Superintendencia
de Riesgos del Trabajo
RIESGOS DEL TRABAJO -
AFICHE - APROBACIÓN
Resolución
(SRT) 62/02. Del 28/2/2002. B.O.: 7/3/2002. Aprobar el texto para la
confección del afiche que, como ANEXO I, forma parte integrante de
la presente Resolución.
Bs.
As., 28/2/2002
VISTO
el Expediente del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.) N° 2290/99, las Leyes N° 19.587 y N° 24.557, el
Decreto N° 1278 de fecha 28 de diciembre de 2000, las Resoluciones
S.R.T. N° 070 de fecha 1° de octubre de 1997, N° 153 de fecha 18
de febrero de 2000, N° 387 de fecha 18 de abril de 2000, N° 614 de
fecha 6 de setiembre de 2000, N° 671 de fecha 21 de noviembre de
2000, N° 123 de fecha 13 de marzo de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que
la Resolución S.R.T. N° 070/97 estableció, en cabeza de las
Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, la obligación de proveer en
forma gratuita, a todas sus empresas afiliadas, los afiches
informativos cuya confección y características el ANEXO I de la
mencionada Resolución regula.
Que
en tal sentido, la aludida Resolución agrega la obligación de los
empleadores a exhibir el mencionado afiche informativo en todos sus
establecimientos y en lugares destacados que permitan la fácil
visualización de todos los trabajadores.
Que
los cambios experimentados en el Sistema implementado por la Ley
sobre Riesgos del Trabajo, pusieron de manifiesto la necesidad de
modificar el texto del afiche precitado, de manera que se refleje en
él las modificaciones referidas como así también la implementación
del Servicio de Orientación Telefónica Gratuito de esta S.R.T.,
dictándose a tal fin la Resolución S.R.T. N° 153/00.
Que
atento la existencia de diversos proyectos de normas que
contemplaban modificaciones a la Ley N° 24.557 y sus normas
reglamentarias, se suspendió la aplicación de la Resolución
aludida en el considerando precedente mediante el dictado de las
Resoluciones S.R.T. N° 387/00, N° 614/00, N° 671/00, N° 123/01.
Que
en razón del dictado del Decreto N° 1278/00, de necesidad y
urgencia, que modificó la Ley N° 24.557, resulta conveniente
aprobar el texto para la confección del afiche que deberá
exhibirse en los establecimientos de las empresas.
Que
por principios elementales de racionalidad económica y operativa,
el nuevo diseño deberá ser utilizado por parte de las Aseguradoras
de Riesgos del Trabajo una vez que se hayan agotado las existencias
del modelo de afiche que está en uso actualmente.
Que
la Subgerencia de Asuntos Legales ha intervenido en el área de su
competencia.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el
artículo 36 de la Ley N° 24.557.
Por
ello,
EL
SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO
1° — Aprobar el texto para la confección del afiche que, como
ANEXO I, forma parte integrante de la presente Resolución. El arte
del afiche aprobado en el ANEXO I de la presente, deberá contemplar
la uniformidad de medidas tipográficas y tener como mínimo UN (1)
tamaño de SESENTA CENTIMETROS (60 cm.) de alto por CUARENTA Y CINCO
CENTIMETROS (45 cm.) de ancho. Asimismo, deberá llevar incorporado
el nombre y logo de la Aseguradora y su número telefónico de
atención y consultas en caso de accidente.
ARTICULO
2° — Sustitúyese el ANEXO I de la Resolución S.R.T. N° 070/97
por el ANEXO I de la presente, en el cual se especifican el nuevo
texto y las características que obligatoriamente deben ser
observadas para la confección de los mencionados afiches
informativos.
ARTICULO
3° — El diseño de afiche que por el anexo I de la presente
resolución se aprueba, será de implementación obligatoria una vez
agotadas las existencias del modelo actualmente en uso.
ARTICULO
4° — Deróguese la Resolución S.R.T. N°
153/00.
ARTICULO
5° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y archívese.
ANEXO
I
Sr.
Trabajador,
Si
sufre un accidente, Usted debe:
•
Dirigirse a su empleador, A.R.T. o Centro Médico Habilitado por ésta,
para solicitar atención médica.
•
Recibir de la A.R.T. todas las prestaciones que correspondan:
asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia,
rehabilitación, recalificación profesional, prestaciones
dinerarias.
Recuerde
sus derechos:
•
Recibir, hasta su curación completa o mientras subsisten los síntomas
incapacitantes: Asistencia Médica y Farmacéutica, Prótesis,
Ortopedia y Rehabilitación.
•
Cumplir con la realización de los exámenes médicos en salud.
•
Denunciar ante su empleador o Aseguradora de Riesgos del Trabajo
(A.R.T.), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que
ocurran.
•
Utilizar correctamente los elementos de protección personal
provistos por su empleador.
•
Participar en actividades de capacitación y formación sobre salud
y seguridad en el trabajo.
•
Comunicar a su empleador o a la Superintendencia de Riesgos del
Trabajo (S.R.T.) cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto
de trabajo o establecimiento en general.
Recuerde
las obligaciones de su Empleador
•
Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de
actividad e informar los resultados de los mismos al trabajador y a
la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.).
•
Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal.
•
Informar a sus trabajadores la ART a la que están afiliados.
•
Solicitar la atención médica inmediata en caso de accidentes de
trabajo o enfermedades profesionales.
•
Denunciar ante la ART los accidentes o enfermedades vinculados al
trabajo que ocurren en su establecimiento.
•
Proveer a sus empleados de los elementos de protección personal e
informarlos y capacitarlos en prevención de riesgos del trabajo.
•
Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.
Su
A.R T. es: (logo ART)
Emergencias:
(0800-ART)
Servicio
Gratuito de Orientación Telefónica: 0-800-666-6778
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