Superintendencia
de Riesgos del Trabajo
RIESGOS
DEL TRABAJO - OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO-RECTIFICACION
Resolución
(SRT) 627/05. Del 11/4/2005. B.O.: 13/4/2005. Rectificar en su parte
pertinente —dirección donde funcionarán Ias OFICINAS DE HOMOLOGACION Y
VISADO de la ciudad de MENDOZA— el artículo 2° de la Resolución S.R.T.
N° 445/05, consignándose que en donde
dice: "...Pedro Molina 546…", debe decir: "...Pedro Molina
561...".
Bs.
As., 11/4/2005
VISTO
el Expediente N° 1407/03 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley N° 24.557, la Resolución S.R.T. N° 445 de
fecha 21 de marzo de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que
a través de la Resolución S.R.T. N° 445/05 se habilitó la apertura de
OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO en la ciudad de MENDOZA, Provincia homónima,
a partir del día 22 de marzo de 2005, las cuales estarán adscriptas a la
Comisión Médica Jurisdiccional N° 4.
Que
asimismo se dispuso que dichas oficinas, funcionarán en el local ubicado en
la calle Pedro Molina N° 546 de dicha ciudad, de lunes a viernes, de 8 a
18.
Que
habiéndose constatado un error en el artículo 2° de la Resolución de
marras, en cuanto a la dirección de las citadas oficinas, corresponde
rectificar el texto de la misma, debiéndose declarar como correcta la
dirección de Pedro Molina N° 561, a fin de proceder a realizar el ajuste
de la irregularidad detectada.
Que
la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por
el artículo 36 inciso c) de la Ley N° 24.557.
Por
ello,
EL
SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO
1º — Rectificar en su parte pertinente —dirección donde funcionarán
Ias OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO de la ciudad de MENDOZA— el artículo
2° de la Resolución S.R.T. N° 445/05,
consignándose que en donde dice: "...Pedro Molina 546…", debe
decir: "...Pedro Molina 561...".
ARTICULO
2º — De forma.
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