Superintendencia de Riesgos del Trabajo
RIESGOS
DEL TRABAJO -
AFICHE - APROBACIÓN
Resolución (SRT)
268/16. Del 16/6/2016. B.O.: 24/6/2016. Riesgos del Trabajo. Aprobar el
texto prototipo del afiche informativo —Resolución SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 70 de fecha 01 de octubre de 1997—, que como
Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Bs. As.,
16/06/2016
VISTO el
Expediente N° 2290/99 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, N° 26.773 las Resoluciones
S.R.T. N° 70 de fecha 01 de octubre de 1997, N° 62 de fecha 28 de febrero de
2002, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley
N° 24.557 establece como objetivos del Sistema de Riesgos del Trabajo la
reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención de los
riesgos y la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
Que el
cumplimiento de los objetivos mencionados en el considerando anterior
impone, entre otros aspectos, la necesidad de informar a los actores
involucrados, cuáles son sus derechos y cuáles sus obligaciones en el marco
del Sistema de Riesgos del Trabajo.
Que mediante la
Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 70 de
fecha 01 de octubre de 1997, se estableció como obligación de las
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), la provisión, en forma
gratuita, de afiches informativos a todos sus empleadores afiliados, cuyo
prototipo, como Anexo, integra dicha resolución.
Que la
experiencia adquirida y la continua evolución normativa del Sistema, ha
determinado a la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales a
impulsar la modificación del Anexo de la Resolución S.R.T. N° 70/97, a los
fines de innovar el contenido informativo de los afiches aludidos en los
considerandos precedentes.
Que en
consecuencia, corresponde abrogar la Resolución S.R.T. N° 62 de fecha 28 de
febrero de 2002, mediante la cual se realizó la última modificación al Anexo
de la Resolución S.R.T. N° 70/97.
Que la Gerencia
de Asuntos Jurídicos y Normativos ha intervenido en el área de su
competencia.
Que la presente
se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 36 y 38
de la Ley N° 24.557.
Por ello,
EL
SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL
TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° —
Aprobar el texto prototipo del afiche informativo —Resolución
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 70 de fecha 01 de
octubre de 1997—, que como Anexo forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2° —
Establécese que el nuevo texto prototipo del afiche informativo Resolución
S.R.T. N° 70/97, deberá implementarse una vez agotadas las existencias del
modelo actualmente en uso.
ARTÍCULO 3° —
Abróguese la Resolución S.R.T. N° 62 de fecha 28 de febrero de 2002.
ARTÍCULO 4° —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
ANEXO
CONOCÉ TUS
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Si sufrís un
accidente, debés:
Hablar con tu
empleador, con tu A.R.T. o dirigirte a un Centro Médico Habilitado para
solicitar atención médica.
Tenés que
recibir de la A.R.T. todas las prestaciones que correspondan: asistencia
médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, recalificación
profesional y prestaciones dinerarias.
TRABAJADOR
Recordá tus
derechos y obligaciones
Recibir, hasta
tu curación completa o mientras no te sientas bien: Asistencia Médica y
Farmacéutica, Prótesis, Ortopedia y Rehabilitación.
Participar en
actividades de capacitación y formación sobre salud y seguridad en el
trabajo. Denunciar ante tu empleador o A.R.T. los accidentes de trabajo o
enfermedades profesionales que ocurran en tu lugar de trabajo.
Comunicar a tu
empleador o a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) cualquier
hecho de riesgo relacionado con tu puesto de trabajo o establecimiento.
Cumplir con la realización de los exámenes médicos en salud.
Utilizar
correctamente los elementos de protección personal provistos por tu
empleador. Suspender las tareas en caso de riesgo grave e inminente.
EMPLEADOR
Recordá tus
derechos y obligaciones
Realizar los
exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad e informar los
resultados de los mismos al trabajador y a la A.R.T.
Solicitar la
atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades
profesionales.
Informar a tus trabajadores la A.R.T. a la que están afiliados.
Proveer a tus
empleados de los elementos de protección personal e informarlos y
capacitarlos en prevención de riesgos del trabajo.
Denunciar ante
la A.R.T. los accidentes o enfermedades vinculados al trabajo que ocurren en
tu establecimiento.
Notificar a la
A.R.T. la incorporación de nuevo personal.
Cumplir con las
normas de salud y seguridad en el trabajo.
Su A.R.T. es: (logo A.R.T.)
Emergencias: (0800-A.R.T.) consultas e informes
0800-666-6778
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