Ministerio de Transporte
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL - TRANSPORTE
DE CARGA - MODIFICACION
Resolución (MT) 887/22. Del 30/11/2022. B.O.:
2/12/2022. Tránsito y Seguridad Vial. Transporte de Carga. Modifica la
resolución 884/18 MT. Unidades de transporte de carga del tipo
camión con acoplado o tractor con semirremolque. Habilitación.
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2022
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución N° 884 de
fecha 4 de octubre de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE por el
siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Las unidades de transporte de carga del tipo camión con
acoplado o tractor con semirremolque, debidamente inscriptos en el
REGISTRO ÚNICO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (RUTA) a la fecha del dictado de
la presente y mientras se mantenga la titularidad registral, que cuenten
con una relación potencia efectiva al freno - peso bruto total
combinado, igual o superior a TRES COMA VEINTICINCO (3,25) y menor a
CUATRO COMA VEINTICINCO (4,25) CABALLOS VAPOR DIN/t, se encontrarán
habilitadas para circular con un Peso Bruto Total Combinado de hasta
CUARENTA (40) toneladas, siempre que lo realicen sobre infraestructuras
viales planas sin ondulaciones ni pendientes, hasta el 3 de diciembre de
2026, debiendo realizar la REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA en períodos de
SEIS (6) meses.
Operado el plazo establecido precedentemente estas unidades podrán
circular como camiones rígidos o en equipos, siempre que la relación
potencia efectiva al freno y el Peso Bruto Total Combinado de hasta
TREINTA Y SIETE COMA CINCO (37,5) toneladas, sea igual o superior a
CUATRO COMA VEINTICINCO (4,25) CABALLOS VAPOR DIN/t.”
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD,
organismo descentralizado actuante en el ámbito jurisdiccional del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |