Superintendencia de Riesgos del
Trabajo
RIESGOS DEL TRABAJO -
PROGRAMA DE PROMOCION DE LA INVESTIGACION, FORMACION Y
DIVULGACION SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución (SRT) 443/09. Del
5/5/2009. B.O.: 11/5/2009. Apruébase el Plan de Acción del Programa de Promoción
de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo que como
Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
Bs. As., 5/5/2009
VISTO el Expediente Nº 3588/09 del
Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº
19.549 y Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, las Resoluciones S.R.T. Nº 512 de
fecha 15 de noviembre de 2001, S.R.T. Nº 489 de fecha 20 de noviembre de 2002,
S.R.T. 839 de fecha 22 de abril de 2005, S.R.T. Nº 446 de fecha 26 de abril de
2006, S.R.T. Nº 555 de fecha 27 de abril de 2007 y S.R.T. Nº 534, de fecha 29 de
abril de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el apartado 2 del artículo 1º de
la Ley Nº 24.557, establece como sus objetivos: a) reducir la siniestralidad
laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo; b)
reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado; c)
promover la recalificación y la recolocación de los trabajadores damnificados; y
d) promover la negociación colectiva laboral para la mejora de las medidas de
prevención y de las prestaciones reparadoras.
Que el artículo 35 de la Ley sobre
Riesgos del Trabajo, creó esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.)
como entidad autárquica del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(M.T. y S.S.) —hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y
S.S.)—.
Que mediante el dictado de la
Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001, esta S.R.T. aprobó el
Programa de Promoción de Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos
del Trabajo, cuya finalidad es el fomento, desarrollo y divulgación de
actividades científicas y técnicas, relacionadas con la prevención, tratamiento,
rehabilitación, legislación y gestión de los riesgos del trabajo.
Que a tal efecto la Resolución S.R.T.
Nº 839 de fecha 22 de abril de 2005, dispuso que en el mes de abril de cada año
la Coordinación del Programa formulará un Plan de Acción y un Presupuesto de
gastos y recursos a ejecutarse durante los DOCE (12) meses siguientes y que las
actividades de dicho programa serán financiadas con cargo a los excedentes del
Fondo de Garantía de la Ley de Riesgos del Trabajo (L.R.T.)
Que en tal sentido es necesaria la
aprobación del plan de acción conteniendo las líneas de investigación, para el
período 2009-2010.
Que similar medida se dispuso, en su
momento, a través de las Resoluciones S.R.T. Nº 489 de fecha 20 de noviembre de
2002, S.R.T. Nº 839 de fecha 22 de abril de 2005, S.R.T. Nº 555 de fecha 27 de
abril de 2007 y S.R.T. Nº 534 de fecha 29 de abril de 2008.
Que en virtud de la experiencia
adquirida a través de los años se introducen algunas modificaciones al modelo de
convenio a suscribir con los investigadores, por lo que procede la sustitución
del Anexo III de la Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001,
texto según resolución S.R.T. Nº 555 de fecha 27 de abril de 2007.
Que el Departamento de Presupuesto y
Contabilidad, con la conformidad expresa de la Subgerencia de Administración,
informó que el expediente del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557, cuenta con
fondos suficientes.
Que la Gerencia de Asuntos Legales
emitió el pertinente dictamen de legalidad, conforme lo normado en el artículo
7º, inciso d) de la Ley Nº 19.549.
Que la presente se dicta en virtud de
las atribuciones conferidas por el artículo 33 apartado 4 y 36 de la Ley Nº
24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL
TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el Plan de
Acción del Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación
sobre Riesgos del Trabajo que como Anexo I forma parte integrante de la presente
resolución, a ejecutarse a partir del mes de abril de 2009 y por el término de
UN (1) año.
ARTICULO 2º — Procédase al llamado a
convocatoria para la presentación de proyectos de investigación en el marco del
Plan de Acción aprobado en el artículo precedente.
ARTICULO 3º — Apruébase el
Presupuesto de Gastos y Recursos del Programa de Promoción de la Investigación,
Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo correspondiente al citado Plan
de Acción por un monto total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000.-).
Dicho presupuesto, será afectado a los excedentes del Fondo de Garantía de la
Ley Nº 24.557, conforme lo dispuesto por el artículo 14 de la Resolución S.R.T.
Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001 —texto según Resolución S.R.T. Nº 839 de
fecha 22 de abril de 2005—.
ARTICULO 4º — La Coordinación del
Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos
del Trabajo será ejercida por el Instituto de Estudios Estratégicos y
Estadísticas.
ARTICULO 5º — Sustitúyese el Anexo
III de la Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha 15
de noviembre de 2001 —texto según Resolución S.R.T.
Nº 555 de fecha 27 de abril de 2007—, por el Anexo II que forma parte de la
presente resolución.
ARTICULO 6º — Facúltase a la Gerencia
de Asuntos Legales a realizar las modificaciones y adecuaciones que considere
conveniente al momento de la suscripción del acuerdo, aprobado según el Anexo II
de la presente Resolución.
ARTICULO 7º — De forma.
ANEXO I
PLAN DE ACCION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DE LA
INVESTIGACION, FORMACION Y DIVULGACION SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO
PERIODO abril 2009 - abril 2010
Objetivo: Poner en marcha la etapa de
la convocatoria determinada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001 fomentando,
desarrollando y divulgando actividades científicas y técnicas relacionadas con
la prevención, tratamiento, rehabilitación, legislación y gestión de los riesgos
del trabajo en su sentido más amplio, apuntando prioritariamente a la
prevención.
1. Llamado a presentar proyectos -
Convocatoria
El llamado a presentar proyectos será
dado a conocer en al menos DOS (2) medios nacionales y también será girado por
correo a todas las Universidades Públicas dentro de los TREINTA (30) días
hábiles de emitida la resolución.
2. Presentación de Proyectos
Los proyectos serán presentados
teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 8º y Anexo II de la Resolución
S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001, dentro de los NOVENTA (90) días
corridos de la publicación de la convocatoria, conteniendo un original y TRES
(3) copias. De no presentarse lo requerido, los proyectos no serán considerados.
La matriz de planificación del
proyecto a que se hace referencia en el Anexo II, punto 2.4 de la Resolución
S.R.T. Nº 512/01, deberá ajustarse a la descripción de las etapas de
investigación propias de cada disciplina de acuerdo al objeto de estudio y
podrá, a criterio del investigador, encuadrarse según Marco Lógico.
3. El Comité Evaluador
El Comité Evaluador estará
constituido por investigadores y profesionales de distintas disciplinas
reconocidos por su idoneidad y capacidad en los temas seleccionados. Tendrá como
funciones específicas:
a) Evaluar los proyectos presentados
b) Emitir informe científico técnico
sobre la elección de los proyectos.
c) Evaluar y emitir informe
científico técnico sobre los informes de avance presentados por los
investigadores seleccionados.
d) Evaluar y emitir informe
científico técnico sobre los informes finales de cada UNO (1) de los proyectos
presentados.
e) Los informes científico técnico
elaborados por el Comité Evaluador deberán estar firmados por todos sus
integrantes.
El Instituto de Estudios Estratégicos
y Estadísticas, a través del área de Investigaciones en Salud Laboral, aportará
asesoramiento científico técnico a los miembros del Comité Evaluador. El Comité
Evaluador se reunirá en los plazos estipulados para la entrega de los informes
en la sede de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).
El Comité Evaluador revisará los
informes de avance o finales y labrará un acta a los efectos de su aprobación o
no, dejando constancia de los motivos de la decisión. Dicha acta se remitirá al
Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas para su conformidad y
posterior envío a la Subgerencia de Administración.
El Instituto de Estudios Estratégicos
y Estadísticas dará a conocer la integración del Comité Evaluador antes del
cierre de la convocatoria.
4. Presentaciones
Los proyectos serán presentados en
papel y disquete o Cd. en formato Word "sólo lectura", original y copias por
triplicado y en sobre cerrado. Deberá asimismo acompañarse Currículum Vitae del
presentante, fotocopia del D.N.I. y los datos de la institución en la cual se
desempeña —previendo que al momento de la asignación del proyecto deberá contar
con aval suficiente—, el pedido de cooperación económica y la línea de trabajo a
la que se presenta. De no presentarse lo requerido, los proyectos no serán
considerados.
Sólo podrán presentarse a esta
convocatoria investigadores o instituciones residentes en el país. No podrán
presentarse a la convocatoria investigadores que pertenezcan a la Planta
Permanente o Transitoria de esta S.R.T. o se encuentren vinculados a ella por
contrato de locación de servicios, incluyendo los celebrados con Organismos
Internacionales para prestar tareas en este Organismo.
Los proyectos podrán ser presentados:
• Personalmente en la Mesa de
Entradas de la S.R.T.: Bartolomé Mitre Nº 751 - Piso 3º, Ciudad Autónoma de
BUENOS AIRES, en el horario de 9.30 a 17.30. El/la presentante traerá un remito
o copia de la primera hoja del proyecto para ser recepcionado por la Mesa de
Entradas.
• Por Correo se remitirá a la misma
dirección, con acuse de recibo y con fecha de envío comprobable que no supere la
fecha límite establecida.
5. Líneas Prioritarias
Las que siguen son las líneas que se
han considerado prioritarias y los lineamientos particulares que deberán
contener:
Línea Nº 1.: Accidentalidad en
jóvenes trabajadores
Objetivo de la propuesta: Evaluar las
condiciones laborales de trabajadores jóvenes, entre 16 y 23 años, que durante
los dos primeros años de su actividad laboral sufrieron por lo menos un
accidente de trabajo.
Lineamientos: Reconocer las
características principales de los accidentes a partir del análisis de casos
individuales y las condiciones y medioambiente de trabajo al momento de dichos
accidentes.
Deberán tenerse en cuenta, en todos
los casos, variables tales como nivel educativo, trayectoria laboral, formas de
contratación del trabajador, antigüedad en la tarea y tipo de capacitación
recibida del empleador.
Deberá incluirse trabajadores de tres
tipos de actividades económicas diferentes que representen los sectores
primario, secundario y terciario.
Como consecuencia de la investigación
se deberá elaborar una propuesta para obtener un programa de intervención en
materia de promoción o prevención relativo a la salud y seguridad en el trabajo
para ser aplicado en el ámbito de la educación secundaria y/o primaria.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 2.: Programas de
intervención en salud y seguridad en el trabajo en la construcción
Objetivo de la propuesta: Evaluar la
existencia de programas de promoción de la salud y prevención de accidentes de
trabajo en obras de construcción, y su calidad en términos de impacto, con el
propósito de adoptar modelos de gestión en materia de salud y seguridad en dicha
actividad.
Lineamientos: Deberán elaborarse
indicadores de eficacia de los programas o intervenciones realizadas entre los
cuales deberían considerarse, por ejemplo:
• Tasa de accidentalidad.
• Indicador de uso del sistema de
riesgos del trabajo, incluyendo un análisis de sistemas alternativos (obras
sociales, hospitales públicos) sobre posibles patologías de origen laboral.
• Análisis de realización y
resultados de los exámenes periódicos. Establecer el porcentaje de empresas que
realizan dichos exámenes.
• Considerar aspectos inherentes al
empleador que puedan explicar los resultados (tamaño de la empresa, modo de
remuneración, etc.).
• Descripción de los casos mortales
mediante análisis de árbol de causas.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 3.: Incorporación de
tecnología y su impacto en la salud de los trabajadores
Objetivo de la propuesta: Reconocer y
describir el impacto en materia de salud y seguridad en el trabajo, de la
incorporación de nuevas tecnologías que hubieran determinado nuevas modalidades
de trabajo en la actividad económica de servicios y/o en la industria
manufacturera.
Lineamientos:
Describir las características del
proceso de renovación tecnológica, haciendo referencia los siguientes aspectos y
sus relaciones:
Respecto del equipamiento técnico
deberá:
• Describir las nuevas modalidades
tecnológicas motivo de la investigación, incluyendo maquinaria, fuentes de
energía y materias primas.
• Evaluar la existencia y las
características de capacitación dada a los trabajadores en el uso de la
maquinaria.
