Superintendencia de Seguros de la
Nación
SEGUROS –
REGLAMENTO DEL
SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO
Resolución (SSN) E 40629/17. Del
19/7/2017. B.O.: 25/7/2017. Seguros.
Régimen de aplicación al Seguro Colectivo de
Vida Obligatorio. Modifica Resolución (SSN) 38708/14.
Ciudad de Buenos Aires, 19/07/2017
VISTO el Decreto N° 1.567 de fecha
20 de noviembre de 1974, que instituye a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
DE LA NACIÓN como órgano que instrumente el régimen de aplicación al
Seguro Colectivo de Vida Obligatorio para trabajadores en relación de
dependencia; la Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014
y sus modificatorias y complementarias y el Expediente Nº
EX-2017-12704941-APN-GA#SSN, y
CONSIDERANDO:
Que el Seguro Colectivo de Vida
Obligatorio tiene una finalidad eminentemente social, destinada
prioritariamente al amparo de los trabajadores quienes deben poseer un
amplio conocimiento del mismo, y a su vez debe brindar los beneficios de
forma totalmente amplia y conforme ya se ha expedido la jurisprudencia.
Que mediante Resolución SSN Nº
39.766 de fecha 08 de abril de 2016 se sustituyó el Anexo del punto 23.6
Inciso c) del REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA (t.o.
Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014 y sus
modificatorias y complementarias).
Que mediante Resolución SSN Nº
39.852 de fecha 31 de mayo de 2016 se sustituyó el Anexo i) del Anexo de
la Resolución SSN Nº 39.766.
Que a partir de la revisión de las
normas precedentes se detectaron errores formales que hacen a cuestiones
de orden operativo.
Que en consecuencia, corresponde
dictar el acto administrativo que permita subsanar dichos errores.
Que en función a los fundamentos
expresados resulta necesario sustituir el Anexo del punto 23.6. Inciso
c) del REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA.
Que la Gerencia Técnica y Normativa
y la Gerencia de Administración han tomado la intervención en la materia
que les compete.
Que la Gerencia de Asuntos
Jurídicos ha tomado la intervención en ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de
las facultades conferidas por el Articulo Nº 67 Inciso b) de la Ley N°
20.091.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA
NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Sustituir el Anexo
del punto 23.6. Inciso c) del REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD
ASEGURADORA (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de
2014 y sus modificatorias y complementarias) por el Anexo IF
2017-14097254-APN-GA#SSN de la presente Resolución, el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. - La presente
Resolución entrará en vigencia el 1° de julio de 2017.
ARTÍCULO 3°. - Regístrese,
comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.
ANEXO
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