Instituto Nacional de Semillas
ALGODÓN –
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
– LISTADO DE MARCADORES
Resolución (INASE) 227/22. Del 24/5/2022. B.O.:
1/6/2022. Apruébase un listado de marcadores basados en ADN del tipo
Single Nucleotide Polymorphisms (SNPs) y su orden, que figura en el
Anexo I (IF-2022-51698832-APN-INASE#MAGYP) de la presente resolución,
para la caracterización de variedades de algodón a los fines de
garantizar la protección y ayudar al cumplimiento del requisito de
diferenciabilidad de las creaciones fitogenéticas en el marco de la Ley
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-51646765-APN-DA#INASE del
Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado
en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y la
necesidad de establecer normas tendientes a garantizar el cumplimiento
de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, órgano de aplicación de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas Nº 20.247, tiene como uno de sus propósitos fundamentales
establecer criterios para garantizar la identidad de las semillas y
proteger la propiedad de las creaciones fitogenéticas en el marco del
objetivo de la citada ley.
Que, asimismo, se requiere establecer un listado de
marcadores basados en ADN del tipo Single Nucleotide Polymorphisms (SNPs)
para complementar el cumplimiento del requisito de diferenciabilidad de
las nuevas creaciones fitogenéticas.
Que los marcadores tipo SNPs se han seleccionado
mediante un trabajo conjunto del Sector Público y Privado en base a
estudios genotípicos sobre el germoplasma varietal de Gossypium hirsutum
L.
Que será necesario, para establecer la organización,
siembra y conducción de las Colecciones de Referencias de Algodón, una
fecha límite para la presentación de las muestras y la información sobre
el genotipado de la presentación de nuevas solicitudes de inscripción
ante el Registro Nacional de Cultivares y/o Registro Nacional de la
Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha
12 de abril de 2022, según Acta Nº 492, ha aconsejado hacer lugar a lo
solicitado.
Que la Dirección del Registro de Variedades, la
Dirección de Evaluación de Calidad, ambas dependientes de la Dirección
Nacional de Desarrollo de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, y la
Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, han
tomado la intervención técnica que les compete.
Que el suscripto es competente para firmar el presente
acto, en virtud de lo establecido en la Resolución Nº RESOL-2022-72-APN-MAGYP
de fecha 2 de abril de 2022.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase un listado de marcadores basados
en ADN del tipo Single Nucleotide Polymorphisms (SNPs) y su orden, que
figura en el Anexo I (IF-2022-51698832-APN-INASE#MAGYP) de la presente
resolución, para la caracterización de variedades de algodón a los fines
de garantizar la protección y ayudar al cumplimiento del requisito de
diferenciabilidad de las creaciones fitogenéticas en el marco de la Ley
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
ARTÍCULO 2º.- El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS podrá
establecer una fecha límite para la presentación de la información del
genotipado y/o muestras por cada variedad presentada para la inscripción
en el Registro Nacional de Cultivares y/o Registro Nacional de la
Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA.
ARTÍCULO 3º.- El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
dispondrá, de acuerdo a como lo considere, como será la forma de lectura
de los alelos, la aplicación y formato de presentación de los datos del
genotipado.
ARTÍCULO 4º.- El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS podrá
actualizar el listado de marcadores que figura en el Anexo I cuando
razones técnicas así lo aconsejaran.
ARTÍCULO 5º.- El INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
indicará el PROTOCOLO GUÍA para la presentación de datos de genotipado
en el Anexo II (IF-2022-51698907-APN-INASE#MAGYP) de la presente
resolución, para ser presentados ante la Dirección de Registro de
Variedades por parte de los interesados en inscribir en el Registro
Nacional de Cultivares y/o Registro Nacional de la Propiedad de
Cultivares nuevas creaciones fitogenéticas de la especie algodón, siendo
esta presentación de carácter obligatorio para poder acceder a las
inscripciones en los mencionados Registros, para nuevas variedades, para
aquellas cuyos trámites de inscripción fueran iniciados con anterioridad
a la presente resolución, y para todas aquellas variedades ya inscriptas
en el Registro Nacional de Cultivares y/o Registro Nacional de la
Propiedad de Cultivares.
ARTÍCULO 6º.- En el contexto del cumplimiento de la Ley
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247 solo será válido el
grupo de marcadores que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS establezca.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.
ANEXO I (formato PDF)
ANEXO II (formato PDF) -
PROTOCOLO GUÍA PARA LA
PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN DE GENOTIPADO PARA VARIEDADES DE ALGODÓN
PARA TODAS AQUELLAS VARIEDADES PRESENTADAS MEDIANTE PLATAFORMA DE
TRÁMITES A DISTANCIA (TAD). |