• Motivos de la incorporación de esa
nueva tecnología (obsolescencia del anterior equipamiento, aumento de la
productividad, incorporación de nuevos procesos, etc.).
• Identificar el impacto en la salud
de los trabajadores vinculado con la incorporación de nuevas tecnologías en sus
puestos de trabajo, considerando un eventual reemplazo de riesgos.
• Deberá incluirse la evaluación de
los riesgos psicosociales.
Monto: PESOS VEINTICINCO MIL ($
25.000).
Línea Nº 4.: Evaluación de riesgos
laborales e impacto en la salud en trabajadoras de sexo femenino en distintos
sectores (industria manufacturera, hotelería, gastronomía y salud).
Objetivo de la propuesta: Descripción
de riesgos laborales considerando características femeninas y evaluación del
impacto en la salud de las mujeres.
Lineamientos:
El estudio deberá abarcar algunos de
los siguientes aspectos: fisiológicos, específicamente el perfil de fertilidad,
las diferencias socioculturales, el fenómeno de la "doble presencia", la
calificación profesional, aspectos ambientales, la participación en la toma de
decisiones en el trabajo y diferentes modalidades de gestiones entre el trabajo
y la vida privada.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 5.: Percepciones acerca de
los riesgos del trabajo y la prevención en trabajadores y empleadores.
Elaboración de mecanismos preventivos derivados.
Objetivo de la Propuesta: Reconocer
similitudes y diferencias en la percepción y valoración del riesgo, así como en
el rol de la prevención, entre los empleadores y trabajadores, para favorecer
una gestión integrada de la prevención de riesgos laborales.
Objetivos específicos:
• Analizar las percepciones de los
trabajadores respecto de su salud, los riesgos de sufrir accidentes laborales o
padecer enfermedades profesionales y las estrategias de prevención desarrolladas
en su ámbito de trabajo.
• Analizar las percepciones de los
empleadores respecto de los riesgos existentes en los establecimientos
laborales, los mecanismos preventivos existentes y los programas de promoción y
prevención de dichos riesgos.
Lineamientos:
Indagar las percepciones de los
trabajadores y empleadores (o sus representantes en los establecimientos)
respecto al rol en materia de salud y seguridad de los servicios preventivos,
las Aseguradoras de Riegos del Trabajo (A.R.T.) y los representantes gremiales.
Llevar a cabo análisis en dos tipos de empleadores: entre aquellos que tengan
menos de CINCUENTA (50) trabajadores y entre los que tengan más de CIEN (100)
trabajadores en su plantilla.
El propósito último será aportar
elementos que estimulen un marco de negociación para el acuerdo de medidas de
prevención.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 6.: Estudio de Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo en aeroaplicadores del sector agropecuario.
Elaboración de propuestas preventivas para el sector.
Objetivos: Efectuar un relevamiento
en terreno de los agentes de riesgo existentes en la actividad y elaborar
propuestas de prevención de los mismos.
Lineamientos:
Entre las dimensiones a tener en
cuenta en el relevamiento deberán estar presentes, como mínimo, las siguientes:
• Riesgos vinculados con la
manipulación, transporte, aplicación, almacenamiento, envase y rotulado de
plaguicidas y/o agroquímicos, así como con la disposición final de sus
recipientes, restos o desechos.
• Riesgos derivados de la
organización del trabajo.
• Aspectos psicosociales.
• Riesgos tecnológicos y de
seguridad.
• Riesgos del medio ambiente físico
de trabajo.
• Aspectos ergonómicos
• Existencia y utilización de EPP
adecuados en los procesos de manipulación, transporte y disposición final de los
plaguicidas y/o agroquímicos
• Relevamiento de accidentes y
enfermedades laborales, así como de los mecanismos de atención médica utilizados
frente a los mimos.
• Tener en cuenta aquellos
requerimientos normativos que colaboren en la seguridad del proceso de trabajo,
como la habilitación de las aeronaves, la licencia y realización de los exámenes
psicofísicos del piloto, la accesibilidad al Sistema de Riegos del Trabajo y
demás aspectos.
El trabajo tendrá que propiciar
soluciones técnicas, atendiendo de forma especial a su aplicación entre
monotributistas, autónomos y PyMES, factibles de acuerdo con la realidad
nacional en base a la normativa medioambiental vigente.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea Nº 7.: Capacitación en el mundo
del trabajo
Objetivo: Elaborar un inventario de
intervenciones preventivas en capacitación laboral en empresas, teniendo como
eje su magnitud (presencia de las mismas) y los resultados a partir de su
ausencia y presencia o la modalidad en que se desarrollan.
Lineamientos:
A partir de la definición,
identificación y descripción de "programa de capacitación laboral", se busca
determinar la presencia de componentes ligados a promoción de la salud y a la
prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y su impacto en
las condiciones de seguridad en ámbitos productivos.
A través de la investigación se
deberá identificar, al menos:
• Formas de capacitación impartidas a
los trabajadores, su tipificación.
• Analizar la su eficacia y
efectividad, y eventualmente, su eficiencia.
• Actividades de los programas de
capacitación, identificando sus actores.
• La percepción de los trabajadores
sobre el impacto de la capacitación recibida.
• En caso de que se consideren varios
establecimientos, considerar aspectos comparativos entre las diferentes
tipologías de capacitación y la existencia o no de los componentes en materia de
promoción de la salud y prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea 8.: Posibles causas del aumento
de la duración media de las bajas por Incapacidad Laboral Temporaria (I.L.T.).
Un análisis de caso: el sector de la construcción.
Objetivo: Identificar posibles causas
del incremento de la duración media de las bajas producidas por I.L.T. y de sus
desviaciones a partir de un análisis estadístico y de una investigación
transversal en terreno del sector de la construcción.
Universo de análisis: para realizar
la investigación en terreno, seleccionar una muestra de trabajadores de la
construcción que hayan tenido un accidente de trabajo en los últimos tres años.
Se podrán utilizar encuestas u otras técnicas de recolección de datos que se
estimen pertinentes.
Lineamientos:
• Realizar un análisis estadístico
del incremento de la duración media de las bajas en los accidentes de trabajo
denunciados al Sistema de Riesgos del Trabajo, estratificados por naturaleza de
la lesión, forma de ocurrencia del accidente, zona del cuerpo afectada, región
geográfica, sexo, ocupación, y rama de actividad en el período 1997-2007.
• Indagar las causas de la duración
media de las bajas en el sector de la construcción a partir de una investigación
en terreno. Considerar: tipo de contrato, sistema de prestadores médicos de la
ART, y caracterización de los accidentes de trabajo (naturaleza de la lesión,
forma de ocurrencia, zona del cuerpo afectada y región geográfica de
ocurrencia).
Monto: PESOS QUINCE MIL ($ 25.000).
Línea Nº 9.: Litigiosidad del Sistema
de Riesgos del Trabajo
Objetivo: Reconocer y analizar con
detalle motivos por los cuales los trabajadores iniciaron reclamos en sede
judicial como consecuencia del acaecimiento de contingencias laborales.
Lineamientos:
Precisar las causas del inicio de
reclamos en sede judicial por parte de los trabajadores sin recurrir previamente
a la intervención de la sede administrativa prevista en el Sistema de Riesgos
del Trabajo.
Analizar, considerando la variable
regional —reflejando la ciudad en la que se encuentra radicado el juzgado o
tribunal interviniente— las causas del inicio de la acción judicial,
subdividiéndolas en los siguientes grupos:
a) determinación de la naturaleza
laboral de la contingencia, a.1) por no encontrarse la patología incluida en el
listado de enfermedades profesionales (Decreto Nº 659/96); a.2) empleador no
asegurado (incumplimiento a la obligación impuesta por el artículo 27, apartado
1 de la Ley Nº 24.557);
b) prestaciones dinerarias:
insuficiencia de las mismas tal como están previstas en el Sistema de Riesgos
del Trabajo;
c) Comisiones médicas: incompetencia
de las mismas.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea Nº 10.: Condiciones y
medioambiente de trabajo (CyMAT) de la actividad avícola e impacto en la salud.
Plantas faenadoras.
Objetivo: Evaluar el impacto en
términos de accidentabilidad laboral (accidentes y especialmente enfermedades
profesionales) de agentes de riesgos presentes en la mencionada actividad y
proponer herramientas para la prevención de los mismos. Se deberá focalizar en
el sector industrial del encadenamiento productivo o faena.
Lineamientos:
• Reconocer gradientes en los
perfiles de accidentabilidad por puestos de trabajo, por tipos de producción y
por área geográfica.
• Identificar riesgos considerando
los distintos sectores en el proceso de trabajo.
• Describir la magnitud y
distribución de alteraciones de la salud relacionadas con los puestos de trabajo
expuestos a movimientos repetitivos. En este caso, el estudio deberá ponderar
variables de edad, sexo, antigüedad en el puesto y duración de la jornada de
trabajo.
• Identificación de la especificidad
de la relación exposición-efecto.
• El estudio deberá proporcionar
información aplicable a la implementación de programas de prevención de estas
patologías
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea 11.: Descripción de condiciones
y medio ambiente de trabajo (CyMAT) e impacto en la salud de los trabajadores
con particular atención a los trastornos musculoesqueléticos y enfermedades
tumorales de la actividad de fabricación de neumáticos.
Objetivos de la propuesta:
a) Reconocer las principales
características de las condiciones y medio ambiente de trabajo de la actividad
de fabricación de neumáticos y eventual impacto en términos de efectos sobre la
salud.
Elementos a incluir:
• Considerar características de la
organización del trabajo, incluyendo modalidades contractuales, distribución del
tiempo de trabajo.
• Describir condiciones físicas del
trabajo, incluyendo esfuerzos, gestos y movimientos.
• Reconocer factores de riesgo en las
materias primas, procedimientos y productos intermedios utilizados en la
fabricación de neumáticos, en particular eventuales cancerígenos y sustancias
sensibilizantes.
• Identificación de la especificidad
de la relación exposición-efecto.
b) Proponer métodos, instrumentos de
prevención e indicadores de impacto tendientes al monitoreo de la actividad.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
6. Evaluación de las Propuestas
Las propuestas de proyectos
presentados serán estudiadas y evaluadas por el Comité Evaluador conforme los
siguientes criterios:
• Conformidad de la presentación con
lo prescrito en la Resolución S.R.T. Nº 512/01 y esta resolución;
• Coherencia de la propuesta con las
líneas consideradas prioritarias;
• Antecedentes
institucionales/personales en la materia en la que se pretende cooperación;
• Coherencia interna y pertinencia de
la metodología con el objetivo;
• Originalidad de la propuesta.
Si resultase necesario, la
Coordinación del Programa de Promoción de la Investigación, Formación y
Divulgación sobre Riesgos del Trabajo convocará a personas/instituciones para
requerir información complementaria respecto de la propuesta.
7. Resultados de la evaluación de las
propuestas.
De las presentaciones puede resultar
que alguna de las líneas no cuente con postulaciones, o que el Comité Evaluador
considere que no reúna la calidad pretendida. En este caso la línea se
considerará desierta. Las cifras asignadas para la/s líneas consideradas
desiertas podrán ser reasignadas para el resto de las líneas a propuesta del
Comité Evaluador y con la conformidad del Instituto de Estudios Estratégicos y
Estadísticas.
Si hubiese más de una presentación
que resultara de interés, para algunas o todas las líneas, el Comité Evaluador
con la conformidad del Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas
efectuará un ordenamiento de las mismas objetivando las razones para la
clasificación de prioridad adoptada. De acuerdo a los recursos provistos podrá
definirse cooperación para el proyecto calificado en primer lugar o para más de
un proyecto sobre la misma línea, siempre y cuando signifiquen aportes
diferentes a la problemática abordada.
El Comité Evaluador emitirá un
dictamen técnico, con los resultados de la evaluación de las propuestas, el que
será elevado al Señor Superintendente, en un plazo máximo de NOVENTA (90) días
corridos a partir del vencimiento del plazo para la presentación de los
proyectos. Con la conformidad expresa del Señor Superintendente con relación al
dictamen elevado, se procederá a comunicar a los postulantes los resultados de
las evaluaciones de los proyectos.
Toda presentación o requerimiento
sólo podrá realizarse por nota escrita, ingresada por la Mesa de Entradas del
Organismo.
8. Comunicación a los interesados.
Las instituciones/personas cuyos
proyectos hayan sido seleccionados para la cooperación económica serán
notificados en forma fehaciente.
9. Ejecución de los acuerdos.
Los compromisos entre las partes, a
los efectos de la realización de los proyectos seleccionados, se formalizarán a
través de la suscripción de Convenios, en los términos previstos en el Anexo II
de la presente Resolución —modificatorio del Anexo III de la Resolución S.R.T.
Nº 512/01—.
La firma de los convenios se
realizará en acto público.
Los convenios se cumplirán
inexorablemente, no admitiéndose demoras o modificaciones que no hayan sido
debidamente fundamentadas. Por este último concepto se entenderá a la
enunciación, en términos específicos, de los motivos que provocaron la
postergación del envío de los avances, a los que deberá adjuntarse la
documentación de respaldo. Estos elementos aportados por el investigador deberán
ser ingresados por Mesa de Entradas del Organismo, en forma fehaciente.
Asimismo, la aceptación de tal demora será comunicada fehacientemente por esta
S.R.T., a través del Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas.
En los casos en que no se cumplieran
los plazos en tiempo y forma y no se respetaran los procedimientos señalados en
el párrafo anterior, a partir del primer día hábil de la fecha prevista para su
presentación, la S.R.T. podrá declarar la caducidad automática del acuerdo, sin
necesidad de notificación alguna. Los informes de avances deberán adecuarse
estrictamente al cumplimiento de cada etapa, si ello no fuese así, el informe no
será aprobado y la S.R.T. podrá declarar la caducidad automática de la
asignación de la línea de investigación, dando por rescindido el acuerdo.
10. Recursos Disponibles.
La suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA
MIL ($ 270.000).
Los montos que se consignan en este
Anexo tendrán como destino el conjunto de estudios que se seleccionen para cada
línea.
11. Plazo de ejecución de los
proyectos, informes y formas de pago.
El plazo máximo de extensión de las
investigaciones no superará el año calendario contado a partir de la firma del
convenio. Durante ese período de tiempo los beneficiarios presentarán CUATRO (4)
informes de avance y un informe final.
Los informes serán evaluados por el
Comité Evaluador y este dará su conclusión por escrito al Instituto de Estudios
Estratégicos y Estadísticas quien, a su vez, la comunicará a los investigadores.
El informe final se presentará en un plazo máximo de un mes a partir de la
finalización de la investigación.
El informe final deberá ser
presentado en papel y en disquete o Cd en formato Word "sólo lectura". Conforme
con el esquema anterior, los pagos se efectuarán considerando el siguiente
esquema:
DIEZ POR CIENTO (10%) contra la
aprobación del primer informe de avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser
aprobado el segundo informe de avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser
aprobado el tercer informe de avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser
aprobado el cuarto informe de avance.
CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) al
ser aprobado el informe final.
En caso que el estudio/producto se
obtuviera antes del año, el Comité Evaluador podrá poner a consideración del
Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas que comunicará al
Superintendente la liquidación de lo que restase al momento de la aprobación
final.
12. Cronograma.
ANEXO II
MODELO DE CONVENIO
Entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO, representada en este acto por el Sr. Superintendente,
……………………………….. en adelante LA S.R.T., con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº
751, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina y (denominación
de la institución o persona contraparte), representada en este acto por el Sr.
(nombre y cargo de la persona que suscribe), en adelante LA CONTRAPARTE, con
domicilio en la calle (domicilio de la contraparte), y
CONSIDERANDO:
- El interés común entre las partes
de contribuir al fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo.
- La necesidad de promover y
facilitar políticas y acciones de prevención que contribuyan al aumento de la
seguridad y la salud en el trabajo.
- La importancia de aunar esfuerzos
en la prosecución de los objetivos comunes.
