Dirección Nacional de Vialidad
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL -
PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO –
MODIFICA RESOLUCION 901/21
Resolución (DNV) 1318/21. Del 10/9/2021. B.O.:
14/9/2021. Tránsito y Seguridad Vial. Modificaciones a la resolución
901/21 DNV.
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-50961333- -APN-DNV#MOP,
del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo
descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° RESOL-2021-901-APN-DNV#MOP de
fecha 23 de junio de 2021 del registro de esta Dirección Nacional de
Vialidad, se aprobó el PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTATACIÓN
DE EXCESOS EN PESO, DIMENSIONES Y POTENCIA de esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD, y la Base de Datos Antecedentes de
Excesos en Peso, Dimensiones y en la relación Peso Potencia de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, conforme documento electrónico IF-2021-55029638-APN-AJ#DNV.
Que los Pesos y Dimensiones del Transporte Automotor de
Cargas de carácter Nacional e Internacional se rigen por lo normado por
los artículos, 42 del Decreto-Ley 505/58, ratificado por ley 14.467, los
artículos 53 inciso c), d) y e), 56 inc. e) y 57 de la Ley N° 24.449,
reglamentada por el Decreto N° 779/95, por el Decreto N° 79/98 y sus
modificatorios; por las Leyes N° 26.363, 24.653, reglamentada por el
Decreto N° 1035/2002, Ley N°27.445 y/o la normativa que en el futuro se
dicte.
Que el artículo 33 del citado protocolo, se establece
que: “En caso de que el infractor no pague las deudas por las
infracciones comprobadas, la Subgerencia de Control de Pesos y
Dimensiones, sin perjuicio de proceder a su ejecución, comunica la
existencia de deuda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte,
individualizando los sujetos obligados y los dominios incursos, a los
fines de paralizar todo tipo de trámite del infractor moroso, conforme
lo prevén el Decreto 1395/98 y la Resolución nro. 628/CNRT/2012.
Asimismo, a través de la autoridad de aplicación respectiva, se suspende
temporalmente la vigencia del Certificado de Revisión Técnica
Obligatoria.”
Que, por su parte, el artículo 40 prescribe que: “La
existencia de infracciones pendientes conforme las constancias de la
Base de Datos de Antecedentes de Excesos en Peso, Dimensiones y en la
relación Peso Potencia, habilita la denegación del Permiso de Tránsito y
la comunicación a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a
los fines previstos en el Decreto 1395/1998 y la Resolución 628/CNRT/2012.”
Que, de acuerdo a lo expresado en Nota
NO-2021-84729292-APN-AJ#DNV, las consecuencias previstas en las normas
referidas, son aplicables a los incumplimientos de pago de las multas
que se impongan por comisión de las infracciones detectadas, pero no
respecto del canon por deterioro del pavimento, el cual es el objeto de
aplicación del citado protocolo aprobado por la Resolución
N° RESOL-2021-901-APN-DNV#MOP.
Que en virtud de ello, y hasta tanto se articulen las
acciones tendientes a llevar adelante el juzgamiento e imposición de las
multas en cuestión, corresponde adecuar al Protocolo, introduciendo las
modificaciones en los citados artículos, que excluyan los efectos
previstos en el Decreto 1395/1998 y la Resolución 628/CNRT/2012.
Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTO JURÍDICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en el marco de las
atribuciones conferidas por Decreto Ley Nº 505/58, ratificado por Ley
Nº 14.467, y Ley 16.920.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL
DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Deróguese el Artículo 33 del PROTOCOLO DE
PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTATACIÓN DE EXCESOS EN PESO, DIMENSIONES Y
POTENCIA de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, aprobado por Resolución
N° RESOL-2021-901-APN-DNV#MOP de fecha 23 de junio de 2021 del registro
de esta Dirección Nacional de Vialidad.
ARTICULO 2°: Modifíquese el Artículo 40 del PROTOCOLO DE
PROCEDIMIENTO PARA LA CONSTATACIÓN DE EXCESOS EN PESO, DIMENSIONES Y
POTENCIA de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, aprobado por Resolución
N° RESOL-2021-901-APN-DNV#MOP de fecha 23 de junio de 2021 del registro
de esta Dirección Nacional, el cual quedará redactado de la siguiente
manera:
“Artículo 40: La existencia de infracciones pendientes
conforme las constancias de la Base de Datos de Antecedentes de Excesos
en Peso, Dimensiones y en la relación Peso Potencia, habilita la
denegación del Permiso de Tránsito.”
ARTÍCULO 3º.- Publíquese la presente medida en el
Boletín Oficial por el término de UN (1) día y en el sitio web de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 4°: Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE
DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante Sistema
de Gestión Documental Electrónico (GDE) por Comunicación Oficial a las
dependencias intervinientes y realizará las notificaciones de práctica.
Cumplido pase a la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,
COMUNICACIONES Y POLÍTICA y a la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO, a sus efectos. |