Ministerio de Economía
ACTIVIDAD AGROPECUARIA - SISTEMA NACIONAL DE
INFORMACIÓN DE EQUIDOS - MODIFICACIÓN
Resolución (ME) 1552/23. Del 11/10/2023. B.O.: 12/10/2023. Actividad
Agropecuaria. Sistema Nacional de Información de Equidos. Registro
Nacional Individual de Équidos (RENIE). Sustituye el art. 2° de la
resolución 471/15 MAGyP.
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2023
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el Artículo 2º de la Resolución Nº 471 de
fecha 27 de julio de 2015 del ex MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2º.- Créase el “REGISTRO NACIONAL INDIVIDUAL DE ÉQUIDOS” (RENIE),
en el ámbito del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto
de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la
inscripción, identificación, fiscalización e inspección para todo équido
que se movilice independientemente si es un animal puro de raza o no,
exceptuando a los animales no destetados que acompañen de forma
permanente a su madre. El citado Registro utilizará el “microchip” como
metodología de identificación individual obligatoria.”.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |