Comisión de Planificación y
Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones
Hidrocarburíferas
GAS NATURAL - PROGRAMA
DE ESTIMULO A LA INYECCION EXCEDENTE DE GAS NATURAL. PRORROGA.
Resolución (CPyCEPNIH) 32/13. B.O.:
2/10/2013. Del
Programa de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural.
Prórroga.
VISTO el Expediente EXP-S01:0171498/2013
del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las
Leyes Nros. 17.319 y 26.741, el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de
julio de 2012, las Resoluciones Nº 1/2012, Nº 1/2013 y Nº 7/2013 de
la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan
Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, y
Que el artículo 3° de la Ley Nº 17.319 y
el artículo 2° de la Ley Nº 26.741 establecen que el PODER EJECUTIVO
NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a
la explotación, industrialización, transporte y comercialización de
los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las
necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus
yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.
Que entre los principios de la política
hidrocarburífera de la República Argentina, el artículo 3° de la Ley
26.741 contempla la maximización de las inversiones y de los
recursos empleados para el logro del autoabastecimiento de
hidrocarburos en el corto, mediano y largo plazo.
Que posteriormente, a través del Decreto
Nº 1277, de fecha 25 de julio de 2012, fue creada la COMISION DE
PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE
INVERSIONES HIDROCARBURIFERAS.
Que en ese marco, mediante Resolución Nº
1/2013 de la COMISION, fue creado el “Programa de Estímulo a la
Inyección Excedente de Gas Natural”.
Que el referido Programa tiene entre sus
principales objetivos la reducción de la brecha existente entre
producción y consumo de gas, por medio de dos vías: por un lado,
mediante el incentivo a las empresas del sector para que incrementen
en el corto plazo su producción de gas natural a los fines de
reducir las importaciones de dicho hidrocarburo; y, por otro lado, a
través del estímulo a la inversión en exploración y explotación, a
los fines de contar con nuevos yacimientos que permitan recuperar el
horizonte de reservas en el mediano y largo plazo.
Que por ambos caminos se promueve la
reversión de la tendencia deficitaria actual en el corto plazo, a la
vez que se pretende garantizar el autoabastecimiento energético
necesario para sostener el crecimiento y el desarrollo económico con
inclusión social de la Argentina, en el mediano y largo plazo.
Que, a fin de alcanzar tales objetivos,
se incentivó la presentación de “Proyectos de Aumento de la
Inyección Total de Gas Natural” por parte de los sujetos inscriptos
en el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas previsto en
el Decreto Nº 1277 de fecha 25 de julio de 2012, estableciéndose
como fecha límite para su presentación el día 30 de junio de 2013.
Que con fundamento en la información
brindada por la Secretaría Administrativa de la COMISION, respecto
del interés que varias de las empresas inscriptas en el Registro
habían manifestado en la participación del “Programa de Estímulo a
la Inyección Excedente de Gas Natural”, solicitando, asimismo, ante
su inminente vencimiento, la posibilidad de contar con un plazo
mayor para la elaboración y presentación de los correspondientes
“Proyectos”, mediante el dictado de la Resolución Nº 7 del 1° de
junio de 2013, la COMISION resolvió prorrogar hasta el día viernes
16 de agosto de 2013, hasta las 16:00 hs, eI plazo para que los
sujetos interesados pudieran presentar los respectivos “Proyectos”.
Que, nuevamente, la Secretaría
Administrativa de la COMISION informó que distintas empresas
inscriptas en el Registro, ante el cercano acaecimiento del fin del
plazo de prórroga establecido para la presentación de los
respectivos “Proyectos de Aumento de la Inyección Total de Gas
Natural”, mostraron un gran interés en que se concediera una nueva
prórroga, con fundamento en la gran complejidad que supone su
elaboración.
Que, en atención a la importancia que
reviste la presente acción de gobierno, destinada a promover un
incremento en la producción de gas natural, mediante el estímulo a
la inversión en exploración y explotación para contar con nuevos
yacimientos que permitan recuperar el horizonte de reservas en el
corto plazo, y de ese modo garantizar el autoabastecimiento
energético necesario para sostener el crecimiento y el desarrollo
económico con inclusión social de la Argentina, en el mediano y
largo plazo, resulta conveniente prorrogar nuevamente el plazo para
que los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones
Hidrocarburíferas puedan presentar los respectivos “Proyectos de
Aumento de la Inyección Total de Gas Natural” hasta el día viernes 4
de octubre de 2013.
Que la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de
las facultadas conferidas por el Anexo I del Decreto Nº 1.277 de
fecha 25 de julio de 2012 y de la Resolución de la Comisión de
Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de
Inversiones Hidrocarburíferas Nº 1/2012.
LA COMISION DE PLANIFICACION Y
COORDINACION ESTRATEGICA DEL PLAN NACIONAL DE INVERSIONES
HIDROCARBURIFERAS
Artículo 1° — Prorrógase hasta el día
viernes 4 de octubre de 2013, hasta las 16:00 hs, el plazo para que
los sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Inversiones
Hidrocarburíferas previsto en el Decreto Nº 1.277 de fecha 25 de
julio de 2012, interesados en participar del “Programa de Estímulo a
la Inyección Excedente de Gas Natural”, aprobado por Resolución Nº
1/2013 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica
del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, puedan presentar
un “Proyecto de Aumento de la Inyección Total de Gas Natural”.
Art. 2° — La presente medida entrará en
vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
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