Argentina, Energía Eléctrica

- modifica y/o complementa a: ley 24065, resolución 513/02 ENRE.

- modificada y/o complementada por:

Ente Nacional Regulador de la Electricidad

ENERGIA ELECTRICA – TASA DEFINITIVA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2016

Resolución (ENRE) 519/16. Del 22/9/2016. B.O.: 26/9/2016. Energía Eléctrica. Fijar como Tasa definitiva anual de Fiscalización y Control que por el año 2016 deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores.

BUENOS AIRES, 22 DE SEPTIEMBRE DE 2016

VISTO el Expediente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 44.789/2015, lo dispuesto por los Artículos 20, 66 Inciso a), 67 y 69 de la Ley N° 24.065, la Decisión Administrativa Nº 10/2016 y las Resoluciones ENRE N° 590/2015 y N° 224/2016, y

CONSIDERANDO:

Que el presupuesto de gastos e inversiones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD establecido por la Ley General de Presupuesto N° 27.198 para el año 2016 y la Decisión Administrativa Nº 10 de 2016 del 19 de enero de 2016 del Jefe de Gabinete de Ministros, fue fijado en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL ($ 349.619.000).

Que dicho presupuesto es financiado mediante la Tasa de Fiscalización y Control cuya determinación compete al ENRE, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 20, 66 Inciso a) y 67 primer párrafo de la Ley Nº 24.065.

Que la alícuota singular que le corresponde a cada contribuyente, ha sido determinada según la metodología prevista en el último párrafo del Artículo 67 de la Ley N° 24.065.

Que en el cálculo de la alícuota mencionada se han considerado los nuevos agentes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) incorporados en el transcurso del ejercicio 2015, autorizados a operar a través de los diversos actos administrativos dictados por la Ex -SECRETARÍA DE ENERGÍA, cuyas copias obran a fojas 20/60 y 206/213 de las actuaciones del Visto.

Que la Resolución ENRE N° 590/2015 fijó el calendario de vencimientos del año 2016 y los importes a pagar en concepto de cuotas 1, 2 y 3, estableciendo que el pago final sería ajustado al cálculo definitivo de las alícuotas que corresponda para cada una de las empresas.

Que la Resolución ENRE N° 224/2016 hizo lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por ENERGÍA SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (ENERSE SAPEM) contra la Resolución ENRE

Nº 590/2015 citada en el Considerando precedente, correspondiendo dejar sin efecto los montos facturados en concepto de cuotas 1, 2 y 3 de 2016 a dicha Empresa.

Que una vez que estuvieron disponibles los documentos comerciales pertinentes generados por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), recibida la información complementaria no reflejada en éstos mediante Nota de Entrada N° 229.992 y la remitida por los Agentes de dicho Mercado, se obtuvo el cálculo de la Tasa definitiva anual que les corresponde abonar a estos últimos, la que se fija en este acto, agregándose a fojas 220/239 el respectivo resumen de los datos extraídos del período enero-diciembre 2015.

Que la alícuota y el importe a facturar a los agentes del MEM surgen de la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.

Que se ha emitido el Dictamen Jurídico establecido por el Artículo 7 Inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por el Inciso g) del Artículo 63 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL

REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Fijar como Tasa definitiva anual de Fiscalización y Control que por el año 2016 deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores, los importes que se encuentran especificados en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2.- Establecer como fecha de vencimiento para el pago final de la Tasa, el día 21 de octubre del año 2016. Dichos importes deberán ser abonados en los términos del Artículo 69 de la Ley Nº 24.065 y la Resolución ENRE Nº 513/2002.

ARTÍCULO 3.- Disponer que el Departamento Administrativo efectúe la notificación de la presente Resolución a las Empresas obligadas al pago de la Tasa.

ARTÍCULO 4.- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de la presente Resolución en su página Web.

ARTÍCULO 5.- Notifíquese a CAMMESA.

ARTÍCULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

ANEXO (formato PDF)

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