Ministerio de Salud
SALUD PUBLICA - PLAN
NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016
Resolución (MS) 867/12. Del 13/6/2012. B.O.:
27/6/2012. Apruébase el Plan Nacional de Chagas 2011-2016.
Bs. As., 13/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1-2002-16708/11-0 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita la Aprobación del
PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.
Que el 18 de diciembre de 1950 se crea, en órbita del entonces
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA NACION, el Comité Directivo de
Investigaciones y Profilaxis de la Enfermedad de Chagas con el objetivo
de canalizar los programas técnicos por intermedio de un organismo
técnico-administrativo capacitado para la atención específica del
problema de Chagas.
Que por Decreto 2177 de fecha 8 de julio de 1952 se crea el Servicio
Nacional de Profilaxis y Lucha contra la Enfermedad de Chagas quien
sería el encargado de la aplicación, cumplimiento y vigilancia de los
Programas de Chagas.
Que en el año 1961, en la Provincia Catamarca, se evaluaron las
actividades de control realizadas hasta la fecha y se entregaron fondos
para los Programas de Lucha contra la Enfermedad de Chagas-Mazza a ONCE
(11) provincias del centro y norte del país.
Que por Resolución de la ex SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD PUBLICA Nº
2008 el 25 de marzo de 1968 se dispuso la creación del Centro de
Patología Regional en la Ciudad de Córdoba.
Que en noviembre de 1972 se conforma el Programa Nacional de Chagas
incorporando DIECINUEVE (19) estados provinciales endémicos, con una
estrategia vertical: la organización centralizada y las acciones
ejecutadas verticalmente por personal de cada uno de los servicios de
Chagas.
Que mediante la Ley Nº 26.281 de fecha 4 de setiembre de 2007 se declara
de Interés Nacional y se asigna carácter prioritario a la prevención y
control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas
hasta su definitiva eliminación como problema de Salud Pública en el
marco de la política nacional del MINISTERIO DE SALUD, cuya
reglamentación está en proceso de aprobación.
Que por Resolución Ministerial Nº 1687 del 26 de octubre de 2006 se
establece nueva denominación como Programa Nacional Concertado de
Prevención y Asistencia Integral a la Enfermedad de Chagas: “Argentina
Justa” Argentina “sin Chagas” y posteriormente, mediante su
modificatoria Resolución Ministerial Nº 1543 del 3 de diciembre de 2008
se sustituye la denominación por la de “Programa Nacional de Chagas”.
Que la Resolución Ministerial Nº 719 del 27 de noviembre de 2010
establece las acciones de la Dirección de Enfermedades Transmisibles por
Vectores.
Que en el marco de la normativa vigente y en consecuencia, a los fines
de implementar el cumplimiento de la misma en todo el país, se ha
elaborado el PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.
Que el mencionado Plan ha sido elaborado y consensuado con los
referentes Técnicos Provinciales, Nacionales e Internacionales como así
también con los representantes de las Sociedades Científicas afines al
tema, previéndose instituir como asesoría Científico-Técnica al
INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN” de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.
CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION
E INSTITUTOS.
Que el mismo es considerado una herramienta fundamental por el enfoque
de gestión integral involucrando a todos los sectores sociales
relacionados con el control de esta problemática, la que está
relacionada con factores estructurales que hacen a la desigualdad
social.
Que en ese sentido, el Plan posibilitará el abordaje de la temática con
una visión totalizadora del control de la enfermedad de Chagas en todo
el país, en un proceso dinámico y sostenido de las acciones, encuadrado
en un espacio interinstitucional con alto grado de participación
comunitaria.
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA
DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS han prestado su conformidad al
referido Plan Nacional.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios, T.O. 1992, modificada por su
similar Nº 26.338.
Por ello,
El MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016 el que como
ANEXO I pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2° — La DIRECCION DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES POR VECTORES,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la
SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS, será el Area ejecutora y
responsable de la instrumentación y conducción del Plan.
Art. 3° — La Asesoría Científico-Técnica del presente Plan estará a
cargo del INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN”
de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR.
CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION
E INSTITUTOS.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se
imputará a la Partida Específica del Programa 37, Actividad 02 del
Presupuesto de este Ministerio y eventualmente de Organismos
Internacionales y de otras Instituciones que en el marco de la normativa
vigente puedan hacerlo.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y cumplido, archívese.
ANEXO I
PLAN 2011-2016
PARA EL CONTROL DE LA
ENFERMEDAD DE CHAGAS EN ARGENTINA
Programa Nacional de
Chagas Ministerio de Salud de la Nación Diciembre de 2010
Presidencia de la Nación
Cristina Fernández de Kirchner
Ministerio de Salud de la Nación
Juan Luis Manzur
Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios
Máximo Diosque
Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgos
Marina Kosacoff
Dirección de Enfermedades Transmisibles por Vectores
Sergio Sosa Estani
Programa Nacional de Chagas
Cynthia Spillmann
Héctor Freilij
Silvia Monserrat
El Plan Nacional para el Control de la Enfermedad de Chagas se ha
elaborado con el aporte técnico de los Programas Provinciales de Chagas
y el asesoramiento de expertos nacionales e internacionales, sociedades
científicas, organizaciones de la sociedad civil, universidades y la
Organización Panamericana de la Salud.
1. INTRODUCCION
A 100 años de haber sido descripta por primera vez, la infección por
Trypanosoma cruzi o enfermedad de Chagas continúa siendo un grave
problema de salud pública en muchos países de América Latina. Por
pérdida de calidad de vida por discapacidad (AVAD), esta enfermedad
ocupaba el quinto lugar de importancia entre las enfermedades
infecciosas en general en las Américas y el Caribe en 2001. La principal
vía de transmisión del parásito es a través del vector Triatoma
infestans (vinchuca). Sin embargo, la vía congénita ha ido aumentando su
incidencia a medida que mejoraba el control de la transmisión vectorial
y la transfusional.
El Programa Nacional de Chagas (PNCh) comenzó a funcionar en 1961, luego
de más de una década de investigación y desarrollo de varios programas
pilotos de control del vector. Entre 1961 y 1980, el PNCh llegó a contar
con 2000 técnicos distribuidos en 19 provincias, con un presupuesto
superior a los 100 millones de dólares americanos. La intervención
contra las transmisiones vectorial y transfusional produjo un descenso
de la prevalencia de infección por T. cruzi en los varones reclutados en
el servicio militar obligatorio desde el 10% en 1969 al 6% en 1981 y al
2% en 1993. A pesar de estas mejoras, se han seguido registrando casos
agudos vectoriales de enfermedad de Chagas por falta de un sistema
sostenido de vigilancia entomológica y reinfestación de las viviendas
tratadas.
En 1991 se implementó una estrategia horizontal para capacitar a 600
supervisores nacionales y provinciales del PNCh. Entre 1993-1998 se
realizaron casi 5000 talleres para entrenar unos 15.500 agentes
sanitarios o municipales y líderes, quienes junto a los técnicos del
PNCh trataron con insecticidas unas 675.000 viviendas. Hacia 2000 se
habían rociado cerca de un millón de viviendas e instalado la vigilancia
en más de 800.000. La infestación domiciliaria por T. infestans
disminuyó desde el 6,1% en 1992 al 1,2% en 1999. La notificación
nacional de casos agudos clínicamente detectables de enfermedad de
Chagas de origen vectorial fue de 22 casos en 1997, 19 en 1998, 2 en
1999 y 22 en 2000. La seroprevalencia de infección por T. cruzi en
menores de 15 años residentes en áreas rurales disminuyó del 6,3% al 2%
entre 1992 y 1999. En ese período, el número de controles de infección
por T. cruzi en sangre donada aumentó de 200.000 en 1991 a cerca de
500.000 en 2000, alcanzando a todos los servicios públicos. Además, se
normatizó el control de la mujer embarazada y el seguimiento del hijo de
mujer infectada, como así también el control de los donantes de órganos.
A partir de 2000 se observó una tendencia creciente en el número de
casos agudos vectoriales en el país debido a la disminución de las
actividades de control del vector (la tasa anual de rociado de viviendas
con insecticidas bajó de 140.000 viviendas en 1994 a menos de 65.000
entre 1998 y 2008) y a la baja cobertura de las acciones sostenidas de
vigilancia (menos del 40% de las viviendas de área endémica), todo esto
a consecuencia de reducciones de presupuesto y de la capacidad operativa
del Programa por déficit de recursos humanos y materiales y una gestión
inadecuada. Otros factores que contribuyeron al recrudecimiento de la
endemia fueron la crisis socioeconómica de 2001, la insuficiente
atención al problema y a la promoción y la prevención en los sistemas de
salud y los cambios de gestión en los programas.
Para interrumpir la transmisión es necesario optimizar las actividades
de control vectorial y no vectorial, con una vigilancia activa
permanente y con el diagnóstico y tratamiento oportuno de las personas
infectadas. La estrategia apropiada para lograr este objetivo es una
descentralización operativa local que involucre a las diferentes
instancias de gestión y servicios locales de salud, con la conducción,
normatización y supervisión técnica del nivel central nacional; y el
compromiso y la responsabilidad compartidos entre los niveles nacional,
provincial y municipal.
2. DIAGNOSTICO DE SITUACION
Las últimas estimaciones de casos (OPS, 2006) indican que en Argentina
habría 7.300.000 personas expuestas, 1.600.000 infectadas y más de
300.000 afectadas por cardiopatías de origen chagásico. La
seroprevalencia de infección por T. cruzi en embarazadas en el país fue
de 6,8 % en 2000 y de 4,2% en 2009. En base a estos datos, se estima que
cada año nacen 1300 niños infectados por transmisión congénita. Cabe
consignar que 9/10 niños tratados en fase aguda y 7/10 tratados en fase
crónica se curan. La prevalencia media de infección por T. cruzi en
niños menores de 14 años fue de 1,5% en 2009.
Si bien en 2009 y 2010 algunos indicadores relacionados con la
vigilancia entomológica y el control del vector han mejorado, las metas
consideradas aceptables no se han alcanzado aún. De la misma manera, los
indicadores relacionados con el control de la transmisión no vectorial y
la atención médica también han mejorado levemente. Actualmente, el
escenario nacional de la enfermedad de Chagas es el siguiente (ver
mapa):
• Situación de alto riesgo para la transmisión vectorial
Las provincias de Chaco, Formosa, Santiago del Estero, San Juan, Mendoza
y Córdoba presentan una reemergencia de la transmisión vectorial de
Chagas debido a un aumento de la infestación domiciliaria y a una alta
seroprevalencia en grupos vulnerables.
• Situación de riesgo moderado para la transmisión vectorial
Las provincias de Catamarca, Corrientes, La Rioja, Misiones, Santa Fe,
San Luis, Salta y Tucumán muestran una situación de riesgo intermedio
con un índice de reinfestación mayor al 5% en algunos departamentos, e
insuficiente cobertura de vigilancia en algunos casos.
• Situación de bajo riesgo para la transmisión vectorial
Las provincias de Jujuy, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén y Río Negro
lograron certificar la interrupción de la transmisión vectorial.
• Situación de riesgo universal
Las 24 jurisdicciones poseen riesgo de transmisión congénita derivado de
las migraciones internas e internacionales de países vecinos con elevada
endemicidad.
3. ESTRUCTURA DEL PLAN
Con el fin de disminuir la morbilidad y mortalidad de la enfermedad de
Chagas en Argentina, los Programas Nacional y Provinciales de Chagas han
elaborado un Plan de Intensificación de la Vigilancia y el Control de
esta enfermedad. El éxito de este Plan dependerá en gran medida de la
articulación vertical y transversal entre todos los niveles y ámbitos de
gobierno junto con la comunidad. La estructura del Plan comprende las
siguientes secciones:
(a) objetivos
(b) líneas estratégicas
(c) responsabilidades de los sectores involucrados
(d) matriz de metas, actividades e indicadores
(e) cronograma
(f) metas cuantificadas
4. OBJETIVOS
4.1. Objetivos generales
4.1.1. Interrumpir la transmisión del Trypanosoma cruzi.
4.1.2. Reducir la morbimortalidad por enfermedad de Chagas y su impacto
socioeconómico.
