en el inciso e), apartado 2 del artículo 1 de la Ley Nº 19.549, en los
procedimientos administrativos los plazos se contarán por días hábiles
administrativos.
Que mediante la Disposición G.G. Nº
129 del 24 de septiembre de 2007, se estableció que la Mesa de Entradas de la
entonces Unidad de Secretaría General de esta S.R.T. funcionaría de Lunes a
Viernes de 09:30 a 17:30 hs para la recepción de toda la documentación
presentada con destino a este Organismo.
Que por Resolución S.R.T. Nº 1925 de
fecha 21 de noviembre de 2007, se aprobó el Régimen para la Administración del
Presentismo para el personal de la S.R.T., estableciendo como horario de
funcionamiento central del Organismo el comprendido entre las 09:00 hs. y las
17:00 hs., de lunes a viernes hábiles.
Que en tal sentido, es menester
unificar el horario de Atención de la Mesa de Entradas de esta S.R.T. al horario
de funcionamiento del Organismo dispuesto en la norma precedentemente citada.
Que es necesario poner en
conocimiento de todos los interesados los días y horario de atención de la Mesa
de Entradas.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en
uso de las atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1, inciso e) de la
Ley Nº 24.557 y de la Resolución S.R.T. Nº 772/09.
Por ello,
EL GERENTE GENERAL
DISPONE:
ARTICULO 1º — Establécese que la Mesa
de Entradas dependiente del Departamento de Secretaría General de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) funcionará de Lunes a Viernes,
en el horario de 09:00 a 17:00 horas para la recepción de toda documentación que
se presente con destino a este Organismo.
ARTICULO 2º — La presente resolución
entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTICULO 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
FABIAN H. BAEZ, Gerente General. |