Ente Nacional Regulador de la Electricidad
ENERGIA ELECTRICA –
TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO
2018
Resolución (ENRE) 239/18. Del 27/9/2018. B.O.: 1/10/2018.
Energía Eléctrica. Fijar como Tasa definitiva anual de Fiscalización y Control
que, por el año 2018, deberán pagar los generadores, transportistas y
distribuidores, los importes que se encuentran especificados en la planilla que
integra la presente Resolución.
BUENOS AIRES, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2018
VISTOS los Expedientes ENRE N° 49.522/2017 y EX-2018-37536752-
-APN-SD#ENRE, del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE),
lo dispuesto por los artículos 20, 66 inciso a), 67 y 69 de la Ley N° 24.065 y
la resolución ENRE Nº 635/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el presupuesto de gastos e inversiones del ENRE establecido
por la Ley General de Presupuesto N°27.431 para el año 2018 y la Decisión
Administrativa Nº 06 de 2018 del 15 de enero de 2018 del Jefe de Gabinete de
Ministros, fue fijado en la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 591.242.335).
Que dicho presupuesto es financiado mediante la Tasa de
Fiscalización y Control cuya determinación compete al ENRE, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 20, 66 inciso a) y 67 primer párrafo de la Ley Nº
24.065.
Que la alícuota singular que le corresponde a cada contribuyente
ha sido determinada según la metodología prevista en el último párrafo del
Artículo 67 de la Ley N° 24.065.
Que en el cálculo de la alícuota mencionada se han considerado
los nuevos agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) incorporados en el
transcurso del ejercicio 2017, autorizados a operar a través de los diversos
actos administrativos dictados por la Secretaría de Energía, así como las
fusiones y/o cambios de denominación social informadas por las empresas, cuyas
copias obran a fojas 26/85 y 158/175 de las actuaciones del Visto.
Que, con fecha 20 de diciembre de 2017, mediante Resolución ENRE
N° 635/2017, se establecieron los montos y fechas de vencimiento de las cuotas
1º, 2º y 3º de la Tasa de Fiscalización y Control Provisoria para el ejercicio
2018.
Que, una vez que estuvieron disponibles los documentos
comerciales pertinentes (DTE) generados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (CAMMESA) y recibida la información complementaria
no reflejada en éstos mediante nota ingresada en el EX-218-37536752- -APN-SD#ENRE
y la remitida por los agentes de dicho Mercado, se obtuvo el cálculo de la tasa
definitiva anual que les corresponde abonar a estos últimos, la que se fija en
este acto, agregándose de fojas 176/204 el respectivo resumen de los datos
extraídos del período enero - diciembre 2017.
Que la alícuota y el importe a facturar a los agentes del MEM
surgen de la planilla IF-2018-47689346-APN-DA#ENRE que forma parte integrante de
la presente resolución.
Que el servicio jurídico del Ente ha tomado la participación de
su competencia y emitido su Dictamen Jurídico, según lo previsto en el Artículo
7 inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
está facultado para el dictado de la presente resolución en virtud de lo
dispuesto por el inciso g) del Artículo 63 de la Ley N° 24.065.
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Fijar como Tasa definitiva anual de Fiscalización y
Control que, por el año 2018, deberán pagar los generadores, transportistas y
distribuidores, los importes que se encuentran especificados en la planilla que
como IF-2018-47689346-APN-DA#ENRE integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- Establecer como fecha de vencimiento para el pago
final de la tasa, el día 26 de octubre de 2018. Dichos importes deberán ser
abonados en los términos del Artículo 69 de la Ley Nº 24.065 y la Resolución
ENRE Nº 513/2002.
ARTÍCULO 3.- Reintegrar a la empresa Hidroeléctrica Futaleufú
S.A. la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS
($ 1.715.362) conforme el detalle que surge del IF-2018-47689346-APN-DA#ENRE
indicado en el Artículo 1.
ARTÍCULO 4.- Disponer que el Departamento Administrativo efectúe
la notificación de la presente resolución a las empresas obligadas al pago de la
Tasa.
ARTÍCULO 5.- Solicitar a CAMMESA la publicación de la presente
Resolución en su página Web.
ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
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