Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
REGISTRO NACIONAL DE FERTILIZANTES, ENMIENDAS, ACONDICIONADORES,
SUSTRATOS, PROTECTORES Y MATERIAS PRIMAS -
MODIFICACION
Resolución (SENASA) 657/24. Del 19/6/2024. B.O.: 24/6/2024. Registro
Nacional de Fertilizantes, Enmiendas, Acondicionadores, Sustratos,
Protectores y Materias Primas. Modifica la resolución 431/24 SENASA.
Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2024
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Punto 2.2. del Capítulo 2 del Anexo I de la Resolución
N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA. Sustitución. Se sustituye el
subapartado “Nota” del Punto 2.2. del Capítulo 2 del Anexo I de la
Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA del 24 de abril de 2024 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por el siguiente
texto:
“Nota: La información técnica presentada por las empresas deberá ser
respaldada por un responsable técnico con incumbencia profesional en la
materia.”.
ARTÍCULO 2°.- Punto 3.4.6. del Capítulo 3 del Anexo I de la citada
Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA. Sustitución. Se sustituye
el Punto 3.4.6. del Capítulo 3 del Anexo I de la mencionada Resolución N
RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA por el siguiente texto:
“3.4.6. Origen: declarar origen.”.
ARTÍCULO 3°.- Punto 2.6.3. del Capítulo 2 del Anexo II de la mentada
Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA. Sustitución. Se sustituye
el Punto 2.6.3. del Capítulo 2 del Anexo II de la referida Resolución
N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA por el siguiente texto:
“2.6.3. Contenido máximo de metales pesados o elementos potencialmente
tóxicos.
CONTENIDO MÁXIMO DE ELEMENTOS POTENCIALMENTE TÓXICOS (EPT)
[mg/kg MS (materia seca)]
Cadmio 1,5
Cobre 150
Cromo total 100
Mercurio 0,7
Níquel 30
Plomo 100
Zinc 300
Arsénico 15
ARTÍCULO 4°.- Punto 2.10.1. del Capítulo 2 del Anexo II de la citada
Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA. Sustitución. Se sustituye
el Punto 2.10.1. del Capítulo 2 del Anexo II de la aludida Resolución
N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA por el siguiente texto:
Punto 2.10.1 (formato
PDF)
ARTÍCULO 5°.- Puntos 2.1.4. y 2.2.5. del Capítulo 2 del Anexo I de la
mencionada Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA. Derogación. Se
derogan los Puntos 2.1.4. y 2.2.5. del Capítulo 2 del Anexo I de la
referida Resolución N° RESOL-2024-431-APN-PRES#SENASA.
ARTÍCULO 6°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |