ECOFIELD - Combustibles / Gas Natural Comprimido - Resolución (ENARGAS) 559/24.

 

Argentina, Hidrocarburos / Combustibles

- modifica y/o complementa a: ley 24076, resolución 139/95 ENARGAS

- modificada y/o complementada por:

Ente Nacional Regulador del Gas

GAS NATURAL COMPRIMIDO - TRÁMITES A DISTANCIA

Resolución (ENARGAS) 559/24. Del 13/9/2024. B.O.: 17/9/2024. Gas Natural Comprimido. Instruye a los Productores de Equipos Completos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, los Fabricantes de Equipos y Partes y los Importadores de Equipos y Partes inscriptos en el Registro de Matriculas Habilitantes (RMH) habilitado, para que en el plazo de 30 días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha, se registren en el Módulo de Trámites a Distancia - Registro Legajo Multipropósito - de la plataforma de Gestión Documental Electrónica.

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2024

VISTO Y CONSIDERANDO...

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Instruir a los Productores de Equipos Completos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, los Fabricantes de Equipos y Partes y los Importadores de Equipos y Partes inscriptos en el Registro de Matriculas Habilitantes (RMH) habilitado dentro de la órbita del Centro Informático del GNC de este Organismo, para que en el plazo de TREINTA (30) días hábiles administrativos, contados a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, se registren en el Módulo de Trámites a Distancia - Registro Legajo Multipropósito - de la plataforma de Gestión Documental Electrónica.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que a partir del vencimiento del plazo determinado en el ARTÍCULO 1°, las comunicaciones y/o actos administrativos emitidos por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, dirigidos a los Productores de Equipos Completos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, los Fabricantes de Equipos y Partes y los Importadores de Equipos y Partes inscriptos en el Registro de Matriculas Habilitantes (RMH) habilitado dentro de la órbita del Centro Informático del GNC de este Organismo, se notificarán por Módulo de Trámites a Distancia - Registro Legajo Multipropósito - de la plataforma de Gestión Documental Electrónica, conforme el artículo 41 inciso h) del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3°.- Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

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