Poder Legislativo Nacional
SANIDAD VEGETAL -
LUCHA CONTRA LA PLAGA DEL PICUDO ALGODONERO
Ley N° 25.369. Sanción:
22/11/2000. Promulgación de Hecho: 15/12/2000. B.O.: 19/12/2000.
Declárase la emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga
del picudo del algodonero.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Declárase la
emergencia sanitaria nacional para la lucha contra la plaga del picudo
del algodonero.
ARTICULO 2° — Encomiéndase a
la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación,
dependiente del Ministerio de Economía, la implementación de las medidas
necesarias para coordinar la lucha contra dicha plaga.
ARTICULO 3° — Facúltase a la
Jefatura de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones
presupuestarias que demande dicho proyecto a efectos de atender las
erogaciones que requiera la misión impuesta por el artículo 1°.
ARTICULO 4° — Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES
DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.
— REGISTRADA BAJO EL N° 25.369 — |