RZ
155/93
EFLUENTES
Aprobar
el nuevo texto de los numerales 4.1. y 4.2. del Reglamento de
Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.
RESOLUCION
EX SENASA N° 155/93
BOLETIN OFICIAL 27.576 del 12/2/93
BUENOS AIRES, 4 de enero de 1993
VISTO el expediente n° 29.105/92 del registro del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD ANIMAL, por el cual se propicia la modificación del
REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE
ORIGEN ANIMAL aprobado por el Decreto n° 4238 de fecha 19 de julio
de 1968, y
CONSIDERANDO:
Que con el transcurso del tiempo adquiere mayor trascendencia el
tema de la protección del medio ambiente.
Que son los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, así
como empresas tales como Obras Sanitarias de la Nación y CEAMSE los
competentes en la aplicación de las normas de protección del aire,
agua y suelos.
Que normas como las que figuran en los apartados a modificar pueden
contraponerse con otras normas de idéntico nivel.
Que es necesario establecer el marco de acción del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL en estos aspectos, que sume su acción a
la de instituciones que tienen el poder de policía en la materia.
Que la COMISION PERMANENTE DE ESTUDIO Y ACTUALIZACION DEL REGLAMENTO
DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN
ANIMAL ha efectuado el análisis de la normativa, proponiendo la
modificación correspondiente para la adecuación de la misma.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención
que le compete.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia en
virtud de la facultades conferidas en la Ley 23.899.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase como nuevo texto de los numerales 4.1. y
4.2. del REGLAMENTO DE INSPECCION DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y
DERIVADOS DE ORIGEN ANIMAL aprobado por el Decreto n° 4238 del 19
de julio de 1968, el que figura en el Anexo I de la presente
Resolución.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN N° 155
Fdo. Dr. Bernardo CANE
Administrador General
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
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