4.2. Objetivos específicos
4.2.1. Alcanzar y sostener la interrupción de la transmisión vectorial
del T. cruzi a través de la eliminación o reducción del vector en
domicilio y peridomicilio.
4.2.2. Sostener la interrupción de la transmisión por transfusión y
transplantes del T. cruzi.
4.2.3. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la
infección congénita.
4.2.4. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la
infección aguda y crónica.
4.2.5. Desarrollar y sostener estrategias generales y transversales a
todo el programa.
5. LINEAS ESTRATEGICAS
5.1. Estrategias para la prevención y control de la transmisión
vectorial (Objetivo I)
5.1.1. Vigilancia entomológica
La vigilancia entomológica permite la detección de infestación de
viviendas con triatominos y su posterior rociado químico de manera
oportuna según normas técnicas. Para la vigilancia se aplicarán dos
modalidades simultáneas:
5.1.1.1. Vigilancia Institucional: activa, programada, por muestreo, a
cargo de los Ministerios de Salud de Provincias y de Nación. Para su
implementación se requiere de la designación de referentes municipales o
departamentales y del fortalecimiento de los sistemas locales.
5.1.1.2. Vigilancia Comunitaria-Participativa: continua y exhaustiva del
total de las viviendas. El poblador notifica la presencia de vectores al
sistema formal (Estructura Municipal, de Salud o de Educación) y éste
debe garantizar una respuesta inmediata de control. La vigilancia
participativa debe ser incentivada y monitoreada por la vigilancia
institucional.
5.1.2. Control vectorial mediante rociado químico
El objetivo es la reducción o eliminación de la infestación de viviendas
con triatominos mediante la intensificación de las actividades de
control químico (rociado con insecticida) de las viviendas en áreas
endémicas de moderado y alto riesgo, con criterios de continuidad,
contigüidad y cobertura, ya sea de manera programada o como respuesta a
una denuncia de foco de infestación. Para esto se requiere de:
(a) la elaboración de un plan de rociado en forma de barrido, basado en
la estratificación de riesgo de cada provincia con trasmisión vectorial,
comenzando por los departamentos de alto y moderado riesgo. La
frecuencia del rociado se define según el riesgo de reinfestación.
(b) Disponer de recursos humanos, materiales y financieros necesarios
para formar equipos de control de vectores en función del número de las
unidades domiciliarias a proteger.
(c) la ejecución del plan es responsabilidad de efectores municipales y
provinciales en las áreas periurbanas y rurales agrupadas y de efectores
provinciales y nacionales en las áreas rurales dispersas.
(d) para asegurar la calidad en la ejecución del plan se requiere el
estricto monitoreo y supervisión de todas las actividades por los
niveles correspondientes y la periódica evaluación de las actividades en
terreno de los efectores municipales por el nivel provincial, y del
nivel provincial por el nivel nacional.
5.1.3. Monitoreo de resistencia a insecticidas
Se elaborará y ejecutará un programa de monitoreo de resistencia a
insecticidas de vectores de interés sanitario de acuerdo con protocolos
internacionales [OMS Protocolo de evaluación de efecto insecticida sobre
triatominos. Acta Toxicológica Argentina, 1994; 2(1,2):29-32)].
5.1.4. Mejora de viviendas y ambiente
La erradicación de las viviendas rancho y la mejora del peridomicilio
permite reducir el riesgo de infestación/reinfestación y proporciona
sustentabilidad a los resultados posibles del Plan.
Para esto se requiere:
(a) conformación de una Comisión Nacional que integre a los Ministerios
involucrados: Salud, Planificación, Desarrollo Social, Educación,
Ambiente, Interior, Ciencia y Tecnología;
(b) elaboración e implementación de un Plan Nacional de Vivienda
Saludable para mejora o renovación de viviendas y peridomicilio de
riesgo, coordinado con los programas nacionales y provinciales en curso.
5.2. Estrategias para la prevención y control de la transmisión no
vectorial (Objetivo II)
5.2.1. Evaluación de donantes de sangre
El objetivo es prevenir la donación de sangre de individuos
potencialmente infectados por T. cruzi, garantizando la calidad de los
componentes de la sangre que se transfunden en centros oficiales o
privados, todos dependientes del Plan Nacional de Sangre, mediante la
normatización de procesos y procedimientos, y la supervisión de la
selección, distribución y uso de insumos, incluyendo los reactivos para
el tamizaje de laboratorio de esos donantes.
Las actividades a desarrollar en los bancos de sangre y los laboratorios
que llevan a cabo el tamizaje serológico de las enfermedades
transmisibles por transfusión son las siguientes:
(a) realización de encuesta de riesgo en el 100% de los candidatos a
donar sangre por personal capacitado en forma continua y supervisado;
(b) realización del tamizaje serológico para T. cruzi al 100% de los
donantes con reactivos de calidad probada. La validación de los
reactivos diagnóstico disponibles comercialmente debe realizarla la
autoridad competente;
(c) ejecución de un programa de garantía de calidad que incluya las
operaciones, equipos, instrumentos, procedimientos, reactivos
diagnósticos y otros insumos;
(d) participación en programas de evaluación externa del desempeño,
tanto nacionales como internacionales;
(e) todo el personal, profesional, técnico y administrativo, debe
recibir capacitación continua que debe estar registrada, tal como ocurre
con toda actividad institucional.
5.2.2. Evaluación de donantes de órganos
El diagnóstico previo de infección por T. cruzi en el donante permite
prevenir su transmisión al receptor y el diagnóstico en el receptor
permite monitorear la reactivación de una infección crónica. Las
actividades incluyen:
(a) incorporación en las guías de control peritransplante el diagnóstico
de infección por T. cruzi en donantes y receptores;
(b) implementación y supervisión de un programa de control de calidad de
los reactivos usados y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.
5.3. Estrategias para el control de la infección congénita (Objetivo III)
El objetivo es lograr el diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y
notificación de al menos el 95% de los casos de infección congénita por
T. cruzi en el recién nacido y el niño hasta el año de edad, para lo
cual se requiere de:
(a) elaboración de estrategias articuladas con otros programas para la
optimización del diagnóstico y tratamiento de los niños infectados, por
ejemplo la Dirección de Maternidad e Infancia, Atención Primaria de la
Salud, Plan de Reducción de la Mortalidad Infantil, Plan Nacer, Libreta
Sanitaria y Seguro Universal por Hijo;
(b) incorporación de procedimientos de control en las guías de atención
perinatal de rutina;
(c) designación de un referente provincial para gestión y monitoreo de
las actividades de control de las infecciones congénitas.
(d) articulación entre los diferentes niveles de atención;
(e) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de
la infección congénita;
(f) provisión sostenida y oportuna de insumos necesarios para el
diagnóstico y tratamiento de la infección por T. cruzi.
5.4. Estrategias para el control de la infección aguda y crónica
(Objetivo IV)
Estas estrategias deben basarse en la atención en el Primer Nivel de
Atención, con sistema de referencia y contrarreferencia, y en
coordinación con otros sistemas existentes que faciliten la instalación
de la atención de rutina a personas infectadas ya sea en fase aguda o
crónica. Para lo cual se requiere de:
(a) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de
la infección aguda y crónica;
(b) confirmación del diagnóstico y tratamiento a través de efectores
naturales, prestadores de servicio de salud en las comunidades de
residencia, siguiendo las guías dictadas por el Ministerio de Salud.
5.4.1. Diagnóstico y tratamiento de niños (menores de 15 años) con
infección crónica
El objetivo de esta estrategia es alcanzar la cobertura de al menos el
95 % del diagnóstico y tratamiento de los niños con infección crónica,
con las siguientes actividades:
(a) articulación con el Programa de Salud Escolar (PROSANE), Direcciones
o Programas de Maternidad e Infancia nacional y provinciales, sistemas
de APS provinciales y laboratorios nacionales y provinciales;
(b) realización de tamizajes a todos los niños menores de 15 años,
residentes en áreas rurales endémicas, a través de operativos en
escuelas o domicilios;
(c) realización de tamizajes a los niños en edad escolar,
aproximadamente a los 6 y 12 años, residentes en áreas urbanas y con
antecedente de riesgo según evaluación previa, a través de operativos en
escuelas.
Para el financiamiento del diagnóstico y tratamiento de la población
infantil se considerarán: la cartilla de salud infantil a los 6 años, el
PROSANE y el Seguro Universal por Hijo.
5.4.2. Diagnóstico y tratamiento de jóvenes y adultos con infección
crónica
El diagnóstico y tratamiento, cuando se considere según normas vigentes,
se realizará según antecedentes clínicos y epidemiológicos, a través de
los prestadores de salud habituales en las comunidades de residencia.
5.4.3. Tratamiento de pacientes con enfermedad cardíaca, digestiva o
nerviosa
El objetivo es garantizar cobertura médica y acceso a tratamiento de al
menos el 90% de los pacientes con manifestaciones de Chagas crónico.
La atención se realizará en los diferentes subsistemas de atención
(público, obras sociales, privado) y en el nivel de atención (primer
nivel o servicios especializados) que correspondan. Todos los
subsistemas de salud deberán garantizar la provisión de la medicación
específica ambulatoria, marcapasos, cardiodesfibriladores e
intervenciones quirúrgicas digestivas; y los exámenes complementarios
correspondientes.
5.5. Estrategias generales y transversales a todo el programa (Objetivo
V)
5.5.1 Fortalecimiento de la dimensión política
(a) creación de una Mesa de Gestión Integrada;
(b) validación y adopción del Plan en el Consejo Federal y los Consejos
Regionales de Salud (COFESA-CORESA).
5.5.2. Fortalecimiento de los Programas de Chagas
(a) gestión de incremento presupuestario;
(b) incorporación de recursos humanos en la Coordinación Nacional de
Control de Vectores y en los Programas Provinciales de Chagas;
(c) instalación u optimización de laboratorios de entomología;
(d) instalación u optimización de laboratorios de diagnóstico serológico
y parasitológico;
(e) capacitación de biólogos, bioquímicos y técnicos en entomología
sobre reconocimiento, evaluación y tratamiento químico de triatominos;
(f) capacitación de jefes de programas en gestión de control y manejo de
plaguicidas;
(g) capacitación de jefes de programa en manejo de base de datos y
georreferencia;
(h) reuniones nacionales del Programa de Chagas.
5.5.3. Comunicación social y participación comunitaria
El objetivo es lograr la movilización social y participación comunitaria
para potenciar y lograr la sustentabilidad de las acciones del programa.
Para ello es necesario:
(a) elaborar un plan de comunicación social y participación comunitaria
a fin de socializar los conocimientos, fomentar la vigilancia
comunitaria-participativa, promover la práctica de hábitos saludables en
la población y facilitar el diagnóstico y tratamiento de la infección;
(b) capacitar a la comunidad en prevención y promoción de la salud;
(c) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por
vectores en la currícula de los niveles primario, secundario,
universitario y carreras de formación docente;
(d) implementar el Día Nacional por una Argentina sin Chagas, con
participación de los Ministerios de Salud nacional y provinciales,
Educación, Desarrollo Social y de ONGs. Con la realización de las
siguientes actividades durante la semana previa al Día Nacional:
(1) promoción de la notificación de infestación y otras actividades de
prevención en escuelas y comunidad;
(2) comunicación en medios masivos y sitios web oficiales con mensajes
consensuados;
(3) movilización social;
(4) intensificación de estudios serológicos y clínicos, y de
prescripción del tratamiento.
5.5.4. Evaluación y Supervisión del Programa
(a) conformación de equipos interdisciplinarios para evaluación de
acciones en terreno;
(b) capacitación de los jefes de programas en evaluación y supervisión
de programas;
(c) implementación de un sistema de gestión y auditoría de la
distribución y uso de insumos;
6. RESPONSABILIDADES Y TAREAS DE LOS SECTORES INVOLUCRADOS
6.1. Presidencia de la Nación
(a) convocar a toda la sociedad para la prevención y control de la
enfermedad de Chagas;
(b) convocar a los gobiernos provinciales para liderar las acciones de
prevención y control;
(c) convocar a la Mesa de Gestión Integrada;
(d) coordinar la campaña de comunicación en los medios.
6.2. Gobiernos provinciales
(a) convocar a la Mesa Provincial de Gestión Integrada en el mayor nivel
de decisión.
6.3. Municipios
(a) coordinar y participar en la vigilancia entomológica y en el control
vectorial local.
6.4. Ministerio de Desarrollo Social
(a) desarrollar y fortalecer las capacidades para acciones de
prevención, educación y control de la enfermedad de Chagas a través de
Centros de Integración Comunitaria (CICs), Mesas de Gestión, Plan AHÍ,
promotores territoriales para el cambio social, voluntarios y personal
territorial, y de la Secretaría de Deportes y sus programas;
(b) participar activamente en los Planes de mejoramiento del ambiente.
6.5. Ministerio de Educación
(a) asegurar que todas las escuelas cumplan con las normas de
prevención;
(b) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por
vectores en la currícula de los niveles primario, secundario,
universitarios y carreras de formación docente;
(c) incorporar estudiantes universitarios en actividades de prevención y
control;
(d) co-coordinar con el Ministerio de Salud las actividades del Día
Nacional por una Argentina sin Chagas;
(e) promover que los conocimientos y actividades de prevención lleguen a
los hogares;
(f) articular con educ.ar (web y canal Encuentro) la incorporación de
contenidos educativos y de prevención sobre la enfermedad de Chagas.
6.6. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
(a) coordinar con la Secretaría de Ambiente el Plan Nacional de Vivienda
Saludable.
6.7. Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable
(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el Plan de Mejoramiento
de Ambiente.
6.8. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el mejoramiento del
peridomicilio.
6.9. Ministerio del Interior
(a) fortalecer la capacidad de gestión de los gobiernos locales;
(b) brindar apoyo financiero y material.
6.10. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
(a) incorporar líneas prioritarias de investigación en aspectos
clínicos, epidemiológicos, diagnóstico, tratamiento, operativos y
sociales para mejorar su prevención y el control;
(b) movilizar recursos de instituciones privadas, nacionales e
internacionales para la financiación de investigaciones.
6.11. Fuerzas Armadas y de Seguridad
(a) brindar apoyo en seguridad, transporte y logística en acciones de
control vectorial.
6.12. Dirección de Epidemiología
(a) incorporar al SNVS-SIVILA la nominalización de los casos de
enfermedad de Chagas en niños menores de 15 años para su tratamiento
etiológico y seguimiento.
6.13. Dirección Nacional de Maternidad e Infancia
(a) incorporar en las guías de perinatología las prácticas de
diagnóstico precoz y tratamiento oportuno del RN y niños de hasta 1 año
con infección congénita.
6.14. INCUCAI
(a) incorporar en las guías de control peritransplante el diagnóstico de
infección por T. cruzi del donante y del receptor.
(b) implementar y supervisar un programa de control de calidad de los
reactivos y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.
6.15. Plan Nacional de Sangre
(a) participar en la capacitación del personal de los bancos de sangre;
(b) participar en los programas de control de calidad de los reactivos y
de las pruebas de laboratorio;
(c) implementar las acciones de supervisión y monitoreo de los bancos de
sangre.
6.16. Organizaciones de la Sociedad Civil, Organizaciones científicas y
académicas
(a) acompañar las actividades propuestas y contribuir con monitoreo,
supervisión y control de las acciones en territorio;
(b) coordinar trabajos en conjunto según especialidad.
7. MATRIZ DE ACTIVIDADES E INDICADORES
8. CRONOGRAMA
Punto 7 y 8 (formato PDF,
334,32 KB)