Instituto Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA - RÉGIMEN DE CONTROL DE IMPOSTACIONES Y
EXPORTACIONES DE LOS ALCOHOLES ETILICO Y METANOL
Resolución (INV) 16/23. Del 30/6/2023. B.O.: 3/7/2023. Vitivinicultura.
Establece Régimen de Control de Importaciones y Exportaciones de los
alcoholes etílico y metanol. Anexos. Trámite para la Exportación de
Alcoholes. Modifica resolución C.11/96 INV.
2A. Sección, Mendoza, 30/06/2023
VISTO el Expediente Nº EX-2023-45653020-APN-DD#INV, la Ley Nº 24.566, las
Resoluciones Nros. C.11 de fecha 4 de diciembre de 1996, C.52 de fecha 22 de
noviembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 4º de la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 establece que
el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), será la autoridad de
aplicación y dictará las normas reglamentarias necesarias para la
prosecución de los fines inherentes a la misma.
Que la Resolución Nº C.11 de fecha 4 de diciembre de 1996 en su Título I
Capítulos 8° y 9° establece el RÉGIMEN DE CONTROL DE IMPORTACIONES Y
EXPORTACIONS de los alcoholes etílico y metanol respectivamente.
Que la Resolución Nº C.52 de fecha 22 de noviembre de 2011, establece la
informatización del control integrado de las destinaciones de exportación de
productos vitivinícolas y de alcoholes a través del SISTEMA INFORMÁTICO
MALVINA (SIM).
Que ante la actual situación de la industria alcoholera, se hace necesario
proceder a una adecuación de la normativa que reglamenta el régimen de
importaciones y exportaciones de alcoholes.
Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la
intervención de su competencia
Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878,
24.566 y el Decreto Nº DCTO-2020-142-APN-PTE,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º- Establecer como RÉGIMEN DE CONTROL DE IMPORTACIONES Y
EXPORTACIONES de los alcoholes etílico y metanol los que figuran como Anexo
I, vinculado como Anexo Resolución Nº ACTO-2023-74546033-APN-DNF#INV y Anexo
II vinculado como Anexo Resolución Nº ACTO-2023-74548937-APN-DNF#INV de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2º- Deróganse los Capítulos VIII y IX del Título I de la Resolución
Nº C.11 de fecha 4 de diciembre de 1996.
ARTÍCULO 3º- Las infracciones a la presente, serán sancionadas de acuerdo a
lo previsto por el Artículo 30 de la Ley Nº 24.566.
ARTÍCULO 4º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido,
archívese.
ANEXO I (formato PDF) - Régimen
de Control de Importaciones y Exportaciones de los alcoholes etílico y
metanol
ANEXO II (formato PDF) - Trámite
para la Exportación de Alcoholes |