- Los objetivos y mecanismos de
gestión previstos por el Programa de Promoción de la Investigación, Formación y
Divulgación sobre Riesgos del Trabajo.
ACUERDAN:
En suscribir el presente Convenio de
Cooperación, que será regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La S.R.T. y la contraparte
convienen en complementar sus esfuerzos con el fin de desarrollar la
investigación ……………………………..
SEGUNDA: La cooperación técnica y
académica entre las partes se desenvolverá conforme a los procedimientos y
mecanismos de gestión del de Programa de Promoción de la Investigación,
Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo que la contraparte declara
conocer y aceptar.
TERCERA: El proyecto oportunamente
presentado por la contraparte y aprobado por la S.R.T. conforme a los
procedimientos y mecanismos referidos en la cláusula anterior se incorpora al
presente como Anexo. Las partes se comprometen a cumplir en tiempo y forma con
los objetivos, actividades, tareas, cronograma de ejecución, aporte de recursos
y costos establecidos en dicho proyecto.
CUARTA: Los pagos que la S.R.T. deba
realizar en virtud del presente convenio serán efectuados a través de la Cuenta
Unica del Tesoro, conforme establece la normativa vigente, razón por la cual la
contraparte deberá ajustarse a la misma.
QUINTA: La contraparte remitirá a la
Coordinación del Programa la memoria o informe técnico con los resultados de la
actividad realizada en el plazo máximo de un mes a partir de su finalización.
SEXTA: Los resultados del proyecto
tendrán un tratamiento confidencial y serán propiedad de la S.R.T., quien podrá
disponer libremente de los mismos mencionando el presente Convenio. La
contraparte se compromete a no realizar publicaciones sin la autorización
expresa de la S.R.T.
SEPTIMA: La contraparte facilitará a
la S.R.T. toda la información necesaria para que ésta realice el seguimiento y
la evaluación del desarrollo del proyecto. Todo cambio, modificación o
alteración de aspectos que hacen al desarrollo de la investigación, deberá ser
informado a esta S.R.T. Cuando el cambio, modificación o alteración se deba a
causas imprevisibles o de fuerza mayor, deberá ser informado fehacientemente en
cuanto el hecho causante del cambio, modificación o alteración tenga lugar. Si
como resultado del seguimiento se aprecian circunstancias que hagan prever la
imposibilidad de llevar a cabo las actividades previstas, podrá interrumpirse la
financiación, así como rescindirse unilateralmente el presente e iniciarse las
acciones legales que procedan.
OCTAVA: La S.R.T. y la contraparte
declaran irrevocablemente que durante la vigencia del presente Convenio se
desempeñarán en forma autónoma e independiente y que la relación que establecen
no podrá ser considerada o entendida en ningún caso, como sociedad y/o
asociación, sea transitoria o definitiva, y que conservarán su total
independencia e individualidad jurídica y administrativa. No existirá entre
ellas, ni podrá presumirse, solidaridad alguna, y la responsabilidad de cada
parte frente a terceros será atribuible exclusivamente por los hechos u
omisiones de la actuación de cada parte. Las partes serán responsables de sus
respectivas obligaciones impositivas, salariales, laborales y comerciales.
NOVENA: En caso que la contraparte
incumpla cualquiera de las obligaciones asumidas en este acuerdo, la S.R.T.
tendrá a su cargo la determinación de la gravedad del incumplimiento de que se
trate, pudiendo aplicar mediante decisión fundada alguna de las siguientes
sanciones: cancelación de la financiación o rescisión del acuerdo sin derecho a
indemnización alguna para la contraparte. Para la aplicación de las sanciones,
el Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticos de la S.R.T. someterá a la
consideración del Comité Evaluador toda circunstancia que pudiera constituir un
incumplimiento.
DECIMA: Las partes constituyen
domicilio en los indicados al comienzo y se someten, para dirimir cualquier
divergencia que pudiera suscitarse en el presente convenio, una vez agotadas
todas las instancias administrativas, a la Jurisdicción de los Tribunales con
competencia Federal en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal,
renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, se firman
DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
En Buenos Aires, a los ……… días del
mes de ……………………… del año dos mil……… |