Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable
POLITICA AMBIENTAL
- MANEJO SUSTENTABLE DE
NEUMATICOS
Resolución
(MAYDS) 523/13. Del 6/5/2013. B.O.: 17/5/2013.
Política Ambiental.
Manejo Sustentable de Neumáticos. Establece definiciones y
lineamientos, para el desarrollo de una estrategia nacional
referida al Manejo Sustentable de Neumáticos en su Ciclo de
Vida, particularmente los Neumáticos de Desecho.
Bs. As., 6/5/2013
VISTO Y
CONSIDERANDO…
Por ello,
EL SECRETARIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo 1°
- Establécense
definiciones y lineamientos, para el desarrollo de una
estrategia nacional referida al Manejo Sustentable de Neumáticos
en su Ciclo de Vida, particularmente los Neumáticos de Desecho.
Art. 2°
- A los
fines de esta resolución se entiende por:
Neumático:
Elemento constituido básicamente por caucho y materiales de
refuerzo, que se monta sobre una llanta para ser utilizado en el
rodamiento de todo tipo de vehículos.
a) Neumático
Usado: Neumático que ya fue rodado, y que por sus
características conserva la capacidad para seguir haciéndolo.
b) Neumático
fuera de uso (NFU): Neumático usado cuyo estado de desgaste no
reúne las condiciones para seguir siendo utilizado como tal, que
es almacenado por el consumidor o usuario final y que mediante
un proceso de reconstrucción puede ser reutilizado para su
rodamiento.
c) Neumáticos
reconstruidos: Son aquellos, neumáticos sometidos a un proceso
de reparación que permite extender la vida útil de un neumático
usado. De acuerdo con las definiciones de la norma conjunta
INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION (IRAM)
113323 y MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) NM 225, el neumático
reconstruido es un neumático usado que fue sometido por uno de
los siguientes procesos para reutilización de su carcasa:
1.- Recapado,
proceso por el cual un neumático es reconstruido por sustitución
de su banda de rodamiento;
2.- Recauchutado,
proceso por el cual un neumático es reconstruido por sustitución
de su banda de rodamiento y de sus hombros;
3.- Remoldeado,
proceso por el cual un neumático es reconstruido por sustitución
de su banda de rodamiento, de sus hombros y de toda la
superficie de sus costados, este proceso también es conocido
como recauchutaje de talón a talón.
d) Neumáticos de
Desecho (ND): Son aquellos neumáticos que no pueden usarse para
el propósito que se fabricaron originalmente careciendo de
condiciones técnicas necesarias para un proceso de
reconstrucción, o aquellos que su poseedor ha transformado en
desecho/residuo por propia decisión.
e) Descarte (D):
Se incluye en esa definición al material de descarte de caucho
(scrap) generado en el proceso de fabricación o producción, y
reconstrucción de neumáticos (esté o no vulcanizado).
f) Productor de
neumáticos: toda persona física o jurídica, pública o privada,
que fabrique y/o coloque en el mercado neumáticos y/o los
importe al territorio nacional;
g) Consumidor o
Usuario final: Es la persona física o jurídica, pública o
privada, que utiliza neumáticos y genera neumáticos fuera de uso
y de desecho.
h) Manejo
ambientalmente racional de neumáticos como producto, usado,
fuera de uso y de desecho: la adopción de todas las medidas,
actividades y procesos posibles para garantizar que los
neumáticos se gestionen de manera que queden protegidos el
ambiente y la salud humana contra los riesgos, impactos
negativos significativos o daños que de ellos pueda derivarse y
que priorizan los principios de prevención, reducción de
fuentes, proximidad, ciclo de vida integrado, responsabilidad
extendida del Productor y las mejores prácticas y técnicas
disponibles ambientales asociadas a su producción, uso, consumo,
transformación, valorización (reutilización y reciclaje),
tratamiento (desmontaje, desarmado, desensamblado, trituración,
valorización) y disposición final,
i)
Transformación: Es el tratamiento físico y/o químico o combinado
de los neumáticos de desecho para modificar sus características
o aprovechar sus componentes y/o su potencial.
j) Reutilización:
Toda operación que permita prolongar el uso del neumático de
desecho o el de algunos de sus componentes, en una aplicación
distinta a la original.
k) Reciclaje:
Todo proceso de extracción y transformación de los componentes
y/o elementos de los neumáticos de desecho para su utilización
como insumo o materia prima de otro proceso productivo en una
aplicación distinta a la original.
I) Tratamiento:
toda actividad de desmontaje, desarmado, desensamblado,
trituración, valorización o preparación para su disposición
final y cualquier otra operación que se realice con tales fines;
m) Valorización:
toda acción o proceso que permita el aprovechamiento de los
neumáticos, así como de los materiales que los conforman,
siempre que no represente un impacto negativo significativo al
ambiente o la salud humana. Se encuentran comprendidos en la
valorización los procesos de reutilización y reciclaje;
n) Recuperación
energética: aprovechamiento de la energía residual de los
residuos.
o) Disposición
Final: destino último —ambientalmente seguro— de los elementos
residuales que surjan como remanente del tratamiento de
neumáticos de desecho.
p) Mejores
Técnicas Disponibles (MTD): las prácticas más eficaces y
avanzadas de desarrollo de las actividades y de sus modalidades
de explotación, que demuestren la capacidad de evitar o, cuando
ello no sea posible, reducir en general los riesgos e impactos
ambientales negativos o daños ambientales. También se entenderá
por:
• “Técnicas” la
tecnología utilizada junto con la forma en que la actividad,
explotación o instalación industrial o de servicio es diseñada,
construida, mantenida, operada y/o desmantelada.
• “Disponibles”:
las técnicas desarrolladas a una escala que permita su
aplicación en el contexto del sector industrial o de servicios
correspondiente, en condiciones económica y técnicamente
viables, tomando en consideración los costos y los beneficios.
• “Mejores”: las
técnicas más eficaces para alcanzar un alto nivel general de
protección al ambiente en su conjunto.
Art. 3°
- La
Gestión de Neumáticos deberá regirse por los lineamientos
generales ambientales que se transcriben a continuación:
a) Reducción de
fuentes: la generación de los neumáticos de desecho y el
descarte deberá prevenirse y minimizarse en términos de su
cantidad y potencial de causar riesgos e impactos negativos
significativos o daños al ambiente o la salud humana, mediante
un adecuado diseño e innovación en los procesos productivos y
los productos y sistemas adecuados de recolección para el
tratamiento, valorización, y disposición final.
b) Ciclo de vida
integrado: los neumáticos deberán manejarse de manera tal que se
prevengan y minimicen los riesgos, impactos negativos
significativos y daños al ambiente o la salud humana durante
todas las actividades que se desarrollen en su ciclo de vida
(producción, uso, reutilización, reciclaje, valorización,
tratamiento y/o disposición final). Esto se maximizará a través
de la aplicación de las mejores técnicas disponibles (MTD) y
mejores prácticas ambientales (MPA).
c) Proximidad: el
tratamiento de los neumáticos de desecho deberá realizarse en
los sitios adecuados más cercanos posibles al lugar de su
generación.
d)
Responsabilidad extendida del Productor: es la asignación de la
carga de la gestión ambiental a los Productores, a lo largo de
todo el ciclo de vida del producto incluida la etapa
post-consumo.
e) Prevención:
Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se
atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir
los efectos negativos que sobre el ambiente se puedan producir.
Dicha prevención se jerarquizará en función del riesgo.
Art. 4°
- El
ciclo de vida de los neumáticos se extiende desde el diseño
hasta la gestión ambientalmente responsable de sus desechos,
comprendiendo entre otras, las siguientes etapas:
a) Diseño de
neumáticos;
b) Producción e
importación de los neumáticos;
c) Puesta en el
mercado de los neumáticos;
d) Utilización de
los neumáticos por parte de los usuarios;
e) Acopio
transitorio antes de su destino final;
f) Entrega de los
neumáticos a centros habilitados para su reconstrucción;
g) Retiro del
mercado de los neumáticos de desecho;
h) Transformación
de los neumáticos de desecho para recuperar sus componentes o
aprovechar su potencial;
i) Utilización de
los componentes recuperados;
j) Disposición
final de los materiales o constituyentes que ya no sean
utilizables.
Art. 5°
- El
abandono y vertido de neumáticos no autorizado, la quema a cielo
abierto y el depósito en rellenos sanitarios de neumáticos
enteros (con exclusión de aquellos utilizados como elementos de
protección en los propios rellenos sanitarios) serán
consideradas acciones no ambientalmente racionales, que
constituyen un manejo inadecuado, contrarias e incompatibles con
las disposiciones de la Ley de Política Ambiental Nacional Nº
25.675.
Art. 6°
- Se
establece la siguiente jerarquía como orden de prioridad en
materia de manejo de neumáticos en su ciclo de vida en
particular para los neumáticos de desecho:
a. Prevención y
minimización
b. Reutilización
c. Reciclado
d. Recuperación
Energética
e. Disposición
Final
Sólo podrá
apartarse de dicha jerarquía cuando se justifiquen motivos de
factibilidad técnica, viabilidad económica y protección
ambiental, entre otros.
En el Anexo I se
grafica la jerarquía establecida.
Art. 7°
- A
título enunciativo, se consideran actividades de manejo
ambientalmente racionales de los neumáticos de desecho a las
acciones que se listan a continuación, siempre y cuando cuenten
con la aprobación de la autoridad competente:
A).
Aprovechamiento de neumáticos de desecho enteros:
• En escolleras y
rompeolas artificiales.
• En control de
erosión.
• En barreras
acústicas.
• En barreras de
contención contra colisiones (autódromos, puertos, entre otros).
• En aplicaciones
de ingeniería civil.
El manejo de los
neumáticos de desecho deberá ser tal que no se permita la
acumulación de agua en su interior para evitar, especialmente,
la proliferación de insectos.
B).
Aprovechamiento de neumáticos de desecho triturados:
• En superficies
deportivas.
• En patios de
juegos.
• En pisos de
seguridad.
• Recubrimiento
de contenedores para flete marítimo.
• En asfaltos
modificados.
• En pavimentos
de hormigón de cemento.
C).
Aprovechamiento como fuente de energía (mediante adecuado
tratamiento de efluentes gaseosos):
• Como
combustible alternativo en hornos de cemento.
• Como
combustible alternativo en plantas de generación eléctrica.
• Como
combustible alternativo en procesos industriales.
Art. 8°
- Facúltase a la SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION
AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION a participar
institucionalmente como representante de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ante organismos e
instituciones del ámbito público o privado que traten el
análisis y promoción de tecnologías ambientalmente responsables,
el desarrollo e implementación de programas, establecimiento de
recomendaciones o dictámenes técnicos asociados con las mejores
prácticas y técnicas ambientales disponibles referidas al manejo
ambientalmente racional de los neumáticos en todo su ciclo de
vida, especialmente el Centro INTI Caucho del INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).
Art. 9°
- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
ANEXO I
Jerarquía de
Manejo de Neumáticos en su ciclo de vida
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