Superintendencia de Riesgos del
Trabajo
RIESGOS DEL TRABAJO -
PROCEDIMIENTO PREVENTIVO Y TRATAMIENTO DE ESTRES POST TRAUMATICO
- RESOLUCION Nº 558/09 - MODIFICACION
Resolución (SRT) 65/11. Del
3/2/2011. B.O.: 15/2/2011. Modificación de la Resolución Nº 558/09 en relación
con el procedimiento de prevención y tratamiento del estrés post traumático
suscitado a raíz de determinados accidentes.
Bs. As., 3/2/2011
VISTO el Expediente Nº 12.949/08 del
Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº
24.557, las Resoluciones S.R.T. Nº 558 de fecha 22 de mayo de 2009 y Nº 330 de
fecha 25 de febrero de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 24.557 se
confirió a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la
responsabilidad de actuar en carácter de órgano de regulación y contralor del
régimen de prevención y cobertura de riesgos del trabajo.
Que conforme lo establecido en los
incisos a) y b) del apartado 2º del artículo 1º de la citada ley, constituyen
objetivos del Sistema de Riesgos del Trabajo, la reducción de la siniestralidad
laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo y la
reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y de enfermedades
profesionales, incluyendo la rehabilitación del trabajador damnificado.
Que en cumplimiento de dichos
objetivos, se dictó la Resolución SRT Nº 558 de fecha 22 de mayo de 2009, que
aprobó un procedimiento de prevención y tratamiento del estrés post traumático
que se suscite a raíz de los acontecimientos que detalla la norma.
Que con posterioridad se dictó la
Resolución SRT Nº 330 de fecha 25 de febrero de 2010, mediante la cual se
instruyó al Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas para que active
los mecanismos tendientes a modificar la Resolución SRT Nº 558/09, en lo
ateniente a las figuras de "hechos violentos" y "personal de a bordo".
Que en virtud de ello, el Instituto
de Estudios Estratégicos y Estadísticas entendió pertinente suprimir de la
Resolución S.R.T. Nº 558/09, las figuras mencionadas en el párrafo precedente.
Que para ello resulta necesario
sustituir el texto del artículo 1º de la Resolución S.R.T. Nº 558/09 y del
artículo 5º de su Anexo.
Que la Gerencia de Asuntos Legales
intervino en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de
las facultades conferidas en el apartado 1° del artículo 36 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL
TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustitúyase el artículo
1º de la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 558 de
fecha 22 de mayo de 2009 por el siguiente:
"ARTICULO 1º.- Aprobar el
procedimiento de prevención y tratamiento del estrés post traumático suscitado a
raíz de accidentes por arrollamiento de vehículos y/o personas, descarrilamiento
y/o colisión de formaciones en el ámbito de ferrocarriles, subterráneos y
premetro cuyo resultado sea la muerte o lesiones de la o las víctimas y/o donde
se haya puesto en riesgo la vida del conductor, conductor especializado,
ayudante de conductor, aspirante a preconductor o jefe de tren, conforme lo
dispuesto en el Anexo que forma parte de la presente resolución.".
Art. 2º — Sustitúyase el ARTICULO 5º
del Anexo de la Resolución S.R.T. 558/09 por el siguiente: "ARTICULO 5º.- El
empleador además deberá realizar, por intermedio de profesionales idóneos,
Cursos de Capacitación sobre el Trastorno de Estrés Post Traumático
(Psicoeducación) de los que participarán:
. Todos los trabajadores que se
desempeñen como: conductor, conductor especializado, ayudante de conductor,
aspirante a preconductor y jefe de tren.
Y todos los aspirantes a:
. conductor
. conductor especializado
. ayudante de conductor
. preconductor
. jefe de tren
. y en todos los casos en que se
produzca un cambio de puesto de trabajo dentro de los mencionados."
Art. 3º — La presente resolución
entrará vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H.
González Gaviola.
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