Argentina, Sanidad Vegetal, Animal, Productos Fitosanitarios

RZ 740/93

TRANSPORTE - PENALIDADES

Anular los apartados 28.30.i) y 28.30.j) y modificar los numerales 28.26; 28.30.f); 28.30.m) y 30.2.12 el REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL.

RESOLUCION EX SENASA N° 740/93

BOLETIN OFICIAL N° 27.2710 de fecha 27/8/93

BUENOS AIRES, 5 de agosto de 1993

VISTO el expediente n° 35.102/93, en el cual la COMISIÓN PERMANENTE DE ESTUDIO Y ACTUALIZACION DEL REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL del Decreto n° 4238 del 19 de julio de 1968, propicia la modificación de la resolución de la resolución n° 110 del 21 de enero de 1993, y

CONSIDERANDO:
Que surge de un análisis exhaustivo de la normativa vigente, la necesidad de adecuar algunos aspectos específicos del transporte de ciertos productos.
Que la mejor explicitación legislativa permitirá una mejor fiscalización de los transportes en relación con las cargas.
Que la COMISION PERMANENTE DE ESTUDIO Y ACTUALIZACION del mencionado REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL ha efectuado el estudio respectivo, proponiendo varias modificaciones a la citada normativa.
Que el suscripto es competente para resolver en ésta instancia, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 33 de la Ley 23.899.

Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Anúlanse los apartados 28.30.i) y 28.30.j) del REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL.

ARTICULO 2°.- Modifícanse los numerales 28.26; 28.30.f); 28.30.m) y 30.2.12 del citado Reglamento, según el texto que obra en el Anexo I.

ARTICULO 3°.- Incorpóranse los textos de los apartados 28.29.e) y 28.29.f) al citado Reglamento, según el texto que figura en el Anexo I.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

RESOLUCION N° 740

Fdo. Bernardo Gabriel CANE
Administrador General
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL

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