Provincia de Buenos Aires
Ministerio de Transporte
TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL - LICENCIA DE CONDUCIR
Resolución (MT) 197/24. Del 16/8/2024. B.O.: 21/8/2024. Tránsito y
Seguridad Vial. Establece, con carácter excepcional, que los Centros de
Emisión de Licencias de Conducir de la Provincia de Buenos Aires, que
carezcan de los insumos necesarios para la impresión de Licencias
Nacionales de Conducir en soporte físico, deberán extender un
“Certificado de Trámite Aprobado” a aquellos ciudadanos que hubieran
finalizado el trámite correspondiente para la emisión de su licencia de
conducir. La portación del mencionado certificado, juntamente con la
Licencia Nacional de Conducir en formato digital -obtenida a través de
la aplicación MI ARGENTINA en un dispositivo móvil-,habilitará la
circulación hasta el 15 de octubre de 2024.
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por ello;
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Establecer, con carácter excepcional, que los Centros de
Emisión de Licencias de Conducir de la Provincia de Buenos Aires, que
carezcan de los insumos necesarios para la impresión de Licencias
Nacionales de Conducir en soporte físico, deberán extender un
“Certificado de Trámite Aprobado” a aquellos ciudadanos que hubieran
finalizado el trámite correspondiente para la emisión de su licencia de
conducir. La portación del mencionado certificado, juntamente con la
Licencia Nacional de Conducir en formato digital -obtenida a través de
la aplicación MI ARGENTINA en un dispositivo móvil-,habilitará la
circulación hasta el 15 de octubre de 2024.
ARTÍCULO 2°. Aprobar el modelo de “Certificado de Trámite aprobado”, que
como Anexo Único (IF2024-25069885-GDEBA-SSTAYLMTRAGP) integra la
presente, tendiente a ser emitido por los Centros de Emisión de
Licencias de Conducir con la finalidad de acreditar los extremos
establecidos en el artículo que antecede.
ARTÍCULO 3°. Facultar a la Dirección Provincial de Licencias de Conducir
y Antecedentes de Tránsito, a disponer prórrogas de la presente medida,
de persistir las circunstancias de hecho que motivan la presente.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar,
publicar en el Boletín Oficial, incorporar en el Sistema de Información
Normativa y Documental Malvinas Argentinas (SINDMA). Cumplido, archivar.
ANEXO (formato PDF) -
Modelo de “Certificado de Trámite aprobado” |