Resolución (INV) 6/15. Del
20/4/2015. B.O.: 24/4/2015. Vitivinicultura. Incorpóranse a la TABLA DE
CÓDIGOS DE CAPACIDAD SEGÚN TIPO DE ENVASES, implementada por Resolución
N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008, los códigos, según su capacidad,
del envase “Bag in Box” que a continuación se detallan.
Mendoza, 20/4/2015
VISTO el Expediente N° S93:0003022/2015 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio
de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto, se propone la creación de
códigos, según su capacidad, para los envases “Bag in Box”.
Que por Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de 2008 se aprueba la
Tabla de Códigos de Capacidad Según Tipo de Envase que deben utilizar
los inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) para
efectuar las registraciones en toda documentación oficial que presentan
a este Organismo.
Que en virtud que las empresas vitivinícolas están adoptando el
mencionado envase como una alternativa para sostener la cultura de
compra de vino en volúmenes mayores a una botella y teniendo en cuenta
que estos envases han sido acogidos en las vitiviniculturas más
importantes del mundo, se hace oportuno incorporar códigos específicos
para conocer sus antecedentes estadísticos.
Que asimismo para registrar los movimientos en los Libros Oficiales de
los establecimientos vitivinícolas, se hace necesario aprobar los
códigos específicos de este nuevo envase.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Instituto ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros.
14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Incorpóranse a la TABLA DE CÓDIGOS DE CAPACIDAD SEGÚN TIPO DE
ENVASES, implementada por Resolución N° C.19 de fecha 30 de julio de
2008, los códigos, según su capacidad, del envase “Bag in Box” que a
continuación se detallan:
2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese.