Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.
SALUD PUBLICA -
DISP. 7292/98 - MODIFICACION
Disposición (ANMAT)
5152/01. Del 24/9/2001. B.O.: 2/10/2001. Modifícase la Disposición Nº
7292/98 que regula los requisitos que se deben cumplimentar a los fines
de registro de los productos de uso doméstico.
Bs. As., 24/9/2001
VISTO el Tratado de Asunción,
el protocolo de Ouro Preto, la Resolución Mercosur GMC N° 49/99, la
Disposición ANMAT N° 7292/98 y el Expediente N° 1-47-2110-2865-01-6 del
Registro de esta Administración Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del MERCOSUR
se ha dictado la Resolución GMC N° 49/99 por la que se aprobó el
Reglamento Técnico para productos desinfestantes (plaguicidas)
domisanitarios.
Que resulta necesario adecuar
la legislación nacional con referencia al rotulado de productos
desinfestantes.
Que a esos efectos
corresponde modificar la Disposición ANMAT N° 7292/98 que regula los
requisitos que se deben cumplimentar a los fines de registro de los
productos de uso doméstico.
Que el Instituto Nacional de
Alimentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención
que les compete.
Que se actúa en virtud de las
facultades conferidas por el Decreto 1490/92, el Decreto 847/00 y por
los artículos 2° y 8° de la Resolución (MS y AS) N° 709/98.
Por ello,
LA COMISION INTERVENTORA DE
LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA
MEDICA
DISPONE:
Artículo 1° - Sustitúyase el
texto de rótulos del Anexo X correspondiente a "ROTULOS PARA PRODUCTOS
DESINFESTANTES DE RIESGO IIA y IIB" de la Disposición ANMAT N°
7292/98,
el cual quedará redactado como el Anexo I de la presente Disposición.
Art. 2° - La presente
Disposición entrará en vigencia al día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial.
Art. 3° - Invítase a las
Provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires a adherir
a la presente Disposición.
Art. 4° - Comuníquese
mediante copia autenticada de la presente Disposición a la Secretaría
General Administrativa del MERCOSUR con sede en la ciudad de Montevideo
para el conocimiento de los Estados Parte a los fines de lo dispuesto en
los Artículos 38 y 40 del protocolo de Ouro Preto.
Art. 5° - Comuníquese
mediante copia autenticada al Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto - Secretaría Administrativa del Grupo
Mercado Común - Sección Nacional.
Art. 6° - De forma.
ANEXO I
TEXTO DE ROTULOS PARA
PRODUCTOS DESINFESTANTES DE RIESGO IIA Y IIB
PANEL PRINCIPAL
DENOMINACION DEL PRODUCTO
(insecticidas, raticidas, etc.)
MARCA
Para productos de Venta
Profesional: PROHIBIDA SU VENTA LIBRE.
Frase de advertencia: Situada
a 1/10 de altura arriba del margen inferior del rótulo, en letra
mayúscula y negrita, no menor a 3 mm y contrastante con el color de
fondo.
ANTES DE USAR LEA CON
ATENCION LAS INSTRUCCIONES DEL ROTULO
ATENCION CUIDADO
(INSECTICIDAS Y REPELENTES)
CUIDADO VENENO (RATICIDA) y
deberá ser acompañada por la figura de la calavera
MANTENER FUERA DEL ALCANCE DE
LOS NIÑOS
Contenido neto
INFORMACIONES OBLIGATORIAS
(éstas pueden ser incluidas en el panel principal o secundario)
Producto X es eficaz contra
PELIGROSA SU INGESTION,
INHALACION O ABSORCION POR LA PIEL (según el caso)
Modo de aplicación o uso
Frases Generales
Orientativas:
No aplicar sobre los
alimentos, utensilios de cocina, platos o acuarios.
No fumar o comer durante su
aplicación.
En caso de intoxicación,
concurrir al Centro de Intoxicaciones o Servicio de Salud, llevando el
envase o el rótulo del producto.
Mantener el producto fuera
del alcance de los niños y de los animales (resaltado o en negrita)
No volver a utilizar los
envases vacíos.
Mantener el producto en su
envase original.
En caso de contacto directo
con el producto, lavar con abundante agua y jabón.
En caso de contacto directo
con los ojos, lavar inmediatamente con abundante agua corriente.
Si se inhala en exceso,
retirar a la persona a un lugar ventilado.
FRASES ESPECIFICAS
ORIENTATIVAS:
Agite bien antes de usar
(según el caso)
En el caso de un producto
líquido comprimido, incluir:
Inflamable! No perforar el
envase, aunque esté vacío.
Proteja los ojos durante la
aplicación.
En el caso de un producto
líquido comprimido o no comprimido con características inflamables,
incluir:
No arrojar al fuego o al
incinerador.
Peligroso si es aplicado
próximo a las llamas o superficies calientes.
En el caso de insecticidas
que contienen destilado de petróleo (Kerosene, nafta y otros) agregar:
Su ingestión puede ser fatal.
En caso de ingestión accidental no provoque el vómito.
En el caso de insecticidas
líquidos comprimidos o no, agregar:
Durante la aplicación evitar
la presencia de personas y animales domésticos.
En el caso de cebos o polvos
de contacto, agregar:
Sólo utilizar en lugares de
difícil acceso para los niños y los animales.
En el caso de raticidas,
agregar:
En caso de ingestión
accidental provoque inmediatamente el vómito
En el caso de Repelentes se
deberá agregar:
No toque el repuesto con el
aparato conectado. No lo cubra ni introduzca objetos (según el caso).
Lavar las manos con agua y
jabón después de aplicar el producto.
Este producto no puede ser
utilizado en ambientes con poca ventilación, ni en presencia de personas
asmáticas o alérgicos respiratorios.
Mantener la cabeza a una
distancia mínima de 2 metros del punto de liberación del producto.
En caso de productos
desinfestantes de Uso Profesional, agregar:
· Advertir a los usuarios de
las instalaciones sobre las medidas de seguridad y precauciones a tener
en cuenta para evitar accidentes.
· Usar ropa protectora
adecuada, guantes de goma, protección ocular y respiratoria (según el
caso).
· VENTA Y USO RESTRINGIDOS A
PROFESIONALES (ubicada en el panel principal, ocupando un área igual a
la ocupada por el nombre comercial y con un mínimo de 1/10 de la altura
del panel principal).
· Modo de eliminación y
desactivación del tóxico en caso de derrame (según el caso).
· Condiciones de
almacenamiento (según el caso).
· Para productos rodenticidas
superwarfarínicos
· Deberán cumplimentar las
exigencias de la Disposición ANMAT N° 3143/97.
Indicaciones para uso médico
Grupo
químico: ______________ Nombre común:
_________________________________________
Antídoto: ___________ Teléfono de emergencia de Centros
Toxicológicos (de los países donde se comercializa el
producto)*: ____________________________________ |
* Opcionalmente se podrá
indicar fuera del recuadro.
Obligatoriamente este cuadro
deberá tener una altura equivalente a 1/10 de la altura superior del
panel principal y marca inferior a 2 cm.
Composición:
Ingredientes activos en su
denominación común, concentración en % p/p. Sustancias de interés
toxicológico. Solventes y propelentes según el caso.
Número de Registro otorgado
por la Autoridad Sanitaria Competente (RNPUD)
Lote/ Fecha de fabricación/
Vencimiento (debe ser impreso de manera indeleble directamente en el
envase o en el rótulo).
Fabricado por:..... Indicar
Nombre, domicilio y teléfono.
N° de RNE del establecimiento
que corresponda.
Importado y Distribuido
por.....: Indicar nombre, domicilio y teléfono.
Origen
— FE DE ERRATAS —
ADMINISTRACION NACIONAL DE
MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposición Nº 5152/2001 –
ANMAT
En la edición del 2 de
octubre de 2001, donde se publicó la citada Disposición se deslizó el
siguiente error de imprenta, tanto en los Considerandos como en el
Artículo 1º y el ANEXO I:
DONDE DICE: …desinfectantes…
DEBE DECIR: …desinfestantes… |