Ente Nacional Regulador de
la Electricidad
ENERGIA ELECTRICA -
TASA DEFINITIVA ANUAL DE FISCALIZACION Y CONTROL - FIJASE
Resolución (ENRE) 498/09.
Del 7/10/2009. B.O.: 15/10/2009. Fíjase la Tasa definitiva anual de
Fiscalización y Control que, por el año 2009, deberán pagar los
generadores, transportistas y distribuidores de electricidad.
Bs. As., 7/10/2009
VISTO: El Expediente ENRE Nº
28.166/2008, lo dispuesto por los Artículos 20, 66 inciso a), 67 y 69 de
la Ley Nº 24.065, las Resoluciones ENRE Nº 5/1994, Nº 513/2002 y Nº
679/2008, y
CONSIDERANDO:
Que el presupuesto de gastos
e inversiones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (Entidad
652), establecido por la Ley General de Presupuesto Nº 26.422 para el
año 2009 y la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009 del
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, fue fijado en la suma de SETENTA Y SEIS
MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($ 76.878.000);
Que dicho presupuesto es
financiado mediante la Tasa de Fiscalización y Control cuya
determinación compete al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, de
conformidad con lo dispuesto por los Artículos 20, 66 inciso a) y 67
primer párrafo de la Ley Nº 24.065;
Que la alícuota singular que
le corresponde abonar a cada Productor, Transportista y Distribuidor,
como Agentes del Mercado Eléctrico Mayorista, ha sido elaborada según la
metodología prevista en el último párrafo del Artículo 67 de la Ley Nº
24.065 y la Resolución ENRE Nº 5/1994;
Que la Resolución ENRE Nº
679/2008 fijó el calendario de vencimientos para el año 2009 y los
importes a pagar en concepto de anticipos, estableciendo que el pago
final será ajustado al cálculo definitivo de las alícuotas que
corresponda para cada una de las empresas;
Que una vez que estuvieron
disponibles los documentos comerciales pertinentes generados por la
COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA y recibida la
información remitida por los Agentes de dicho Mercado, se obtuvo el
cálculo de la tasa definitiva anual que les corresponde abonar a estos
últimos, la que se fija en este acto;
Que la Asesoría Jurídica tomó
la intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Legal, según lo
previsto en el artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549;
Que el Directorio del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de
la presente en virtud de lo dispuesto por el inciso g) del Artículo 63
de la Ley Nº 24.065;
Por ello:
EL DIRECTORIO DEL ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º — Fijar como Tasa
definitiva anual de Fiscalización y Control que, por el año 2009,
deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores, los
importes que se encuentran especificados en la planilla ANEXO a la
presente Resolución.
Art. 2º — Establecer como
fecha de vencimiento para el pago final de la tasa, el día 30 de octubre
de 2009. Dichos importes deberán ser abonados en los términos del
Artículo 69 de la Ley Nº 24.065 y la
Resolución ENRE Nº 513/2002.
Art. 3º — Disponer que el
Departamento Administrativo efectúe la notificación de la presente a las
empresas obligadas al pago de la Tasa fijada en la presente.
Art. 4º — De forma.

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