VISTO el expediente
N° 0225519/2002 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por el
expediente mencionado en el Visto se propicia la creación de un PROGRAMA
NACIONAL DE POLITICA LECHERA.
Que el sector
lácteo argentino se desarrolla en diversas Provincias del territorio de
la REPUBLICA ARGENTINA, es por ello que resulta conveniente la creación
de un Programa Nacional para unificar y complementar los objetivos
tendientes a una mayor y mejor producción de la leche y sus derivados.
Que asimismo,
mediante una política nacional lechera será factible lograr un mayor
valor agregado y desarrollo de las exportaciones de los productos
lácteos en el ámbito regional (MERCOSUR) y extraregional.
Que tales objetivos
se lograrán más fácilmente mediante la participación de los diversos
sectores intervinientes, privados y oficiales.
Que la DIRECCION DE
LEGALES del AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha
tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la
Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION N° 7 de fecha 4 de
febrero de 2002 y la Disposición DGAJ N° 13 de fecha 11 de abril de
2002.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el
Decreto N° 475 del 8 de marzo de 2002.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
RESUELVE:
Artículo 1° —
Apruébese el PROGRAMA NACIONAL DE POLITICA LECHERA que como Anexo forma
parte de la presente resolución.
Art. 2° —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
ANEXO
PROGRAMA NACIONAL
DE POLITICA LECHERA
A. OBJETIVOS:
Crear un ámbito
jerarquizado de gestión capaz de generar respuestas adecuadas a la
problemática técnico-económica que caracteriza al sector lácteo
argentino, reconociéndole al mismo el nivel que le corresponde dentro
del concierto productivo nacional en atención a su importancia como
generador de inversión, empleo y desarrollo tecnológico.
Promover la
integración armónica de los distintos sectores que componen la cadena
láctea, con el objeto de asegurar el desarrollo de la lechería en
función del mercado interno y de la exportación dentro del ámbito
regional (Mercosur) y extra-regional.
B. AREAS DE
COMPETENCIA
1. Sistema de
información permanente en materia de producción de leche cruda, precios
al productor y comercialización interna y externa.
2. Coordinación y
complementación de los sistemas de fiscalización higiénico-sanitaria y
comercial entre organismos provinciales y nacionales.
3. Sistemas de
comercialización y formación de precios en la cadena láctea.
4. Análisis de los
márgenes de comercialización en la cadena láctea.
5. Instrumentos de
financiamiento para el sector primario e industrial.
6. Costos de
producción por cuenca lechera.
7. Legislación
específica para el sector.
8. Coordinación de
programas de capacitación para el sector con organismos públicos y
privados.
9. Programas de
apoyo para las pequeñas y medianas empresas lácteas.
10. Información y
propuestas alternativas para las compras de leche destinada a planes
sociales por parte del Estado.
11. Promoción de
actividades con terceros países u organismos internacionales de carácter
público o privado relacionados con el sector lácteo.
C. FOROS
INSTITUCIONALES PARA LA DISCUSION DE LA POLITICA LECHERA
1. LA SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, como organismo rector de la
política lechera nacional, aportará todos los elementos necesarios para
el desarrollo del Programa, poniendo a su disposición los recursos
humanos y materiales que permitan alcanzar los objetivos propuestos.
2. MESA NACIONAL DE
POLITICA LECHERA: ámbito conformado a partir de las mesas de política
lechera provinciales, integradas por los representantes de la
producción, la industria y los respectivos gobiernos de las Provincias
de SANTA FE, CORDOBA, BUENOS AIRES, ENTRE RIOS y LA PAMPA, con la
participación activa y permanente de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION. Los
mecanismos para designar a los representantes del sector privado
—producción e industria— en la Mesa, serán resueltos e instrumentados
por los sectores mencionados de acuerdo con su propio criterio. La Mesa
podrá integrar en el futuro a representantes de otras provincias y/u
Organismos del sector público o privado. (Punto sustituido por art.
1° de la Resolución N° 335/2003 de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentos B.O. 30/4/2003.)
3. COMITE FEDERAL
DE LECHERIA: se promoverá el normal funcionamiento de este organismo
integrado por los representantes de los gobiernos provinciales y la
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, en cuyo seno se
deben debatir todos los temas que hacen a la situación del sector lácteo
en cada una de las provincias lecheras en función de la política lechera
nacional.