Secretaría de Gestión del Transporte
TRANSPORTE DE SUSTANCIA PELIGROSAS -
MODELOS - PRORROGA
Resolución (SGT) 86/22. Del 27/12/2022. B.O.: 29/12/2022. Transporte
de Sustancias Peligrosas. Prorroga hasta el 31 de diciembre del año 2023
la continuidad en la prestación de los servicios de los vehículos
afectados al transporte de sustancias peligrosas pertenecientes a los
modelos 2010, 2011 y 2012 que se encontraren con la Revisión Técnica
Obligatoria aprobada para el transporte de mercancías peligrosas, al 31
de diciembre de 2022.
Ciudad de Buenos, 27/12/2022.
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2023 la
continuidad en la prestación de los servicios de los vehículos afectados
al transporte de sustancias peligrosas pertenecientes a los modelos
2010, 2011 y 2012 que se encontraren con la REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA
aprobada para el transporte de mercancías peligrosas, al 31 de diciembre
de 2022.
ARTÍCULO 2°- Aquellas unidades alcanzadas por la prórroga dispuesta en
el artículo precedente deberán realizar la REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA
en períodos de CUATRO (4) meses. La certificación extendida al efecto
permitirá la continuidad de las unidades en servicio hasta el
vencimiento de la habilitación de la misma, excepto las pertenecientes a
los modelos 2010, que caducarán el 31 de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 3°- La SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE establecerá las
condiciones a las que deberán sujetarse, para continuar en servicio, las
unidades de transporte de cargas, conforme lo establecido por el
artículo 53 inciso b) de la Ley N° 24.449.
ARTÍCULO 4°- Comuníquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE CARGAS, a GENDARMERÍA NACIONAL dependiente del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, y a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismos descentralizados
actuantes en el ámbito jurisdiccional del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |