Grupo Mercado Común
MERCOSUR - TRANSPORTE DE PASAJEROS Y
DE CARGAS POR CARRETERA -
MODIFICA RESOLUCIÓN 34/19 GMC
Resolución (GMC) 43/21. Del 26/1/2021.
B.O.: 1/6/2022. Mercosur. Transporte Automotor por
Carretera. Documentos de porte obligatorio
en el transporte de pasajeros y cargas por carretera.
Modifica la resolución 34/19 GMC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro
Preto y la Resolución GMC N° 34/19 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que a efectos de agilizar y ofrecer mayores garantías en
los procedimientos de fiscalización, los Estados Parte se encuentran
avanzando en la utilización de medios electrónicos para la prueba de los
requisitos exigidos para la realización de los servicios de transporte
internacional de pasajeros y de carga por carretera, a los que refieren
los documentos de porte obligatorio previstos en la Resolución GMC N°
34/19.
Que es conveniente establecer, en forma expresa en la
referida Resolución, la posibilidad de emplear dichas modalidades en los
casos en los que sean aplicables, siempre que otorguen las garantías
necesarias y en la medida en que los Estados Parte involucrados se
encuentren en condiciones de implementarlas.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - incluir como artículo 4 de la Resolución GMC N°
34/19, el siguiente texto:
"Art. 4 - Los documentos de porte obligatorio, en el
transporte de pasajeros y de cargas por carretera, podrán ser exhibidos
en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos
-siempre que incluyan un medio de verificación electrónico-, en la
medida en que ello sea acordado en forma bilateral o multilateral por
los Estados Parte involucrados".
Art. 2 - Renumerar correlativamente los artículos
subsiguientes.
Art. 3 - Esta Resolución deberá ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Parte antes del 25/Vl/2021. |