Ministerio de Ambiente
RESIDUOS ESPECIALES - TASAS
Resolución (MA) 11/25. Del 31/1/2025. B.O.: 4/2/2025. Residuos
Especiales. Actualiza los términos “To”, “UR (Unidad Residuo)”, y “Ftr
(Factor transportista)”, que integran las fórmulas para el cálculo del
valor de las tasas. Deja sin efecto la resolución 24/2024.
La Plata, Buenos Aires
Viernes 31 de Enero de 2025
VISTO el EX-2025-00102217- -GDEBA-DGAMAMGP, el artículo 28 de la
Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las Leyes Nº 11.720, Nº
15.477, el Decreto Nº 806/97 -y su modificatorio Nº 650/11- y la
Resolución Nº 24/24 y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires consagra en su
artículo 28 el derecho de sus habitantes a gozar de un ambiente sano con
el correlativo deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el
de las generaciones futuras;
Que conforme el artículo 20° de la Ley Nº 15.477 este Ministerio resulta
autoridad de aplicación en materia ambiental en el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 11.720 se reguló la generación, manipulación,
almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos
especiales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires,
reglamentada por Decreto N° 806/97 y su modificatorio Decreto N° 650/11,
estableciendo que la Autoridad de aplicación será la máxima Autoridad
Ambiental de la Provincia de Buenos Aires;
Que entre otros aspectos, el citado Decreto N° 650/11 modificó lo
atinente a las fórmulas para el cálculo del valor de las tasas
correspondientes a la generación y tratamiento de residuos especiales,
como así también para aquellos operadores en general y transportistas,
tanto dentro de la Provincia como a nivel interjurisdiccional, otorgando
facultades a esta Autoridad de Aplicación para actualizar algunos
términos que integran las referidas fórmulas, entre los que se
encuentran “To”, “UR” y “Ftr”;
Que siendo uno de los fines previstos por el artículo 2° de la citada
Ley N° 11.720, la reducción de la cantidad de los residuos especiales
generados, deviene necesario proceder a la actualización de los términos
contenidos en la fórmula de cálculo actualmente vigente;
Que con la actualización de los términos en cuestión (“To”, “UR” y “Ftr”)
se procura una redefinición del aumento en los montos de las respectivas
tasas conforme se trate de establecimientos con mayor Nivel de
Complejidad Ambiental, en tanto los mismos representen un peligro más
acentuado a la población;
Que mediante la Resolución Nº 24/24 se actualizaron los términos “To”,
“UR (Unidad Residuo)” y “Ftr (Factor transportista)”, que integran las
fórmulas para el cálculo del valor de las tasas. Resultando procedente
en esta instancia y en atención al tiempo transcurrido, realizar una
nueva actualización;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de
Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley Nº 11.720 y los artículos 20° de la Ley Nº 15.477
y 5º del Decreto Reglamentario Nº 806/97 - texto según Decreto Nº
650/11;
Por ello,
LA MINISTRA DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Actualizar los términos “To”, “UR (Unidad Residuo)”, y “Ftr
(Factor transportista)”, que integran las fórmulas para el cálculo del
valor de las tasas, contenidos en el artículo 5° de la reglamentación de
la Ley N°11.720, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 806/97,
modificado por el Decreto N° 650/11, los que quedarán definidos de la
manera que figura en el Anexo Único identificado como IF-2025-03592259-GDEBA-DPREYPMAMGP
que pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 2°. Dejar sin efecto la Resolución Nº 24/24.
ARTÍCULO 3°. Notificar al señor Fiscal de Estado, publicar en el Boletín
Oficial y dar al SINDMA, pasar a la Subsecretaría de Fiscalización y
Evaluación Ambiental. Cumplido, archivar.
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